Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 13 de febrero de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 13 de febrero de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 25, ESTRAORDINARIA, EN 13 DE FEBRERO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA


SUMARIO. —Lidta de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se acuerda reintegrar la comision encargada de dictaminar sobre la reunion del Instituto al Seminario. —Se acuerda pedir el sermon del presbítero Elizondo pronunciado el dia 12 en la Catedral a fin de darlo a la estampa. —Se resuelve la consulta de la comunidad de San Juan de Dios sobre alternar los sacerdotes con los legos en las prelacías de la Provincia. —Se acuerda separar de la secretaría a un escribiente i nombrar a otro. —Se acuerda pagar las asignaciones a los inválidos que cambien de residencia. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De una nota en que don Diego Valenzuela declara que acepta i agradece la comision con que el Excmo. Senado, segun nota del Secretario fecha el 11, le ha distinguido [1]. (Anexo núm. 383.)
  2. De otra nota fecha 11 en la cual el prebendado don Domingo Errázuriz espone que el Dr. don Diego Antonio de Elizondo se ha escusado de cumplir la comision que el Senado le confirió el 6 de los corrientes por tener que acompañar desde el dia 13 al Gobernador Eclesiástico en la visita diocesana. (Anexo núm. 384.)
  3. De un dictámen espedido por la comision encargada de informar sobre la representacion de los Hospitalarios i en el cual ella opina que la alternacion de sacerdotes i legos en las prelacías de la Provincia es opuesta a la constitucion de la órden i a las bulas pontificias.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Nombrar al licenciado don Bernardino Bilbao para reemplazar al Dr. Elizondo en la comision encargada de informar sobre la union del Instituto i el Seminario. (Anexos núms. 385 i 386.)
  2. Pedir al señor Gobernador del Obispado el sermon que don Diego Antonio de Elizondo predicó el 12 de Febrero a fin de mandarlo imprimir i circular. (Anexo número 387.)
  3. No acceder a la representacion de los Hospitalarios, ordenarles que no innoven en la constitucion de su órden, reservarles su derecho para que usen de él, si vieren convenirles, ante el Gobernador Eclesiástico, i pasar los antecedentes al Supremo Director para que comunique a la brevedad posible estos acuerdos i los mande cumplir. (Anexo núm. 388.)
  4. Retirar del servicio de la secretaría al oficial de pluma don José Domingo Herrera i nombrar en su lugar, en calidad de segundo oficial, a don Manuel Palacios Lopez con la dotacion de cuatrocientos pesos anuales. (Anexo núm.389.)
  5. Mandar que las asignaciones de inválidos se paguen a los defensores de nuestra independencia, aun cuando cambien de domicilio i salgan del territorio del Estado; i formalizar con el gobierno de las Provincias Unidas una alianza sobre esta materia. (V. sesion del 22 de Enero último i Anexo número 390.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a trece dias del mes de Febrero de mil ochocientos diezinueve años, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, se dió cuenta de lo espuesto por el presidente de la Comision nombrada para dictaminar sobre el recurso de la reunion del Seminario al Instituto, manifestando que no podia concurrir el socio Dr. don Diego Antonio de Elizondo por su salida a la visita con el señor Gobernador del Obispado; i acordó S.E. le subrogara el licenciado don Bernardino Bilbao i que, encargándosele el breve despacho, se le avisara el nombramiento por Secretaría, comunicándolo al presidente de la Comision, Dr. don Domingo de Errázuriz.

Ordenó S.E. que al señor Gobernador del Obispado se le pidiera por Secretaría la remision del sermon que predicó en la santa iglesia Catedral el Pbro. Dr. don Diego Antonio de Elizondo el dia 12 del que rije en memoria del aniversario de nuestra rejeneracion i política emancipacion, para realizar la impresion que se tiene acordada.

Con el dictámen de los teólogos que se nombraron para resolver la consulta de la comunidad relijiosa de San Juan de Dios sobre alternar los sacerdotes con los legos en las prelacías de la Provincia, acordó S.E. que el recurso i prestados dictámenes se remitieran al Excmo. Supremo Director, manifestándole que, siendo la intentada variacion opuesta a la constitucion de la órden i a las bulas pontificias, no presentándose una causa justa i urjente para alterar aquellos estatutos i tocando, aun en este caso, el conocimiento a la Silla Apostólica, i por el difícil adito al Diocesano, debia declararse que por ahora continúe la comunidad observando la constitucion i órdenes de su instituto, reservándole el derecho para que, en su caso, use de él ante el Eclesiástico; dando las órdenes oportunas para que la comunicacion se ejecute a la mayor brevedad, para que aquellos relijiosos procedan a su capítulo que deben celebrar el 15 del que corre.

