Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 25 de octubre de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 25 de octubre de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 149, ORDINARIA, EN 25 DE OCTUBRE DE 1819
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Reconvencion al provincial de Santo Domingo. —Informe sobre la traslacion a Valparaíso de la Aduanado Santiago. —Dependencia del gobernador de Valparaíso. —Cobro de ciertas cuotas de la contribución para la espedicion libertadora. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Director Supremo comunica haber recibido aquel por el cual se le notició que el turno de la presidencia del Senado corresponde al senador señor Alca lile i haberlo mandado publicar. (Anexo núm. 512.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado espone que el acuerdo celebrado para abolir las penas de tormento no puede cumplirse sin que el Poder Ejecutivo lo sancione, i que, por lo demas, él aprueba la abolicion i no conviene, como lo ha autorizado el Senado, en que se puedan aplicar a los reos confesos de hurto para arrancarles la confesion del paradero de las especies hurtadas. (Anexo núm. 513. V. sesiones del 20 de Setiembre i 29 de Octubre de 1819.)
  3. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña una representacion por la cual el gobernador de Valparaíso reclama de la dependencia en que se le ha dejado del Gobernador-Intendente de la capital. (Anexo núm. 514. V. sesion del 13 de los corrientes.)
  4. De un oficio con que el Gobernador-Intendente acompaña una solicitud de don Cristóbal Collis en demanda de carta de ciudadanía. (Anexo núm. 515.)
  5. De una representacion por la cual don Pedro Valdés espone que a la testamentaría de don Juan García se le ha impuesto una cuota tributaria de 535 pesos; que dicha testamentaría ya ha sido dividida; que él como guardador de los menores doña Mariana i don Manuel García, ha en terado la parte proporcional de 214 pesos que les corresponde, i que se obligue a efectuar análogo entero a los demas herederos.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Devolver al Supremo Director la representacion del Gobernador de Valparaíso para que despues de oir a los ministros de la Tesorería Jeneral i al Fiscal la remita, para resolver, al Excmo. Senado. (Anexo número 316. V. sesion del 13.)
  2. Reconvenir al Reverendo Padre Provincial de Santo Domingo por la pronta contestacion a la nota del 2 de los corrientes sobre cesion de un potrerillo i de una cantidad de piedra para la fundacion del cementerio. (Anexo núm. 317. V. sesion del 3 de Noviembre entrante.)
  3. Pedir informe al Gobernador de Valparaíso sobre la traslacion de la Aduana de Santiago a ese puerto, remitiéndole al efecto los antecedentes de este asunto. (Anexo núm. 518. V. sesiones del 16 de Octubre i 3 de Noviembre de 1819.)
  4. Pasar al señor senador Fontecilla la representacion de don Pedro Valdés para que recaude de los herederos de don José i de don Joaquin los 137 pesos que les han correspondido en el rateo, obligando a efectuar igual entero a don Silvestre Valdivieso, tutor de doña María del Rosario. (Anexo núm. 519.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile a veinticinco dias del mes de Octubre de mil ochocientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, ordenó S.E. que por secretaría se reconviniera al Padre Vicario Prior del convento de Santo Domingo por la contestacion que se pidió al Reverendo Padre Provincial sobre la entrega del potrerillo que, como perteneciente a su convento, se habia destinado para el servicio de la obra de la Santa Iglesia Catedral que se cree adecuado para el panteón, cuyo establecimiento se tiene preceptuado; advirtiéndole que siendo urjente la respuesta, debia unir su consejo para darla con éste dictámen en la presente semana.

Mandó que al Gobernador de Valparaíso se le remitiera orijinal el informe del Tribunal del Comercio, oponiéndose al establecimiento de la Aduana principal en aquel punto, para que, según estas observaciones i los prácticos conocimientos que tiene, se sirva informar lo que estime justo a la mayor brevedad por el perjuicio que infiere la tardanza.

Dispuso S.E. se le dev olviera al Supremo Gobierno el último recurso del Gobernador de Valparaíso, reclamando de la dependencia de la intendencia jeneral en los ramos de hacienda, para que, oyendo a los ministros de la tesorería i Ministerio Fiscal, se volviera para resolver con presencia de los dictámenes que se prestaren.

