Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 19 de enero de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 19 de enero de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 9.ª, ESTRAORDINARIA, EN 19 DE ENERO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se exime a don Miguel Tejan de la contribucion mensual. —Se deniega a don Pedro José Ramirez el permiso de amonedar cobre. —Se manda buscar unos autos antiguos sobre reduccion de las rentas de censos i capellanías del cinco al tres por ciento. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Excmo. Director Supremo acompaña una representacion, por la cual el doctor don Alejo Eyzaguirre pide que se anule el decreto de 13 de Noviembre último sobre rebaja de los réditos de censos i capellanías. (Anexo número 282.)
  2. De otro oficio con el que el mismo Director Supremo acompaña una consulta del Dean i Cabildo Eclesiástico sobre el modo de exijir los intereses de la capellanía mandada fundar por el obispo don Francisco José de Maran. (Anexo núm. 283.)
  3. De un informe evacuado de órden del Senado por la comision encargada de fijar las cuotas de la contribucion mensual en la solicitud de don Miguel Tejan sobre que se le libertara de pagarla por insolvente.
  4. De una presentacion por la cual el ciudadano norte-americano don Ricardo Boughan pide que se le pague una suma que dice debérsele por armamento suministrado al Estado.
  5. De una razon de don Domingo Salamó, oficial de la mayordomía de la santa iglesia Caridad sobre los censos de indios, particularizados uno por uno. (Anexo número 284)
  6. De una nota que el contador tesorero del Consulado pasa al secretario del Sena do, en la cual espone que la razon de las dependencias activas i pasivas con las existencias i gastos de aquel Tribunal la habia pasado a don Miguel Ovalle hacia tiempo, i que éste le exijió que hiciera una nueva razon espresando solo las dependencias i suprimiendo lo demas; a lo cual Palazuelos accederia si así lo ordenaba el Senado. (Anexo núm. 285.)
  7. De una solicitud reservada del exsarjento mayor don Javier Molinas en demanda de que se le reponga en su empleo militar en atencion a sus servicios. (Anexo núm. 286.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Sobre la solicitud de don Miguel Tejan, que «en vista de lo dictaminado por la comision rateadora, se le absuelva por ahora de toda contribucion, i se comunique este acuerdo a la misma comision i al Cabildo para que se borre el nombre del agraciado en la lista de los contribuyentes mensuales».
  2. Sobre la presentacion de don Ricardo Boughan, que "ocurra esta parte al Excmo. Director Supremo, a cuya autoridad corresponde la designacion de estos recursos".
  3. Que se notifique al ex-juez de comercio don Miguel Ovalle que en el acto de la notificacion, i sin mas trámites, entregue la razon que don Pedro Palazuelos le ha pasado de las deudas activas i pasivas del estinto Tribunal del Consulado.
  4. En vista de lo dictaminado por el Superintendente de la Casa de Moneda sobre el proyecto de don Pedro José Ramirez, no aceptar la propuesta de amonedacion de cobre. (Anexo núm. 287.)
  5. Pedir al Cabildo de la capital razon de unos autos que en tiempo del obispo don Manuel Alday se siguieron sobre rebaja de los réditos de censos i capellanías del cinco al tres por ciento. (Anexo núm. 288.)
  6. Sobre la solicitud del ex-sarjento mayor don Javíer Molinas, que «pase al Excmo. Director Supremo para que con arreglo al contenido de ella, se sirva aquel majistrado proveer lo conveniente».

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a diezinueve dias del mes de Enero de mil ochocientos diezinueve, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, se examinó con la mayor circunspeccion la solicitud de don Pedro José Ramirez sobre el proyecto de amonedacion de cobre para subvenir a las actuales urjencias del Erario, i prévio el informe del Superintendente de la Casa de Moneda, acordó S.E. se dijera al Excmo. Supremo Director que, haciendo fuerza los fundamentos que produce el Superintendente, debia negarse la concesion de la intentada amonedacion, declarándose por inadmisible, atentos los inconvenientes que presenta el arbitrio.

Ordenó S.E. que al Ilustre Cabildo de la capital se pidiera razon del paradero de unos autos que en el tiempo del Iltmo. señor doctor don Manuel de Alday se siguieron sobre la rebaja del cinco al tres por ciento de los censos i capellanías, mandando se dilijenciara su paradero del poder en que se hallara; i previniendo la trascripcion a don Miguel Ovalle del decreto que espidió S.E. con esta misma fecha sobre la remision de la cuenta de las deudas activas i pasivas del Supremo Tribunal del Consulado, se cerró el acuerdo firmando los señores senadores con el infrascrito secretario. —Cienfuegos. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 282 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de dirijir a V.E. la representacion del doctor don José Alejo Eyzaguirre sobre que se anule el decreto de 13 de Noviembre último relativo a la rebaja de réditos de censos i capellanías. Instruido de ella, se servirá V.E. acordar lo conveniente i avisarme su deliberacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, 19 de Enero de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 283 editar

Excmo. Señor:

A V. E. corresponde resolver la duda del Venerable Dean i Cabildo Eclesiástico sobre el modo de exijir los intereses de la capellanía mandada fundar por el Iltmo. Señor Obispo don Francisco José de Maran. En vista de los autos de la materia, se dignará V.E. acordar lo conveniente i avisarme su resolucion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, 19 de Enero de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 284 editar

El Contador del Juzgado de Censos de Indios, en obedecimiento de lo mandado por el Excmo. Senado, presenta la razon que se pide, por la cual se demuestra la asignacion que, en calidad de sínodo, gozan los curas de este Obispado en el caudal de este ramo, con cargo de misas por las almas de éstos, avaluada su limosna por dieziocho reales cada una, en la que igualmente se incluye la que tienen por su trabajo personal en sus respectivos ministerios, los empleados en él, segun consta del libro de estas hijuelas que está a mi cargo, a saber:

Curato de Santa Ana. —Primeramente al cura de Santa Ana le están asignados treinta pesos en los réditos del principal de seiscientos que reconoció sobre su casa don Miguel de Ayala, por escritura ante don Santiago Santibañez en 30 de Julio de 1756, con cargo de trece misas. —Capital, 600; réditos, 30; misas, 13.

Curato de Renca. —It. al de Renca, treinta pesos en los réditos del principal de seiscientos que carga sobre la chácara de doña María Rosas Alvarez, con cargo de 13 misas, ante don José Álvarez de Enostrosa, en 8 de octubre 1734. —Capital, 600; réditos, 30; misas, 13.

Curato de San Isidro. —It. al de San Isidro, ochenta i cuatro pesos medio real en los réditos del principal de mil seiscientos ochenta i un pesos: la primera de quinientos ochenta i un pesos, doña Manuela Enriquez, sobre su casa, ante don José Álvarez de Enostrosa, en 21 de Julio de 1721; la segunda de trescientos pesos, don Luis Zañartu, sobre su casa, ante Santibañez, en 27 de Mayo de 1760; la tercera de doscientos pesos, doña Josefa Puertas, sobre su chácara, ante don Luis Luque Moreno, en 2 de Agosto de 1763; la cuarta, don Francisco Blanco, sobre su casa, ante Santibañez, en 6 de Setiembre de 1763, con treinta i siete misas. —Capital, 1,681; réditos, 84.½; misas, 37.

Curato de San Lázaro. —It. al de San Lázaro, veinte i tres pesos siete i medio reales en el rédito del principal de cuatrocientos setenta i ocho pesos uno i medio reales, doña Francisca Javiera Sepúlveda, a rédito, por término de cuatro años, con hipoteca de su hacienda en la jurisdiccion de la villa de Curicó, ante don Nicolas de Herrera, en 26 de Agosto de 1803, con cargo de diez misas. —Capital, 478.1½; réditos, 23,7½; misas, 10.

