Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 5 de marzo de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 5 de marzo de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 39, ORDINARIA, EN 5 DE MARZO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se acuerda al sueco don Juan Adan de Graaner el permiso de trabajar minas. —Se acuerdan ciertas modificaciones en el presupuesto de la capital a fin de formar un sobrante para determinados gastos. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Vlllarreal José María (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

De un oficio con el cual el Excmo. Director Supremo acompaña unos espedientes seguidos por doña Bernarda Acedo-Rico (V. sesion del 16 de Enero último) i don Francisco Javier Manzano, para que el Senado resuelva en justicia; el segundo cobra al fisco una suma de dinero. (Anexo número 454.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aceptar la propuesta que hace el sueco señor Graaner de traer mineros prácticos i científicos i máquinas de minería, a condicion de que se les concedan los derechos i privilejios de que gozan los chilenos para poseer i trabajar minas; pero que, ademas, se obligue Graaner a llevar seis jóvenes chilenos a estudiar en Suecia i se entienda que el Estado se reserva el privilejio esclusivo de la amonedacion. (Anexo núm. 455.)
  2. Decir al Supremo Director que, a fin de ahorrar en el presupuesto municipal el pago de ocho alguaciles del presidio, se empleen en el servicio de los inspectores otros tantos soldados de la compañía de plaza, sin perjuicio de asistir a las horas de disciplina. (V. cuenta de la sesion del 25 de Febrero último i Anexo núm. 456.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a cinco dias del mes de Marzo de mil ochocientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se conferenció lo instruido por el Supremo Director sobre las proposiciones de don Juan Adan de Graaner, mayor del Estado Mayor del rei de Suecia, manifestando que, segun el reconocimiento que habia hecho de los minerales del país, habia observado la dificultad de la estraccion de metales por falta de conocimientos teóricos i prácticos; i que, pudiéndose mejorar los trabajos, facilitándose la estraccion de metales con elaboratorios químicos, ofrecia enganchar en Europa científicos en estas materias, concediéndoseles los derechos i los privilejios que tienen los ciudadanos de Chile para descubrir i trabajar minas, disponiendo a su arbitrio de los metales que podrian estraer con facilidad, mediante las máquinas i los instrumentos necesarios para las elaboraciones; i acordó S.E. se contestara al Supremo Director que podia aceptar la oferta, conviniendo en la concesion de los intentados privilejios i en la remision de seis jóvenes para que adquieran en Suecia la ilustracion conveniente en el ramo de minería, limitándose solo la estraccion de pastas de oro i piña, atendiendo a que los mismos chilenos se hallan obligados a la amonedacion; i que, en este concepto, se tributaran, a nombre del Senado, las mas espresivas gracias por el ofrecimiento.

Con lo instruido por el Ilustre Cabildo de la capital sobre la cuenta reformada de los gastos ordinarios i estraordinarios que salen de las rentas de los propios de ciudad, intentándose manifestar no quedar sobrante alguno aplicable para la Casa de Espósitos i fomento del Instituto Nacional, i con intelijencia de lo que instruyen las partidas de gastos, acordó S.E. se dijera al Supremo Director que, no pudiendo haber igualdad en los costos del presidio, ni ménos en otras estraordinarias erogaciones, debia ciertamente resultar sobrante, que se conseguiria sin duda, teniéndose la economía de ahorrar ocho alguaciles, subrogándose en lugar de ellos otros tantos soldados de la compañía de plaza para el servicio de los inspectores, sin perjuicio de prestar las asistencias necesarias a las horas de disciplina; i que, consiguiéndose que con este auxilio aun se hicieran mas respetables las rondas, se sirviera S.E. mandar poner en planta este proyecto, siendo de su suprema aprobacion. I habiéndose ejecutado la comunicacion, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 454 editar

Excmo. Señor:

Dirijo a manos de V.E. los adjuntos espedientes seguidos por doña Bernarda Acedo-Rico i por don Francisco Javier Manzano, para que V.E. acuerde sobre el contenido de ambos lo que estime de justicia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial i Marzo 5 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 455 editar

Excmo. Señor:

Es verdaderamente laudable el interes i celo que manifiesta por el Estado de Chile la nota, que V.E. acompaña en copia, comprensiva de las proposiciones hechas por don Juan Adan de Graaner, mayor del Estado Mayor del Rei de Suecia. Este perito despues de un prolijo exámen i reconocimiento de los minerales de Chile, advierte que la falta de conocimientos teóricos i prácticos no solo dificulta la estraccion de todo mineral, sino que rebaja su lei en el beneficio. Propone traer científicos que mejoren los trabajos i difundan sus luces i conocimientos, al propio tiempo que elaboratorios químicos, que faciliten la estraccion de metales i aumenten su estimacion. Felizmente se nos presentan unos objetos que han ocupado muchas veces la atencion de este Gobierno i para cuya consecuencia ya se han dado pasos gravosos i sin fruto.