Ordenó que al señor comisionado coronel de ejército i vocal de este Excmo. Cuerpo don Francisco Borja Fontecilla, volviera la representación de don Pedro Valdes, sobre el empréstito de los quinientos treinta i cinco pesos señalados a la testamentaría de don Juan García para que se sirviera tomar las oportunas providencias con el objeto de que los herederos don José i don Joaquin enterara cada uno por su parte los ciento siete pesos que les han correspondido en el rateo; obligando a igual entero a don Silvestre Valdivieso, como tutor de la menor doña María del Rosario, en atención a que por parte de Valdes, se han entregado los doscientos catorce pesos que corresponden a los menores doña Mariana i don Manuel García. I habiéndose cumplido con todas las comunicaciones, se cerró el acuerdo, firmando los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal., secretario.


ANEXOS editar

Núm. 512 editar

Con esta fecha he mandado se comunique por la Gaceta Ministerial haberse cumplido el primer año de la instalacion del Excmo. Senado, entrando V.S. a ejercer las funciones de Presidente por el turno correspondiente, según lo dispone la Constitucion provisoria. Tengo el honor de avisarlo a V.S. en contestacion a su nota de ayer. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Octubre 23 de 1819. —Bernardo O'Higgins, —Señor Presidente del Excmo. Senado.


Núm. 513 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de incluir a V.E. la comuni cacion de la Cámara de Justicia en que me acompaña copia de la deliberacion del Excmo. Senado sobre que por via de indagacion del paradero de especies hurtadas, se imponga a los ladrones la pena de azotes. Permítame V.E. hacer sobre ella las siguientes observaciones:

Que según el artículo 6.º, capítulo 3.º, título 3.º de la Constitucion provisoria, toda nueva lei o reglamento provisional, toda abolicion de las leyes incompatibles con nuestra independencia, toda reforma o nuevo establecimiento en los diferentes cuerpos, institutos, departamentos i oficinas del Estado, como también las adiciones i correcciones de los reglamentos que han rejido i rijen, deben consultarse, ántes de su publicacion, con el Poder Ejecutivo, siguiendo los demás trámites tjue previene el mismo artículo hasta su sanción. Aquí se resuelve la revocacion de la bárbara lei española que autoriza el tormento para la averiguacion de los delitos, con la restriccion que indica el acuerdo de V.E., i es indudable que debió observarse la disposición del artículo constitucional citado, porque el 7.º siguiente habla de casos diferentes i no es aplicable al presente.

Pero contraigámonos a lo quemas interesa. El ladron que niega tener noticia de la existencia de las especies que ha robado, comete un nuevo delito, por el que debe juzgársele por los trámites del derecho hasta la pronunciacion de la sentencia e imposicion de las penas condignas. Aplicarle la de azotes para que lo confiese es una coaccion con que se le priva de esa misma libertad concedida justamente a los reos en jeneral para que produzcan con franqueza sus esposiciones, es anticipar la pena a la comprobacion del crimen i a la sentencia que debe designársela, es, en fin, contrariarse en el hecho de abolir la pena del tormento i autorizarlo al mismo tiempo contra los ladrones que niegan saber la existencia de las especies que han robado.

A la verdad, es indudable que ocurrirán varios casos en que dichos ladrones ignoren esa existencia i espondríamos a muchos inocentes a que sufriesen la infame pena de azotes (digo inocente contrayéndome solo al hecho de la negativa) i seria inhumana la lei que indistintamente los sujetase a tal pena, supuesto que es difícil dictar reglas para casos particulares, porque no está al alcance de todos sus ejecutores el saber discernirlo.

Yo recomiendo al nuevo exámen de V.E. este interesante negocio al buen concepto, de la nación chilena. Sobre ella han fijado los ojos los estranjeros, i debemos cuidar escrupulosamente de que no nos den en rostro con la censura de que dejamos en nuestras mejoras legales algunos rastros del jénero de nuestros antiguos opresores. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Octubre 25 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 514 editar

<section begin="Competencias entre el Gobernador de Valparaíso y el Intentente de la Capital" >Excmo. Señor:

Tengo el honor de acompañar a V.E. el recurso del gobernador de Valparaíso sobre la declaracion hecha acerca de depender de la Intendencia de esta capital en los negocios de hacienda, sobre que deliberará V.E. lo que estime de justicia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Octubre 23 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Señor.<section end="Competencias entre el Gobernador de Valparaíso y el Intentente de la Capital" >


Núm. 515 editar

Exemo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la representacion de don Cristóbal Collis, natural de Irlanda, en que solicita se le conceda carta de ciudadanía, para que, en vista de las dilijencias obradas i del dictámen del síndico procurador jeneral de ciudad, se digne resolver V.E. lo que estime conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Octubre 23 de 1819. —José María de Guzmán. —Señores del Excmo. Senado.