Curato de Ñuñoa. — It. al de Ñuñoa, noventa i cinco pesos, dos reales por el principal de mil novecientos cinco pesos, en dos escrituras: la primera de mil doscientos cincuenta i cinco pesos, doña María del Cármen Concha, sobre su casa, en 8 de mayo de 1802; i la segunda de seiscientos cincuenta pesos, doña Petronila Cotera, a réditos sobre su casa, por término de seis años, que son los mismos que reconoció i redimió Tadeo Vicuña sobre la suya, ante el dicho Herrera, la de la mencionada Cotera; pero se nota la diferencia de una a otra escritura de cincuenta pesos de mas, porque siendo la de la primera imposicion de seiscientos pesos, segun el libro, que es en 1.º de Agosto de 1762, i la última en 26 de Noviembre de 1802, resultan por ésta los dichos cincuenta pesos de mas, cuya causa se ignora. Tiene de cargo cuarenta i dos misas. —Capital, 1,905; réditos, 95.2; misas, 42.

Curato de Tango. —It. al de Tango, cincuenta i ocho pesos un cuarto de real por el principal de mil ciento sesenta i un pesos seis reales, en dos escrituras: la primera de trescientos cincuenta pesos que reconoció don Antonio Cabrera, sobre sus fincas, en 17 de Agosto de 1798; i la segunda de ochocientos once pesos seis reales don Juan Bringas, a réditos sobre su casa, por término de seis años, en 22 de Febrero de 1802, ante el dicho Herrera, con cargo de veinticinco misas; pero igualmente se nota diferencia porque por primera escritura de 3 de Febrero de 1717, ante Enostrosa, es de novecientos cincuenta pesos seis reales; i por la segunda de los ochocientos once pesos seis reales, de que resultan ciento treinta i nueve pesos de ménos, cuya causa se ignora asimismo. —Capital, 1,161.6; rédito, 58.1/4; misas, 25.

Curato de Colina. —It. al de Colina, cien pesos por el principal de dos mil, en dos escrituras: la primera de mil que reconoció sobre su estancia el cura de esta parroquia don Mateo Marigorta, en 22 de Agosto de 1766, ante Santibañez; i la segunda de los otros mil pesos, don Juan Luis de Arcaya, sobre su estancia, en 26 de Abril de 1799; digo don José Jorje Ahumada, sobre su casa, con cargo de cuarenta i cinco misas. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 45.

Curato de Colchagua. —It. al de Colchagua, cien pesos por el principal de dos mil, en dos escrituras: la primera de mil pesos, doña Bernarda Panda i sus hermanas, sobre su casa, ante dicho Herrera, en 11 de Junio de 1782; i la segunda de igual cantidad, don Nicolas Donoso, sobre su estancia, partido de Colchagua, ante Juan Donoso en 18 de Abril de 1621, con cuarenta i cinco misas. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 45.

Curato de Chimbarongo. —It. al de Chimbarongo, treinta i seis pesos tres reales por el principal de setecientos veintisiete pesos cuatro reales, en tres escrituras: la primera de trescientos ochenta i siete pesos cuatro reales, don Juan Guz man, sobre su hacienda, ante Domingo García Corvalan, en 16 de Setiembre de 1622; la segunda de cien pesos, Lázaro Villalobos, sobre su hacienda, ante el mis mo García, en 23 de Diciembre de 1654; i la tercera de doscientos cuarenta pesos, don José Sanhueza, sobre su casa, ante Gaspar Valdés, en 17 de Marzo de 1690, con dieziseis misas. —Capital, 727.4; réditos 36.3; misas, 16.

Curato de Nancagua. —It. al de Nancagua, treinta pesos por el principal de seiscientos, don Juan Jimenez, sobre su estancia, ante Pedro Beles, en 28 de Setiembre de 1671, con trece misas. —Capital, 600; réditos, 30; misas. 13.

Curato de Talca. — It. al de Talca, sesenta pesos seis i medio reales por el principal de mil doscientos diezisiete pesos dos reales, en dos escrituras: la primera de mil treinta i tres pesos dos reales, don José Valeriano de Ahumada, sobre su estancia de Apaltas, ante Juan Donoso, en 11 de Noviembre de 1621; i la segunda de ciento ochenta i cuatro pesos, Cristóbal Perez, sobre su hacienda, ante Juan de Agurto, en 14 de Abril de 1635, con cargo de veintisiete misas. —Capital, 1,217.2; réditos, 60.6½; misas, 27.

Curato de Curicó. —It. al de Curicó, sesenta pesos un real por el principal de mil doscientos dos pesos cuatro reales, en tres escrituras: la primera de cuatrocientos veinte i dos pesos cuatro reales, don Juan Francisco Arrechea, sobre sus casas, ante Diego Rutal, en 13 de Abril de 1638; la segunda de doscientos pesos, don Antonio Morales, sobre su casa, ante el dicho Santibañez, en 29 de Octubre de 1764, en cuya escritura se incluyeron seiscientos pesos mas que correspondian a este ramo i otro destino; i la tercera de quinientos ochenta pesos, don José Antonio Mardones, sobre sus haciendas, ante el susodicho Herrera, en 14 de Julio de 1803, con veintisiete misas. —Capital, 1,202.4; réditos, 60.1; misas, 27.

Curato de Malloa. —It. al de Malloa, cincuenta i siete pesos cuatro reales por el principal de mil ciento cincuenta pesos, en dos escrituras: la primera de mil pesos, Antonio García, sobre su estancia, ante Manuel de Toro, en 2 de Enero de 1626; i la segunda de ciento cincuenta pesos, doña Laura de Rojas, sobre su casa, ante José de Morales, en 20 de Noviembre de 1689, con veinticinco misas. —Capital, 1,150; réditos, 57.4; misas, 25.

Curato de Rancagua. —It. al de Rancagua, ochenta i siete pesos seis i medio reales por el principal de mil setecientos cincuenta i tres pesos cuatro reales, en tres escrituras: la primera de setecientos pesos, don Estéban Sotomayor, en su hacienda, ante José Morales, el 25 de Octubre de 1686; la segunda de ochocientos cincuenta i tres pesos cuatro reales, don José Marin de Ortega, sobre su casa, ante don José Morales, en 28 de Octubre de 1728; i la tercera don Juan José Vargas, a rédito, sobre su casa, por término de ocho años, ante don Nicolas de Herrera, en 10 de Enero de 1811, con cargo de treinta i nueve misas. —Capital, 1,753.4; réditos, 87.6 ½; misas, 39.

Curato de Melipilla. —It. al de Melipilla, sesenta i dos pesos cuatro reales por el principal de mil doscientos cincuenta pesos, en dos escrituras: la primera de mil pesos, don José Rivadeneira, sobre sus casas, ante don José Álvarez de Enostrosa, en 16 de Noviembre de 1715; i la segunda de doscientos cincuenta pesos, don Juan Salfate, sobre su casa i quinta, ante don Nicolas de Herrera, en 21 de Agosto de 1794, con veintisiete misas. —Capital, 1,250; réditos, 62.4; misas, 27.

Curato de Casablanca. —It. al de Casablanca, ciento cincuenta pesos por el principal de dos mil cien pesos, en tres escrituras: la primera de cuatrocientos sesenta pesos, don Diego Prado, sobre su estancia, ante Juan de Agurto, en 19 de Enero de 1678; la segunda de mil pesos, don José Vasquez, sobre su estancia, ante el dicho Enostrosa, en 18 de Agosto de 1721; i la tercera seiscientos cuarenta pesos, doña Pascuala Cruz, sobre sus fincas, ante don Nicolas de Herrera, en 12 de Febrero de 1785, con cargo de cuarenta i siete misas. —Capital, 2,100; réditos, 105; misas, 47.

Curato de Quillota. —It. al de Quillota, treinta pesos por el principal de seiscientos, los herederos de don Francisco Pacheco, sobre su estancia, ante Juan de Agurto, en 31 de Octubre de 1681, con trece misas. —Capital, 600; réditos, 30; misas, 13.