Tuvo a bien S.E. retirar del servicio de la secretaría al oficial de pluma don José Domingo Herrera; i nombrando en su lugar, i de segundo oficial, a don Manuel Palacios Lopez con la dotacion de cuatrocientos pesos anuales, mandó S.E. se comunicara al Supremo Director para la órden de cese del primero i pago del segundo.

Con presencia de lo instruido por el Capitan Jeneral don José de San Martin i lo aducido por el Diputado de las Provincias Unidas de Sud-América para que la asignacion de inválidos a sarjentos, cabos i soldados durante su residencia en el país, se estienda igualmente a los que se retiren al lugar de su nacimiento, acordó S.E. que, si en las actuales circunstancias no puede manifestar Chile su gratitud i los jenerosos sentimientos de estos habitantes, que reconocen los servicios a que deben su existencia política, debia por ahora declararse que, variando su residencia aquellos valientes defensores, continúe la asignacion de inválidos, observando la misma conducta con nuestros guerreros por hallarse en igual caso; i que, para formalizar en esta parte una recíproca alianza que, ratificando nuestra union, sirva de estímulo a los dos ejércitos, se celebre un acuerdo con el Supremo Gobierno de Buenos Aires; i quedando todo cumplido, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 383 editar

Mis deseos de corresponder a la confianza con que el Excmo. Senado me distingue en la comision que V.S. se ha servido trascribirme por su nota de 11 del corriente, suplirán la escasez de mis conocimientos para llenarla dignamente. Yo la acepto, como debo, bajo de esa esperanza; i espero que, trasmitiéndole mis sentimientos, lo cerciore de mi gratitud i obediencia. —Dios guarde a VS. muchos años. —Santiago i Febrero 13 de 1819. —Diego de Valezuela. — Señor Secretario don José María Villarreal.


Núm. 384 editar

Doi parte a VS. como el Dr. don Diego Elizondo se ha escusado de la consulta porque el sábado 13 del corriente tiene que partirse en consorcio del señor Gobernador para la visita de arriba; en cuyo supuesto, elevando la noticia al Excmo. Senado, espera la Comision para proceder su última resolucion. —Dios guarde a VS. muchos años. —Santiago i Febrero 11 de 1819. —Domingo Errázuriz. —Señor Secretario del Excmo. Senado, don José María Villarreal.


Núm. 385 editar

El rector del Seminario reclama la reunion de este establecimiento al Instituto Nacional, i como para resolver el recurso entablado ante la Suprema Autoridad se haya pasado en consulta al Excmo. Senado, ha dispuesto S.E. nombrar una Comision de literatos para que le presten dictámen i poder nivelar la resolucion con este antecedente. Uno de los nombrados era el presbítero Dr. don Diego de Elizondo, que ha salido a la visita con el señor Gobernador del Obispado, i hallando el Excmo. Senado que en Ud. concurren los mejores conocimientos para que desempeñe el cargo de socio de la Comision, que se ha mandado presidir por el Pbro. Dr. don Domingo Errázuriz, me ordena S.E. le haga ver el nombramiento para que a la mayor brevedad se sirva pasar a la casa del Pbro. elejido presidente, a quien se han remitido los antecedentes, de que será Ud. instruido, en la intelijencia que urje el despacho i le espera la Comision. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 13 de 1819. —Señor Licenciado Pbro. don Bernardino Bilbao.


Núm. 386 editar

Con lo espuesto por Ud. en su nota fecha 11 del que rije i la intelijencia en que se halla el Excmo. Senado de la salida del Dr. don Diego Antonio de Elizondo con el señor Gobernador del Obispado, ha mandado subrogar en su lugar al Pbro. don Bernardino Bilbao, a quien con esta misma fecha se le ha avisado el nombramiento para que pase prontamente a verse con Ud. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Febrero 13 de 1819. —Señor Pbro. Dr. don Domingo Errázuriz.