Núm. 516 editar

Excmo. Señor:

Devuelve el Senado a V.E. la jestion del Gobernador de Valparaíso reclamando la dependencia de la Intendencia jeneral de esta capital en los ramos de hacienda para que, mandando agregar los antecedentes de su referencia, se sirva oir a los Ministros de la Tesorería i Ministerio Fiscal, que con lo que digan ambos i vuelto lo que se obre, podrá acordarse lo mas conveniente. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 25 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 517 editar

Con fecha 2 del quee rije manifestó el Excmo. Senado al Reverendo Padre Provincial que teniendo acordado el establecimiento de un panteón i estando reconocido que el lugar mas aparente lo era el potrerillo que ántes servia para los animales destinados a la obra de la santa Iglesia Catedral, se sirviera allanar su entrega o su pension según se habia ofrecido, per el lejítimo valor que reconocería capitalizado el mismo panteon; i no habiendo tenido sobre esto la menor contestacion, quizá por la ausencia del Reverendo Padre Provincial, ha determinado que V.P.R., como único prelado actual, haga juntar su consejo para deliberar sobre este punto tan interesante al honor de la relijion santa i de conveniencia pública, en el concepto de que habiéndose manifestado a S.E. que este es el lugar mas adecuado para la obra, está decidido por la ejecucion, i solo espera la resolucion para deliberar; i en el caso que la comunidad acuerde la venta, será necesario que para calcular el valor del terreno, se atienda a la actual utilidad que en el dia le produce.

De órden de S.E. se lo comunico a V.P.R. para que se sirva contestar a la posible brevedad i en la presente semana. —Dios guarde a V.P.R. —Santiago, Octubre 25 de 1819. —Al R. P. Prior de Santo Domingo.


Núm. 518 editar

Estando tratando el Excmo. Senado de establecer los remedios oportunos para contener el contrabando i reparar los grandes perjuicios que causan al Erario las clandestinas negociaciones, se ha propuesto examinar si será un remedio establecer la aduana principal en Valparaíso quedando aquí siempre la jeneral.

Ha oido varios dictámenes i entre ellos el del Tribunal de comercio, que orijinal acompaño a V.S. para que se sirva, instruido de su contenido, manifestar su opinion con los conocimientos prácticos que ha adquirido de cerca sobre el proyectado establecimiento. S.E. recomienda a V.S. la posible prontitud en un negocio de tanta gravedad, i espera se sirva contestar con la devolucion del informe para tomar las providencias que interesan al bien jeneral.

Tengo el honor de comunicar a V.S. esta determinacion para el debido cumplimiento. —Dios guarde a V.S. —Santiago, Octubre 25 de 1819. —Al señor Gobernador de Valparaíso.


Núm. 519 editar

Ha dispuesto el Excmo. Senado vuelva a V.S. la representación de don Pedro Valdés sobre el empréstito señalado a la testamentaría de don Juan García para que en la intelijencia de ser cierta la particion de los bienes comunes i de haber percibido sus hijuelas los herederos don José i don Joaquin, obligue a cada uno a la satisfaccion de la cantidad de 107 pesos que les viene a corresponder en el rateo de los 535 pesos que debe satisfacer don Silvestre Valdivieso por la menor doña María del Rosario, de que es tutor; con cuyas cantidades i la de los 214 pesos entregados por los menores doña Mariana i don Manuel García, según el recibo que también se incluye, se completan los citados 535 pesos.

De órden de S.E. se lo comunico a V.S. para su ejecucion. —Dios guarde a V.S. —Santiago, Octubre 25 de 1819. —Al señor coronel don Francisco Fontecilla.