Curato de Rauquem. —It. al de Rauquem, noventa i seis pesos cinco reales por el principal de mil novecientos treinta i dos pesos, en tres escrituras: la primera de seiscientos pesos, don Juan de Armijo, sobre su chácara, ante Diego Rutal, en 13 de Abril de 1638; la segunda de mil pesos, don Miguel de Ayala, sobre sus casas, que fueron de doña Florencia de Torres, ante Jerónimo de Ugas, en 3 de Marzo de 1664, otorgada por don Juan Contreras; i la tercera de trescientos treinta i dos pesos, don Fermin de Achurra, sobre su finca en Melipilla, ante don Nicolas de Herrera, en 20 de Julio de 1802, con cuarenta i tres misas. —Capital, 1,932; réditos, 96.5; misas, 43.

Curato de Curimon. —It. al de Curimon, sesenta i siete pesos por el principal de mil trescientos cuarenta pesos, en tres escrituras: la primera de trescientos pesos los herederos de don Pedro Alvarado, sobre su estancia, ante Manuel Cabezon, en 8 de Octubre de 1684; la segunda de cuatrocientos ochenta pesos, don Ramon Ramirez, sobre su hacienda, ante Santibañez, en 13 de Diciembre de 1774; i la tercera de quinientos setenta pesos, don Cayetano Álvarez de Saa, sobre estancia, ante don Nicolas de Herrera, en 30 de Diciembre de 1787, con treinta misas. —Capital, 1,340; réditos, 67; misas, 30. Curato de Peumo. — It. al de Peumo, cien pesos por el principal de dos mil pesos, don Miguel Fernandez Valdivieso, sobre su chácara, ante don Nicolas de Herrera, en 22 de Diciembre de 1809, con cuarenta i cuatro misas. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 44.

Curato de Petorca. — It. al de Petorca, cien pesos por el principal de dos mil pesos que tomó don Benito Faes, por término de seis años, a rédito, bajo las fianzas de don Tomas Caricaburu i don Santos Chavarría, con hipoteca de su casa-quinta en la Chimba, ante el mismo Herrera, en 27 de Abril de 1799, con cargo de cuarenta i cuatro misas, cuyo principal fué el que redimió de su casa don Tadeo Reyes. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 44.

Curato de Santo Domingo o San Pedro. —It. al de Santo Domingo o San Pedro, noventa i ocho pesos siete i medio reales por el principal de mil novecientos setenta i ocho pesos tres reales, en dos escrituras: la primera de setecientos cuarenta i seis pesos un real, que tomaron a rédito por el término de seis años, con hipoteca de su casa, don José María i don Juan Antonio Daroc, ante el dicho Herrera, en 27 de Marzo de 1800, notándose en esta nueva escritura una corta diferencia de nueve reales de ménos, porque en la antigua, que consta del libro, ante Enostrosa, en 23 de Agosto de 1753, consta de los setecientos cuarenta i seis pesos un real, i en la nueva de setecientos cuarenta i cinco pesos; i en la segunda de mil doscientos treinta i dos pesos dos reales, los padres de Santo Domingo, sobre unas bodegas, en el puerto de Valparaíso, ante don Bartolomé de Mondaca, en 24 de Setiembre de 1747, con cuarenta i tres misas. —Capital, 1,978.3; réditos, 98.7½; misas, 43. Curato de la Estrella. —It. al de la Estrella o Navidad, cien pesos por el principal de dos mil, don Gaspar de Ahumada, sobre su casa, ante Juan de Agurto, en 11 de Julio de 1680, con cuarenta i cuatro misas. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 44.

Curato de Vichuquen. —It. al de Vichuquen, cincuenta i un pesos seis reales por el principal que se le dió a éste de mil treinta i cinco pesos, por mitad con el de Paredones, por dos escrituras: la primera de ochocientos pesos, los herederos de don Pedro de la Germendoi, sobre su casa, ante Diego Rutal, en 29 de Abril de 1621; i la segunda de quinientos cincuenta pesos, por don Felipe de Rojas, sobre sus casas, ante el mismo Rutal, en la mencionada fecha de 29 de Abril de 1621, con veintitres misas; pero como se dividiese este curato con el de Paredones, se le dieron a aquel de Vichuquen de los dichos quinientos cincuenta pesos, doscientos treinta i cinco pesos para que este cura cobrase solo esta parte i el otro el resto. —Capital, 1,035; réditos, 51.6; misas, 23.

Curato de Paredones. —It. al de Paredones, cincuenta i un pesos seis reales por el principal de mil treinta i cinco pesos, igual con el que antecede partido, por dos escrituras: la primera de setecientos veinte pesos por los poseedores de la chácara de doña Ursula i Margarita Galindo, por escritura ante Diego Rutal, en 23 de Abril de 1718; i la segunda de trescientos quince pesos, resto de los quinientos cincuenta pesos que arriba se dicen, con la citada fecha 29 de Abril de 1621, con veintitres misas. —Capital, 1,035; réditos, 51.6; misas, 23.

Curato de Aconcagua. —It. al de Aconcagua, sesenta i dos pesos cuatro reales por el principal de mil doscientos cincuenta pesos, por tres escrituras: la primera de novecientos pesos: doña María Pavon, viuda de don Luis de Salas, sobre su casa, ante Domingo García Corvalan, en 30 de Octubre de 1640; la segunda de doscientos pesos, don Pedro de la Puebla, sobre su casa, ante Jerónimo de Ugas, en 21 de Agosto de 1688; i la tercera de ciento cincuenta pesos, don Antonio Cabrera, sobre sus tres fincas, ante el dicho Herrera, en 17 de Agosto de 1798, con veintiocho misas. —Capital, 1,250; réditos, 62.4; misas, 28.

Curato de Purutun. —It. al de Purutun, setenta pesos por el principal de mil cuatrocientos pesos, en dos escrituras: la primera de mil pesos, don Francisco Gutierrez i Espejo, sobre su casa, ante José Morales, en 3 de Diciembre de 1678; i la segunda de cuatrocientos pesos, don José Álvarez, sobre su casa, ante Gaspar Valdes, en 15 de Octubre de 1700, con treinta i una misas. —Capital, 1,400; réditos, 70 ; misas, 31.

Curato de la Ligua. —It. al de la Ligua, sesenta i ocho pesos siete i medio reales, en dos escrituras; el principal de mil trescientos setenta i nueve pesos: la primera de mil ciento setenta i nueve pesos, don Nicolas de los Olivos, sobre su casa, ante don José Álvarez de Enostrosa, en 10 de Julio de 1724; i la segunda de doscientos pesos, por doña María Gonzalez, sobre su casa, ante el dicho Enostrosa, en 21 de Mayo de 1748, con treinta misas. —Capital, 1,379; réditos, 68.7½; misas, 30.

Curato de Petorca. — It. al de Petorca, sesenta i seis pesos por el principal de mil trescientos veinte pesos, en tres escrituras: la primera, don Ramon Ramirez, de cuatrocientos pesos, sobre su estancia, ante Santibañez, en 13 de Diciembre de 1774; la segunda de quinientos veinte pesos, don Francisco Javier Correa, sobre su hacienda, ante el dicho Herrera, en 12 de Marzo de 1804; i la tercera de cuatrocientos pesos, Manuel Alfaro, a rédito, por término de seis años, con hipoteca de sus fincas, ante don Nicolas de Herrera, en 12 de Mayo de 1810, con veinte i seis misas. —Capital, 1,320; réditos, 66; misas, 26.

Curato de Mincha. — It. al de Mincha o Illapel, ochenta i cinco pesos por el principal de mil setecientos pesos, en cuatro escrituras: la primera de trescientos pesos, don Juan Vera, sobre su chácara, ante don José Morales, en 7 de Diciem bre de 1685; la segunda de igual cantidad, digo de seiscientos pesos, don Juan Humeres, sobre su casa, ante Enostrosa, en 1.º de Marzo de 1715; la tercera de quinientos pesos, el capitan Juan Trincado, sobre su casa, ante Diego Rutal, en 13 de Marzo de 1741; i la cuarta de trescientos pesos, don Andres Gomez, sobre una hijuela de tierras, ante el dicho Herrera, en 11 de Diciembre de 1798, con treinta i ocho misas. —Capital, 1,700; réditos, 85; misas, 38.