Núm. 387 editar

Deseando el Excmo. Senado hacer imprimir el sermon del Dr. don Diego Antonio de Elizondo, i teniendo en esto un interes el Excmo. Señor Supremo Director, esperaba que VS. se lo hubiera pasado ántes de su partida; i creyendo que por un olvido no lo ejecutaria, me ordena le suplique se sirva ejecutar la remision luego que se lo permitan sus grandes atenciones, sin perder de vista la prontitud con que conviene se realice la impresion. —Dios guarde a US. —Santiago, Febrero 13 de 1819. —Señor Gobernador del Obispado, Prebdo. don José Ignacio Cienfuegos.


Núm. 388 editar

La comunidad relijiosa de San Juan de Dios ocurrió a este Senado solicitando alternativa entre sacerdotes i legos para obtener las prelaciones que hasta aquí solo han debido recaer en éstos; i que, en su consecuencia, se establezca un plan de estudios que dará estimacion pública al órden hospitalario i facilitará la curacion i auxilio de la humanidad conforme al Instituo. Para la resolucion de tan delicado asunto se ha nombrado una junta de teólogos, cuyos dictámenes, con la pretension de la comunidad, se acompañan a V.E. En vista de ellos no puede ni debe tener lugar aquella pretension. Todos opinan que ella es opuesta a la Constitucion del órden, a las bulas pontificias i que no hai una causa justa i urjente que pueda lejitimar esta variacion. La mayor parte de éstos, que aun en el caso que los motivos en que se fundan se estimen suficientes, correspondia su conocimiento i resolucion a la Silla Apostólica i por su difícil adito, en caso de necesidad, al Diocesano. Con este conocimiento, ha acordado el Senado que por ahora continúe aquella comunidad observando la constitucion i órdenes de su instituto, reservándole el derecho que tenga a su innovacion para que use de él ante el Eclesiástico como mejor le convenga.

Lo participa a V.E. el Senado (para que V.E. se sirva prevenirlo así[2]) a aquella relijion con la posible brevedad, a fin de que, con arreglo a ella procedan a su capítulo provincial, que debe celebrarse el 15 del presente. —Dios guarde a V.E. —Santiago i Febrero 13 de 1819. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 389 editar

Atendiendo al mérito que tiene contraido don Manuel Palacios Lopez en la secretaría del Senado i considerando que, a mas del servicio que ha prestado sin sueldo desde el mes de Octubre último, se ha empleado en otras oficinas del Estado, se le ha nombrado oficial segundo de la secretaría con la dotacion de cuatrocientos pesos; i puede V.E. mandar se le despache el correspondiente título, dando órden a los Ministros de la Tesorería Jeneral para que se haga el abono, sino hai inconveniente que lo impida.

A don José Domingo Herrera, que estaba sirviendo de oficial de pluma, se le ha retirado i convendria que para intelijencia de los mismos Ministros se les avise el cese, advirtiéndoles que solo hasta el 15 del que rije debe satisfacérsele el sueldo señalado. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Febrero, 13 de 1819. —Excmo. Señor Director Supremo.


Núm. 390 editar

La solicitud del señor Diputado de las Provincias Unidas de Sud-América para que la asignacion de inválidos a sarjentos, cabos i soldados durante su residencia en el país, se estienda igualmente a los que se retiraren al de su nacimiento, es mui conforme a los jenerosos sentimientos de los habitantes de Chile, que reconocerán siempre unos servicios a que deben su existencia política. Sus circunstancias no le permiten hacer otra manifestacion de su gratitud, conforme a sus deseos.

Así, pues, por ahora conviene el Senado en que, aun variando de residencia, continúe la asignacion a aquellos inválidos, debiendo observarse la misma conducta con los nuestros en igual caso; i a este efecto, podrá V.E. celebrar un acuerdo con el Supremo Gobierno de las Provincias Unidas para formalizar en esta parte una reciproca alianza que, sirviendo de estímulo a ambos ejércitos, ratifique nuestra union i confraternidad. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Febrero 13 de 1819. —Excmo. Director Supremo.


  1. En el archivo i en las actas precedentes no aparece constancia alguna de esta comision conferida a don Diego Valenzuela. (Nota del recopilador.)
  2. La frase entre paréntesis no aparece en el orijinal, indudablemente por omision del copista. (Nota del recopilador.)