Los ofrecimientos que pide en favor de aquellos a quienes pueda enganchar en Europa, en nada perjudican al Estado ni al gremio de mineros. Tengan desde luego los mismos derechos i privilejios que los ciudadanos de Chile para descubrir i trabajar minas, para fundir, esportar o manufacturar por su cuenta toda especie de mineral, a excepcion de las pastas de piña i oro, que son igualmente prohibidas a los mismos chilenos, obligados a su amonedacion. Sean comprendidos en el privilejio de importar toda especie de máquinas e instrumentos necesarios para aquellas elaboraciones, con la libertad de derechos que gozan los demas. Prométales V.E. la misma proteccion que hasta aquí disfruta todo minero para la compra de maderas, uso del agua i cuanto sea concerniente a facilitarles sus beneficios, gozando su familia la mejor acojida bajo los auspicios del Gobierno. Todo influirá a estimular a muchos para trasladarse a este país, que, al paso que les proporcionará ventajas, hará la felicidad de ellos mismos, asegurándoles sus fortunas.

Por esto i por la franqueza con que ha ofrecido la ilustracion de seis jóvenes en el colejio de minería de la Universidad de Upsal en Suecia, es acreedor a la consideracion de V.E. i al reconocimiento del país, por el que le tributa el Senado las mas espresivas gracias, que se dignará V.E. darle a su nombre, recomendándole la mayor viveza i actividad en la realizacion de su je nerosa oferta. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Marzo 5 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 456 editar

Excmo. Señor:

Ha visto el Senado la cuenta reformada que el Ilustre Cabildo de la capital ha metodizado de los propios de ciudad con lo que informa para manifestar a V.E. que no queda sobrante de que disponer.

A la verdad, si los gastos del presidio fueran siempre de cuatrocientos dieziocho pesos al mes, este solo ramo consumiria 5,023 pesos al año; pero las mas veces es una cuarta parte este desembolso. Aquellos fueron meses de costo mui estraordinario, i debemos contar, cuando ménos, una rebaja de dos tercios i, de consiguiente, mas de tres mil pesos de sobrante.

El ahorro de ocho alguaciles es preciso i debe efectuarse. La compañía de plaza ha sido creada para el servicio interior de ella i auxilio de las justicias. Los ocho inspectores pueden tener, en lugar de los alguaciles, otros tantos soldados de aquella compañía i esta economía produce sola un sobrante de 1440 pesos. Puede ser que los alguaciles sirvan mejor aquel destino que los soldados; pero no corresponde el gasto al beneficio. Pónganse de ordenanzas a los inspectores, mudándolos solo cada mes, para que no pierdan la disciplina militar. En la noche acompañen en las rondas a los alcaldes, dejando al inspector, como lo hacen los alguaciles. Despues de ellas vuelvan a la casa de aquéllos, i de este modo las rondas irán mas autorizadas i se logrará un sobrante de consideracion. Cerca de tres mil pesos que el Cabildo debe, segun su cuenta i se data con las rentas de este año, no los deberá el que viene, i son otros tantos sobrantes que, unidos, pasan de ocho mil pesos; i así aunque haya algunos gastos estraordinarios, que nunca faltan, como acaba de suceder con tres mil pesos que se han asignado para dietas al Comisionado rejidor don Salvador de la Cavareda, siempre puede contarse con ios un mil pesos para la Casa de Espósitos, quedando sobrantes al Ayuntamiento para otros destinos útiles que pueda darles con el supremo acuerdo de V.E. como superintendente de aquel ramo.

En su virtud, si es del agrado de V.E., puede reducirse el número de alguaciles i suplirse en los términos que queda espuesto, haciendo las aplicaciones insinuadas. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Marzo 5 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.