Curato de Chuapa. —It. al de Chuapa, cien pesos por el principal de dos mil pesos, en dos escrituras: la primera de mil quinientos pesos, por don Pablo Cabrera, sobre su chácara, ante Alonso Fernandez Ruana, en 24 de Abril de 1688; i la segunda de mil pesos, el capitan Manuel Pacheco, sobre sus casas, ante Enostrosa, en 6 de Marzo de 1750; previniéndose que aunque esta escritura es de mil pesos, solo goza este cura la mitad de este principal, porque los otros quinientos i los veinte i cinco de sus réditos los cedieron los señores de este Tribunal a los padres de la Compañía de Jesus hasta que se pagasen de quinientos pesos que se les debia, cuyo plazo se le cumplió en 1.º de Marzo de 1773, segun consta de esta hijuela, i tiene de cargo cuarenta i cuatro misas. —Capital, 2,000; réditos, 100; misas, 44.

Curato de Limachí. —It. al de Limachí, cien pesos seis i medio reales por el principal de dos mil diezisiete pesos, en tres escrituras: la primera de cuatrocientos pesos, doña Manuela Barbosa, sobre la casa que fué de doña Manuela Rodriguez, ante Enostrosa, en 15 de Setiembre de 1741; la segunda de mil cuatrocientos diezisiete pesos, don Manuel Fernandez Valdivieso, sobre su estancia, ante el dicho don Nicolas de Herrera, en 13 de Enero de 1780; i la tercera de doscientos pesos, don Gaspar Bravo, sobre su casa, ante el susodicho Herrera, en 3 de Julio de 1780, con cuarenta i cinco misas. —Capital, 2,017; réditos, 100.6½; misas, 45.

Curato de Aculeo. —It. al de Aculeo, sesenta i cuatro pesos dos i medio reales por el principal de mil doscientos ochenta i seis pesos cinco i medio reales, en tres escrituras: la primera de doscientos setenta pesos, don Bartolomé de Mondaca, sobre su casa, cuya escritura, que es de mayor cantidad, la otorgó don Márcos de Rojas, ante Diego Rutal, en 29 de Abril de 1621; la segunda de trescientos cuarenta i ocho pesos cinco i medio reales, don Manuel de Rojas, sobre su casa, ante Enostrosa, en 1.º de Octubre de 1718; i la tercera de seiscientos sesenta i ocho pesos, el conde de Sierra Bella, sobre su chácara, ante el mismo Enostrosa, en 3 de Abril de 1729, con veintiocho misas. —Capital, 1,286.5½; réditos, 64.2½; misas, 28.

PROVINCIA DE CUYO

Curato de Mendoza. —It. al cura de Mendoza, cincuenta i cuatro pesos cuatro reales por el principal de mil noventa pesos, en tres escrituras: la primera de quinientos diez pesos, comprendidos en los un mil que reconoció don Francisco Hidalgo sobre su hacienda, en 2 de Agosto de 1763, ante don Luis Luque Moreno; la segunda de trescientos treinta pesos, don Gabriel de Unaveitia, sobre la casa que posee, que fué de don Lorenzo Burboa, ante Santibañez, en 3 de Diciembre de 1768; i la tercera de doscientos cincuenta pesos que tomó a rédito, por término de cuatro años, doña María del Cármen Concha, ante el mencionado Herrera, en 8 de Mayo de 1802, con veinticuatro misas. —Capital, 1,090; réditos, 54.4; misas, 24.

Curato de San Juan. —It. al de San Juan, cincuenta i cuatro pesos cuatro reales por el principal de mil noventa pesos, en dos escrituras: la primera de cuatrocientos noventa pesos, comprendidos en los un mil que reconoció don Francisco Hidalgo sobre su dicha hacienda de Caleu, en 2 de Agosto de 1763, ante el susodicho Luque Moreno; i la segunda de seiscientos pesos, don Antonio Morales, sobre su casa, a cuya escritura le agregaron doscientos pesos mas correspondientes al cura de Curicó, ante Santibañez, en 29 de Julio de 1764, con veinticuatro misas. —Capital, 1,090; réditos, 54.4; misas, 24.

Curato de San Luis. —It. al de San Luis, ochenta i ocho pesos por el principal de mil setecientos sesenta pesos, en tres escrituras: la primera de ciento sesenta pesos, don Miguel Fierro, sobre su casa, que fué de doña María Illanez, en 26 de Marzo de 1766, ante Santibañez; la segunda de ochocientos pesos, don Manuel Amaya, sobre su chácara, ante el citado Herrera, en 13 de Octubre de 1785; i la tercera de igual cantidad, doña María Dolores Gallardo, sobre su casa, cuyo principal lo impusieron doña Bernarda Pando i sus dos hermanas, en 11 de Junio de 1782, con treinta i nueve misas. —Capital, 1,760; réditos, 88; misas, 39.

Curato de Veo. —It. al de Veo, ciento doce pesos un real en el principal de dos mil doscientos cuarenta i dos pesos cinco i medio reales, en dos escrituras: la primera de seiscientos pesos, don Francisco Blanco, sobre su casa, en 6 de Setiembre de 1763, ante Santibañez; i la segunda de mil seiscientos cuarenta i dos pesos cinco i medio reales, don Domingo Cámus, sobre su estancia; esta escritura es de tres mil doscientos ochenta i cinco pesos tres reales i su mitad pertenece a este cura i la otra al de Corocorto, en 19 de Mayo de 1784, ante el espresado Herrera, con cincuenta misas. —Capital, 2,242.5½; réditos, 112; misas, 50.

Curato de Corocorto. —It. al de Corocorto, ciento trece pesos cuatro i medio reales por el principal de dos mil doscientos setenta i un pesos uno i medio real, en tres escrituras: la primera de doscientos pesos, doña María Morales, sobre su casa, ante Jerónimo de Ugas, en 3 de Agosto de 1676; la segunda de cuatrocientos veinte i ocho pesos cuatro reales, don Bernardo Vargas, sobre su hacienda, ante el indicado Herrera, en 3 de Junio de 1780; i la tercera de mil seiscientos cuarenta i dos pesos cinco i medio reales, don Domingo Cámus, mitad del citado principal de los tres mil doscientos ochenta i cinco pesos tres reales que se dicen en la hijuela anterior del curato de Veo, i fecha de esta escritura, con cincuenta misas. —Capital, 2,271.1½; réditos, 113.4½; misas, 50.

Curato de Yachal. —It. al de Yachal, ciento doce pesos cuatro reales por el principal de dos mil doscientos cincuenta pesos, en dos escrituras: la primera de tres mil cien pesos, sobre la casa de los herederos del Pbro. don José Calvo, ante Manuel de Toro, en 28 de Marzo de 1613, hallándose destinada la mitad de este principal, que son mil quinientos cincuenta pesos, a este cura i la otra al de Vallefértil; i la segunda de setecientos pesos, don Francisco Mate, sobre su casa, que fué de don Luis Nicolas Dueñas, en 12 de Setiembre de 1776, ante Santibañez, con cincuenta misas. —Capital, 2,250; réditos, 112.4; misas, 50.

Curato de Vallefértil. —It. al de Vallefértil, ciento doce pesos cuatro reales por el principal de dos mil doscientos cincuenta pesos, en dos escrituras: la primera de los tres mil cien pesos arriba dichos de Yachal, cuya mitad a este curato es igualmente de mil quinientos cincuenta pesos; i la segunda de setecientos pesos, don Antonio..., sobre su casa, ante Diego Sanchez de Amaya, en 22 de Agosto de 1601, con cargo de cincuenta misas. —Capital, 2,250; réditos, 112.4; misas, 50.

Empleos en este juzgado

Al escribano del Tribunal de Apelaciones le están señalados ciento treinta pesos en los réditos del principal de dos mil seiscientos pesos que reconoció en los dos tercios del remate que hizo de este oficio don José Castro, ante don Nicolas de Herrera, en 27 de Julio de 1787, con el cargo de no llevar derechos a los indios en sus causas que suben a este Tribunal. —Capital, 2,600; réditos, 130.

It. al contador i escribano de este Tribunal o Juzgado de Indios, le están asignados setenta i cinco pesos: al primero cincuenta i al segundo veinte i cinco pesos, en los réditos de mil quinientos pesos que cargan sobre la casa que poseen los herederos de don José Arutigui, cuya imposicion la hizo don Lorenzo Veda, dueño que fué de esta casa, ante el citado Herrera, en 7 de Noviembre de 1783. —Capital, 1500; réditos, 75.

It. al portero i receptor, por ambos oficios, veinte i cinco pesos, en el principal de quinientos pesos que reconocieron sobre su casa los herederos de don Luis Elizondo, ante don José Álvarez de Enostrosa, en 24 de Octubre de 1744. —Capital, 500; réditos, 25.

It. al coadjutor, por su oficio de seguir las causas litijiosas, veinte pesos, en los réditos del principal de cuatrocientos pesos, que tomó a rédito doña Francisca Javiera de Asagra, mujer lejítima de don Manuel Rodriguez, bajo la fianza de don Santiago Muñoz, ante el espresado Herrera, en 15 de Octubre de 1792. —Capital, 400; réditos, 20.

Sumario jeneral de planas
Capitales Réditos Misas
1.ª 2,881 144 63
2.ª 2,383 .1½ 119 .1½ 52
3.ª 5,889 .2 294 .31/4 131
4.ª 4,169 .6 208 .3½ 92
5.ª 5,703 .4 285 .2½ 126
6.ª 7,272 363 .5 161
7.ª 5,013 .3 250 .5½ 110
8.ª 5,064 253 .1½ 112
9.ª 5,020 251 108
10.ª 3,303 .5½ 165 .1 73
11.ª 3,940 197 87
12.ª 9,013 .7 450 .5½ 200
13.ª 5,000 250
64,653 .5 3,232 .5¾ 1,315

Segun se manifiesta, ascienden estos capitales a la cantidad de sesenta i cuatro mil seiscientos cincuenta i tres pesos cinco reales. Sus réditos a tres mil doscientos treinta i dos pesos, cinco i tres cuartillos reales. I las misas a mil trescientos quince pesos, esto es, sin incluirse los curatos que comprende la Provincia de Coquimbo, por haber en ella otro contador separado de esta capital i no correr por mi mano el que debe dar razon de ellos. —Santiago i Enero 18 de 1819. —Domingo Salamó.


Núm. 285 editar

A principios del mes próximo pasado Diciembre el ex-Diputado de Comercio don Miguel Ovalle me manifestó un oficio del Excmo. Senado, por el que S.E. pedia una razon de las dependencias activas i pasivas del Consulado, i que para ello se le ordenase al contador i tesorero para que así lo ejecutase.

Inmediatamente lo verifiqué poniéndola en sus manos, sin necesidad de reconvencion, i dando aquella razon en tales términos cuales me parecieron serian necesarios para llenar las intenciones de S.E., pues en ella no tan solo puntualizo aquellas dependencias, sino tambien, del fondo que se halló en aquellas arcas en principios del año próximo pasado, al tiempo del corte i tanteo, las entradas i salidas que hubo despues hasta la suspension del Tribunal, i, últimamente, la existencia que resulta que debe de haber en tesorería de quinientos i mas pesos; todo con arreglo a las partidas que constan de los libros de la contaduría.

Pasados algunos dias, me mandó decir don Miguel Ovalle con el escribano Araos que aquella razon la dejaba en su poder, i que hiciese otra para mandarle a S.E. con solo la noticia de las dependencias, i omitiese lo demas. Respondíle que estaba pronto a verificarlo, siempre que el Excmo. Senado así me lo ordenase, pero que entretanto la remitiese aquella a ver si era de su aprobacion.

En este estado se me ha hecho saber ayer una providencia para que cumpla con la entrega de aquella razon, a consecuencia de un oficio del Excmo. Senado pasado por Secretaría, en virtud de haber informado don Miguel Ovalle a S.E. imputándome la falta de cumplimiento en su entrega.

Me es mui sensible el verme en la precision de abochornar al don Miguel, desmintiéndole con un hecho que no podria negarme, i que, en caso necesario, se lo probaré con testigos. La razon la tiene él en su poder desde el tiempo que dejo espuesto. Los motivos que tiene para negarla i no pasarla a S.E. los espondrá cuando se le haga cargo con esta mi esposicion, la que suplico a la bondad de US. se sirva ponerla en consideracion de S.E. asegurándole que, como el que mas, siempre he sido pronto i observante de los mandatos de las autoridades constituidas. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago i Enero 18 de 1819. —Pedro Palazuelos. —Señor Secretario del Excmo. Senado, don José María Villarreal.


Núm. 286 editar

(Via reservada)

Excmos. Señores Presidente i Vocales del Senado:

Francisco Javier Molinas, Sarjento Mayor de Ejército que fué, i fundador del batallon número 3 Infantería de Arauco, con el mas debido i obsequioso rendimiento que a VV.EE. debe, espone: que desde que la América, ansiosa del goce de sus derechos i posesion de su libertad, promovió sus intereses püblicos dando principio a su combinacion, llené con el debido honor los deberes de un verdadero ciudadano, procurando los adelantamientos de la ciudad de Concepcion de Chile, de la cual por eleccion era su vecino, i una de las primeras cabezas de la revolucion de la Nacion Patria, levantando el grito de la libertad, ayudando a quitar el Intendente Alava en aquella ciudad; era el recurrente uno de los comerciantes con mui buen jiro, i todo ha sucumbido por la Patria. Igualmente las tres campañas que he sufrido en este reino contra los enemigos de América, incluyendo en ellas noventa i cinco choques i acciones de guerra, recibiendo siete heridas de las que he derramado sangre por defender i sostener los justos derechos de la Nacion Patria, como lo han publicado los papeles públicos que en las campañas pasadas i en la presente se dieron a luz, añadiendo que la mitad de los habitantes del Reino i el señor Excmo. Director del Estado actual son testigos oculares de lo referido (i aunque dilatado en mi narracion de lo que en adelante referiré), como tambien de mis acertadas disposiciones, buen celo, actividad, entusiasmo, amor i lealtad a la Patria; i, en una palabra, se lisonjea el proclamante de decir que, miles hai que lo han visto, que, con solo mentar mi nombre, teme i me respeta el enemigo, pues en la correspondencia orijinal última que tomé al enemigo con fecha 13 de Enero de 1818, como circular me recomienda el señor Jeneral Ordoñez a los comandantes de guerrillas Alarcon, Mendoza, Contreras, Zapata i Pincheira para que éstos, si no pueden quitarme la vida, traten con el vecindario el que, sino pueden con astucias, me la quiten con veneno, porque dicen que las balas no me dentran: igualmente, que ofrezcan mil i quinientos pesos por la cabeza i dos mil por la persona. Esto fué lo principal que contenian las cartas del enemigo, sin olvidarme de las noticias ciertas de la espedicion que derrotamos en Maipú, pues este dicho jeneral i otros jefes i oficiales prisioneros en sus prisiones decian i confesaban: no tendrá la Patria ni ha tenido otro Molinas; i por la fama de la Patria pasada i por la esperiencia de la memorable defensa de la plaza de Arauco (no dejando al silencio las dos reconquistas, siendo en la primera de tercer jefe i en la segunda de segundo i comandante de la vanguardia), en la cual, viéndome sitiado por dos mil hombres i que los auxilios pedidos al cuartel jeneral me faltaban totalmente, a pesar de haberlos solicitado con anticipacion en tres oficios, hasta llegar en términos que, si no me los remitian, jamas podria ser responsable a la Nacion, como lo puedo acreditar orijinalmente, nada saqué i tuve que arreglarme a la poca fuerza i municiones, i traté modo de mandarles las proclamas siguientes, la primera al enemigo i la otra a mis leales soldados i oficiales.

A pesar de amenazarme con vuestra intimacion de rendicion a mí i a las tropas valerosas de la Patria, quienes tengo el honor de mandar en esta plaza, contesté que primero moririan mis soldados junto conmigo que rendirse a discrecion. Por lo que, a nombre de nuestro sabio Gobierno, os hago saber, i en el mio, que léjos de haceros perecer, quiero que se os restituyan los hijos a sus madres i los esposos a sus consortes, los padres a sus familias desconsoladas i los ciu dadanos a sus propiedades, olvidando cuanto resentimiento quede a ambas partes, indultando jeneralmente a toda especie i clase de jentes, convidándoos con una paz eterna i duradera. Ea, hermanos! yo vengo a enjugar las lágrimas del arrepentimiento i a conquistar buenamente corazones para la Patria. Si mis dulces palabras admitís, sereis jeneralmente perdonados; i de lo contrario, sereis infelices. Ea, pues, id, infelices! volved en medio de vuestros compatriotas; yo vengo en medio de vosotros para castigar el delito, protejer la inocencia i vengar la sangre de mi finado anterior compañero el comandante Cienfuegos i hermanos. Yo sé el daño que vosotros nos habeis hecho; sé hasta dónde se estiende el derecho terrible de conquista; sé hasta dónde podríamos llevar la venganza; pero vosotros estabais engañados, desviados por un espíritu de fanatismo, ajitados de delirio; vosotros sois vencidos, desdichados sometidos; i si os arrepentís, nosotros seremos jenerosos, magnánimos i compasivos. El rasgo de jenerosidad de la Nacion Patria será con vosotros, i de nó la fuerza lo definirá i decidirá. Entretanto, hacedles saber a estos infelices que os acompañan cómo sabemos nosotros perdonar i vengarnos. —Francisco Molinas. —A los comandantes de las fuerzas sitiadoras.

Soldados de los Ejércitos de la {Patria, fieles a las máximas que profesan, proteje la Relijion, a vosotros i al pueblo: El soldado de la Patria lleva en una mano la bayoneta i con la otra ofrece paz, proteccion i seguridad. Desdichados de aquellos que la despreciaren i que, seducidos por hombres profundamente hipócritas, trajeron dentro sus casas la guerra, sus horrores i la venganza de unas tropas que en ocho meses han hecho cuatrocientos i mas prisioneros de las mejores tropas de Marcó, Campiño i Ordoñez, cojido quince presas de artillería i, en una palabra, habeis destruido i desbaratado en nueve ocasiones al enemigo, siendo siempre triplicada fuerza a la vuestra; habeis en parte ayudado a la Hacienda nacional con las dos barras de oro que en la costa de Maule se le tomó. —Señores Oficiales, sarjentos, cabos i soldados: órden i subordinacion es la madre de la defensa. —Ea, pues, compañeros! ésta no es ya una guerra defensiva sino una guerra de invasion; son conquistas las que vais a hacer; fuera equipajes, estais con poca artillería, sin vestidos, sin zapatos, pagados de vuestros sueldos escasos, de todo estais faltos; pero, como me lisonjeo i glorío, ricos en valor. —Pues bien, ved allí vuestros enemigos llenos de un todo, ropas, dinero i artillería. —Vosotros teneis valor, hierro i plomo. —Sostenémonos i defendémonos, que seremos i haremos a la Patria feliz. —El enemigo es cuatro veces mas numeroso que vosotros; así adquiriremos mas gloria. —Os encargo particularmente todos los sacerdotes, relijiosos i ministros de la Relijion: serán protejidos, si se portan segun los principios del Evanjelio; i si son los primeros en quebrantarlos, serán tratados militarmente i con mas severidad que los demas ciudadanos. Por lo que, viva la Patria! Morir, morir por ella ántes de rendirse! que así lo hará vuestro compañero. Molinas.

Finalizados estos pasos, despues de diezisiete dias de riguroso sitio, fuí atacado por trescientos fusileros de línea al mando de los oficiales Piñuel, Benavides i Diaz, i dos mil indios i españoles al mando de los caciques Malilo, Collinahue i Mani i el paisano Parada. Despues de nueve horas de un contínuo i vivo fuego de cañon i fusil, hicieron los mayores esfuerzos para tomarme las trincheras, incendiándome el pueblo, asaltándome las trincheras, i por mi buena i acertada disposicion fuimos librados de sumerjir en manos de los bárbaros; i viéndome con solo quince tiros de cañon i seis cada individuo de los ochenta que en aquella plaza tenia, me obligué a tocar a degüello i salir a estrecharme a la bayoneta; i mediante esto, liberté a aquel pueblo i tropa, dejando el enemigo sesenta i dos cadáveres i porcion de heridos que me consta llevaron a Tobal, i mi pérdida fué de seis muertos, incluso un sarjento de artillería i cuatro heridos. —Mis valientes soldados gritaban a voces: vimos a nuestro capitan Molinas de soldado, de artillero, de armero i de Jefe. En esta accion, en estos lances es cuando los soldados son testigos oculares de la comportacion de los oficiales.

Otra: en todo el tiempo que hubo varias partidas crecidas de tropas i oficiales a la costa del Tomé, Pampanitos i Pingueral, jamas pudieron privar al enemigo el que conduciese víveres a Talcahuano ni ménos tomarles una sola lancha ni bote; i apénas fué el suplicante cuando les tomó dos canoas, un bote i una lancha grande perteneciente a la fragata la Victoria, apertrechada de un todo, adjunto su tripulacion i tasada en mil pesos, la que nos sirvió en la pasada del Maule, viniendo en retirada de Concepcion; i su jeneral Ordoñez les decia: Apostara que Molinas está en la costa, i si éste está escusen el ir, porque serán pillados; pues solamente este diablo tiene astucias de guerra. —Hicieron prodijios para pillarme, atacándome por mar i por tierra, i siempre los amolé.

Señores Excmos., si el mismo enemigo confiesa esto ¿a qué estamos con el velo de hacer perecer a un patriotazo tan útil (desgraciado entre los nuestros, pero afortunado al Campo de Marte), tan injustamente i tan sin razon i a un hombre de mi clase, sentimientos i comportacion?

VV.EE. bien verian en la representacion fecha 25 de Noviembre próximo pasado mi delito o lo que quisieron ser delito; bien satisfecho estoi por un señor abogado i que ahora tiempo fué asesor de una Intendencia, me dijo: "Molinas, he visto todos los autos mui atentamente i no hai una lei, ni ménos un artículo de Ordenanzas que lo condene a Ud. mal; ántes bien, por la medida que Ud. tomó se le debia dar una com pleta satisfaccion." El señor auditor Montenegro dijo a un oficial: "Molinas no puede jamas salir mal, jamas, pues habló con justicia, i obró mui en el órden; si otros lo hubiesen hecho así, no se habrian ido tantos godos como se han ido. Ahora, si el Tribunal lo quiere mal i quieren juzgar discordias i vengarse de antipatías políticas, es cuenta aparte; pero no hai lei ni razon que lo condene mal." A mí me parece se ha hecho total abuso de la Constitucion, cap. I, arts. 2.º, 6.º i 17, cap. II, art. 7.º, cap. III, arts. 1.º i 22, pues así lo ha esperimentado el recurrente. ¡Ah! Señores Excmos., si en la tierra no hai justicia que la ampare i la proteja, no faltará tiempo en que el Dios de los Ejércitos la haga, i castigue cuantas iniquidades se han hecho. Excmos. Señores, mi delito contra los señores que ahora son vocales del Tribunal Militar fué porque no les quise dar dos caballos. Estos dos señores se hallaban en aquel entónces de comandantes de mi batallon núm. 3, llamados don Mariano Larrazábal i don Laureano Cuenca. Esta falta fué suficiente para haber criado dos enemigos i el suplicante inocente. El dia de la retirada de nuestro Ejército de Concepcion a la Florida, 5 de Enero de 1818, venia el recurrente con una division de ochenta soldados i dos oficiales sosteniendo la retirada de nuestro Ejército por la ala izquierda. Dicho dia a las cuatro de la mañana me fué preciso e irremediable el estrecharme con las guerrillas enemigas de Alarcon, Mendoza i Contreras en el paraje llamado Rafael, que Dios mediante i Nuestra Madre i Señora del Cármen i mi acostumbrada intrepidez i sagacidad, merecí derrotarlos completamente, quedando tumba en campaña, para mis glorias, treinta i un cadáveres, entre ellos el capitan Insulsa i porcion de heridos que me consta tuvieron, entre ellos su comandante Alarcon, quien se libró por la asperidad de la montaña, dejando sí el caballo ensillado que sirvió para el señor comandante Escalada en circunstancias que se hallaba a pié. Esta memorable jornada me dió ochenta caballos ensillados, sesenta mulas aparejadas i la mas parte cargada de todos víveres bucólicos, trescientas cabezas ganado vacuno que los derrotados tenian preparado para conducir a Talcahuano, sin olvidarme de porcion de toda especie de armas i dos cargas de municiones de fusil. Mi pérdida fué la de un muerto, un herido i cuatro caballos estropeadísimos. Todo lo referido fué conducido a la Florida i entregado al Excmo. Supremo Director del Estado actual, como lo puedo acreditar por el orijinal oficio que en mi poder conservo. Conforme fué esta accion fueron las de Guaro, Quínel i la Raya, ventajosísimamente a beneficio de nuestras armas. Esto era en medio de la confusion de nuestra retirada a Talca. I visto los señores Larrazábal i Cuenca que el Omnipotente ponia por su parte la proteccion a mi abono, se criaron enteramente mas i mas mis enemigos, pues les decian a otros oficiales: "Si ese catalan no muere ha de llegar a ser un Jeneral, pues tiene disposicion, i es lástima porque al cabo él es europeo i estos no merecen mas que balas."

Las tres acciones arriba referidas me dieron treinta i siete mil cabezas ganado ovejuno i mil novecientas vacuno, doscientos setenta caballos i muchos de éstos ensillados, como tambien cuarenta i seis mulas i las mas aparejadas, todo lo cual en la ciudad de Talca fué entregado al señor Juan Albano por órden del señor Excmo. actual Director; i vistos los padecimientos por dicho Señor de mi tropa i en particular de los casados que vinieron con sus familias, tuvo a bien mandar les repartiese una vaca a cada uno de los indios casados, que ascendieron al número de 25. —Entregadas las tropas a sus cuerpos, fueron los soldados de mi batallon (en circunstancias que el recurrente se hallaba enfermo), a proclamar sus sueldos a los señores Larrazabal i Cuenca, i les contestaron: "fórmense", i cargando un fusil con bala el señor Larrazabal les dijo: "todos los que han militado bajo órdenes de Molinas i Freire i me piden sus sueldos los mato a palos", i luego lo ejecutó con los infelices Arroyo, Maldonado i un Monteros. —Sabedoras sus mujeres, se quejaron al Director Supremo i les dijo: "yo lo remediaré". —A los tres dias de mi llegada, a pesar de hallarme enfermo, por el conducto del capitan Rencoret me llamó i me dijo en el primer saludo: "Ud. es un pícaro, un cobarde; Ud. i Freire han perdido las fronteras. Yo he de dejar de ser Larrazábal o le he de quitar a Ud. el empleo i lo he de fusilar". —I le contesté: "Ud. es, señor comandante, mui precipitado; no sirve para jefe. El empleo que tengo lo he ganado derramando sangre, por lo que ni Ud. ni otro como Ud. es capaz de cumplir lo que dijo porque, si fuera de hombre a hombre, necesito seis como Ud." I calló, i me volvió a decir: "Cuidado con Larrazabal, porque lo he de fusilar a Ud." I entónces me fuí. Este lance lo presenció el señor Cuenca i mi esposa. —Lo hice presente al Supremo i me dijo: "déjalos, que todos ellos son unos cobardes". —La noche de la Cancha Rayada, si no hubiese sido por el suplicante, se pierde todo el Ejército, pues el único que quedó en el Campo de Marte con solo ciento ochenta i dos soldados de mi batallon núm. 3, i los señores oficiales capitan Sandoval, alférez Pastorízar i Gauna, fuimos los únicos que sostuvimos el fuego (mandado hacer por el mismo Director actual). Mi comandante Lopez con los demas oficiales i tropa se dispersaron, i éste se vino a Chile a reunir el batallon (propio de un hombre de honor i cobarde). En aquel acto i a fuerza de sagacidad, valor, gritos i sablazos, merecí, acompañado de dichos oficiales, reunir mas de seiscientos hombres de distintos cuerpos. Testigos oculares, el capitan del núm. 7 Gundian i su comandante Conde i el señor edecan, único que vide, Aguirre. —El señor Larrazábal pasó a media rienda i le grité: "Mi amigo, venga Ud. para acá, que aquí es i en estos lances donde se conocen los hombres de espíritu;" i se paró, pero lo que vió que el fuego del enemigo, de cañon i de fusil, era vivo, se escapó sin hablar una palabra (Señores Excmos, estos son valientes de estrado i patriotas de estómago), como lo hicieron la mayor parte de los jefes. —El proclamante dió dos guias al señor coronel Las Heras para el camino, que nos debíamos retirar i mandar avisos a los jefes de nuestra situacion i rumbo i... allí liberté la Patria. —En la de Maipú, viniendo en el cuerpo de reserva i a la retaguardia del batallon de mi residencia, como segundo jefe, observé nuestra ala izquierda desbaratada i que venian en dispersion los batallones núm. 2 de Chile, núm. 1 i 8 de los Andes. Luego se me vino a la retaguardia mi comandante Lopez, diciéndome: "¿Qué haremos, Molinas?" i le contesté: "El Dios que en figura de jefe trate o lo vea yo huir le pego un pistoletazo. —Esta no es Cancha Rayada. —Despliegue Ud. en batalla sobre la derecha de la primera division, con fuego i ¡a la carga!" i dije: "Tambor ¡a degüello! i griten, hijos, ¡la Patria libre! ¡libre la Patria!" lo que me oyó el teniente de mi batallon Barra. —Con esta maniobra desbaratamos al enemigo, en particular los batallones de Concepcion i del Infante, i observando el suplicante que el enemigo dispersaba i trataba de refujiarse a los cerros de la derecha del campo, en voz alta grité: "Ea, compañeros! síganme, no me dejen i haremos a la Patria feliz"; (pero jefe ninguno se divisaba). Cuando miro por todas partes i veo a mi compañero Rencoret herido, mandé al oficial Honorato le amarrase las piernas i lo cuidase para que se retirase. ¡Lo que es un hombre guapo! no queria. —En su tenor pude reunir a los capitanes Duarte, Labbé, tenientes Barra i Labbé i los alféreces Pastorízar, Quinteros i Gauna, quienes con ciento i nueve soldados de mi batallon, sin olvidarme de los oficiales del número 7 Ramallo, Paez, Recabárren i Maldonado, con ciento setenta negros; éstos i los primeros (ínter las demas tropas de todos los cuerpos saqueaban las casas de Espejo) logré derrotar enteramente a los prófugos, matando i degollando; i habiéndome ya pillado la noche en el dicho cerro de la derecha, me vide obligado a capitular con el teniente Núñez del batallon el Infante, los que fueron rendidos a discrecion i perdonados diezinueve oficiales de toda graduacion i quinientos i seis soldados armados. Finalizado este acto, se me apareció el comandante Lopez, a quien le entregué i dí cuenta de lo acaecido, i con él i la presa marchamos a esta capital; i a la misma noche de la accion, a las doce de ella, los presentamos al Excmo. Director del Estado actual i dicho Señor ordenó los condujésemos a la Compañía. —Señores Excmos., esto es constante por los soldados i los oficiales que refiero. —Esto es lo que sabe hacer Molinas, que ojalá tuviera la Patria miles como Molinas, i no que por diez onzas querian quitarle la vida, como le quitaron el empleo: que se me estremece el pulso i tiembla mi voz al pronunciar semejante atentado i desatino de los señores Larrazábal i Cuenca; esto fué tomadas como por vía de depósito i justificado en los autos. —¡Justicia al Cielo!

Señores Excmos., ahora, pues, calculen i gradúen VV.EE. de todo lo que han hecho i hacen con un héroe de la Patria; ahora, pues, no se reirán nuestros enemigos: es mui cierto, pues si así se paga a quien tantas veces ha sabido vender bien su vida ¿qué sera de los cobardes adulones? Éstos son los que privan. —Los señores del Tribunal ¿por qué, ántes de sentenciarme, no lo hicieron saber por órden? —Nó, sino que tenian la ponzoña de rencor adentro reconcentrada, una cosa mui impropia, contra todo derecho de jentes i de hombres nobles. —Nó, señor: al mes de actuada la sentencia tan degradante a un oficial, se hizo saber por la órden jeneral del Ejército, haciéndose saber se me habia separado de las armas, recojiéndome los despachos que tanta sangre i sudores me habian costado. —El señor Director tuvo a bien asignarme cuarenta pesos mensuales, mitad del sueldo que poseia; pero como no se pagan, es lo mismo que la nada, ni ménos el mes de Octubre pasado, que todavía no se me ha pagado. —¿Qué hará un hombre que por la Patria ha perdido su jiro, i lleno de obligaciones lejítimas? —Donde no hai justicia, no habita Dios. —Óigaseme i atiéndaseme en ella.

Excmos. Señores, el proclamante ha militado en la Península el año 93 contra los franceses i el 96 con la Gran Bretaña; igualmente en Montevideo i reconquista de Buenos Aires; pero en la primera i segunda, jamas ha visto ni ménos leido en ninguna historia ni potencia del orbe hubiese tal Comision Militar; solo sí que todo militar era i debe ser juzgado con arreglo a Ordenanzas por los cuerpos a que depende, a ménos de que sea oficial; entónces débese convocar a consejo jeneral. —Dice el famoso jeneral frances Carnot en una junta lo siguiente: "Señores, no juzgamos sin estar bien instruidos de lo bueno o malo; i de lo contrario es crear émulos i enemigos, por lo que en estas comisiones militares son i salen las desavenencias i discordias, i jamas juzgan con leyes i ordenanzas, sino lo que se les antoja; i dígale al señor Director de Paris que no intente elejir Comision Militar teniendo yo las armas a mi cargo, sino Consejos ordenados i jenerales, como previenen las Ordenanzas." —Esto pasó en las inmediaciones de Paris, i sigue un fiscal que irremediablemente debe ser el Ayudante de un cuerpo i que éste debe poner su conclusion fiscal a lo peor. ¡Caso estraño! en el suplicante pasó todo al reves; que habiendo sido la conclusion fiscal que yo pasase a un castillo hasta que pagase diez onzas, el señor Cuenca i Larrazábal me sentenciaron a la muerte, que, es de cajon, seducirían a los demas; solo uno no quiso pasar ni conformarse con ella ni ménos firmar; i Dios, que ve esto ¡cómo no se cansará! —Léanse las historias que nos han abierto los ojos, como la de un Bonaparte, archiduque Cárlos i la de Alejandro el Grande; i ¿a qué vamos tan léjos? cuando a la vista tenemos la de unos norte-americanos i etc. Se verá en ellas cómo no hai tales comisiones militares. Dice Carnot que estas comisiones usurpan los derechos a que ciñe la Ordenanza a los comandantes de los cuerpos i sigue: "Vayan estos militares al frente del enemigo i no estar a la conservatoria del cuerpo de salud; i tal vez muchos de éstos no saben lo que es campaña ni ménos oir silbar una bala", i quizá si a nuestro Chile pasa lo mismo.

Señores Excmos, con satisfaccion gloriosa puedo decir que en medio de los mayores apuros i conflictos del Ejército de la Patria, los jefes no han tenido otro Molinas, ya en los puntos avanzados, ya en protejer retiradas, como la de la Patria pasada a la ciudad de Mendoza; si no por Molinas, no hubieran emigrado tantas tropas como emigraron; i en la de Concepcion sucedió lo mismo. —¿Quién llenó la plaza de Talca de prisioneros de los prófugos de Chacabuco? —Molinas, con solo cuarenta soldados de mi compañía. Traje con sagacidad, por medio de una capitulacion con el teniente Sepúlveda, 9 oficiales, 211 soldados, 90 fusiles, 200 paquetes cartuchos a bala i dos barras de oro tasadas en cincuenta mil pesos, las cuales traia el capitan Godoy; i todo lo referido fué entregado al señor coronel Freire. —Ya basta de referir, porque necesitaba una resma de papel; sin embargo, aunque revisto estos i otros acontecimientos constantes a los Jenerales, Jefes i habitantes, no me haga mi conciencia haber hecho mas que un mero signo de gratitud i reconocimiento a la jenerosa franqueza del suelo que habito: todo, efecto del deseo de participar, en medio de mis conciudadanos, el benigno influjo de las sábias leyes de un Gobierno libre, favorito de mi imajinacion, i la feliz recompensa prometida en este estado a mis fatigas i sacrificios que, en todo caso, protesto prestar, bajo mi palabra de honor i lo mas sagrado de la Relijion, a favor de la causa comun de América. Por tanto, a VV.EE. pido i encarecidamente suplico que, dignándose VV.EE. poner consideracion a todo cuanto en justicia refiere el recurrente i ha espuesto, sin olvidarme de siete meses, que en mi corazon tengo grabados, de prision en el cuartel núm. 7, i en la salida de éste se me trasladó en mi casa arrestado i actual me hallo, añadiendo a esto mis méritos, servicios, sacrificios, derramamientos de sangre: se dignen, como Padres de la Justicia, VV.EE., oficiar terminantemente al Excmo. Señor Supremo Director del Estado para que este señor Excmo. me reponga en el empleo con que la Patria me habia condecorado, dándoseme una satisfaccion completa por via de una acta en la Órden Jeneral del Ejército i en la Gaceta Ministerial del Gobierno. —Mi estremoso entusiasmo republicano nunca discrepará de las ideas jenerales ni un punto de los demas miembros que componen la familia chilena. —Bajo este seguro, VV.EE. estén ciertos que en el primer choque que se me presente contra los tiranos derramaré nuevamente mi sangre por purificarme, pues la reciente presencia de la enfermedad hace mas cauto al convalesciente; pues es justicia i gracia que a VV.EE. imploro, tomando aquel justo interes de atender i premiar, oir e interceder para los que han sabido derramar sangre en defensa de la Patria, i siendo ésta dirijida al objeto que se refiere, pues de cuya proteccion, justicia i gracia e intercesion será i quedará en el suplicante eterno en su reconocimi ento i para ello etc... —Casa i Chile 19 de Enero de 1819. —Excmo. Señores. — Francisco Javier Molinas.


Núm. 287 editar

Excmo. Señor:

Con vista de la solicitud de don Pedro José Ramirez, sobre el proyecto de amonedacion de cobre para subvenir a las actuales urjencias del Erario, pidió informe el Senado al Superintendente de la Casa de Moneda, a fin de resolver con acierto una materia de tanta arduidad. Ha espuesto las razones que individualiza el mismo informe i los convencimientos detallados en la copia que remitió igualmente i se acompaña a V.E.; i conferenciada la mocion con la delicadeza i circunspeccion que para sí pide, halla el Senado que siendo indudables los fundamentos que produce el Superintendente, debe negarse la concesion para la amonedacion de cobre, declarando sea inadmisible por los inconvenientes que presenta la aceptacion del arbitrio. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 19 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 288 editar

Necesita con urjencia el Excmo. Senado tener a la vista los autos que en el tiempo del Iltmo. señor don Manuel de Alday, dignísimo Obispo de esta santa Catedral, se sustanciaron sobre la rebaja de los intereses de los principales decensos i capellanías que deben existir en el archivo de ese Ilustre Ayuntamiento, i me ordena prevenga a VV.SS. que, haciéndolos buscar con la mayor vijilancia, se sirva pasarlos por mi conducto. —Dios guarde a VV.SS. —Santiago, Enero 19 de 1819. —Al Ilustre Cabildo de esta Capital.