Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 11 de noviembre de 1819

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 11 de noviembre de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 159, ESTRAORDINARIA, EN 11 DE NOVIEMBRE DE 1819
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Nombramiento de ajentes diplomáticos. —Recurso de don Agustin de Eyzaguirre relativo a la entrega de una hijuela. —Id. de don Pedro Salas. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José María de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña una representacion de don Cárlos Correa, auditor de guerra, en demanda de que se le exima, por ser empleado, del pago de la cuota tributaria i que por tanto se exonere la testamentaría del finado Mena de los 535 pesos que se le fijaron como cuota tributaria en auxilio de la espedicion libertadora. (Anexo núms. 568. V. sesion del 12.)
  2. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña en copia un suplemento a la lista de los erogantes en auxilio de la espedicion libertadora. (Anexos núms. 569, 570 i 571. V. sesiones del 18 de Junio i 12 de Noviembre de 1819.)
  3. De una representacion que hace don Agustin de Eyzaguirre esponiendo que él no fué albacea de la testamentaría del señor Toro, que fué simple compromisario en union con don Ignacio Aranguiz; que su cargo terminó há tiempo, que todos los bienes de la testamentaría fueron entregados a los herederos, inclusa la hijuela de doña Inés Toro, i que, por tanto, se le debe declarar no comprendido en la exención decretada.
  4. De un informe de la comision sobre la representacion entablada por don Pedro Salas con motivo de una confusion ocasionada por la identidad de su nombre con el de otro contribuyente de la espedicion libertadora. (V. sesion del 3.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Instar al Excmo. Director Supremo a que cuanto ántes nombre ajentes diplomáticos con el objeto de ver modo de obtener por algunas naciones el reconocimiento de nuestra independencia. (Anexo núm. 572. V. sesion del 15)
  2. Oficiar al Supremo Director manifestándole que si don Agustin de Eyzaguirre ha sido simple compromisario de la testamentaria del señor Toro, si da cuenta documentada del paradero de la hijuela que correspondió a doña Inés Toro, no debe ser molestado el recurrente. (Anexo núm. 573.)
  3. Proveer la representacion de don Pedro Salas en estos términos: "Con lo espuesto por la comision, se declara que enterando don Pedro Salas los cuatrocientos cincuenta pesos que se le señalaron en auxilio de la espedicion al Perú, con rebaja de los veinticuatro pesos que se fijaron a otro de igual nombre i apellido i anuncia haber entregado, quedará escusado de sufrir las reconvenciones que serian consiguientes si omitiera el pago". (V. sesion del 3.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a once dias del mes de Noviembre de mil ochocientos diecinueve, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, determinó se hiciera ver al Supremo Director que las relaciones políticas i comerciales con las potencias estranjeras, debían formar la felicidad del Estado de Chile, produciendo mas ventajas que una fuerza armada; i que cuando avisando a las Naciones nuestra proclamada Independencia, no hai una sola que se haya prestado a reconocernos i auxiliarnos, quizá por no haberse mandado enviados cerca de esos Gobiernos, seria de utilidad i de necesidad dar este paso, principalmente en el dia que se advierten secretos que no pueden traslucirse del Brasil i de los Estados Unidos de América. Que autorizando la Constitucion provisoria al Supremo Gobierno para esta deliberacion, debia solo tratarse de la pronta ejecucion aunque se arrostrara por inconvenientes que la hagan casi inverificable por la urjencia que hai para la elección de esos enviados.

Al recurso entablado por don Agustin de Eyzaguirre, reclamando por la órden que se le ha comunicado para entregar el ha de haber i la importancia de la hijuela que a doña Inés Toro se señaló en los bienes del señor brigadier don Mateo Toro, decretó S.E. se pasara al señor Director con el documento en que hace ver Eyzaguirre haber sido un albacea elejido por los herederos del citado señor brigadier, que dieron por concluido el cargo de albaceazgo; para que en este concepto, i en la intelijencia de haber de dar una razon documentada del paradero de los bienes de doña Inés, se le declare escusado de la ejecución que debe dirijirse contra aquella existencia i la persona que retenga la prenotada hijuela, que debe pasar en depósito a las cajas del Estado. I ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 568 editar

Excmo. Señor:

Tengo el honor de incluir a V.E. la representacion que me ha hecho el Auditor de Guerra, don Carlos Correa, solicitando se exonere a la testamentaría del finado Mena de los 535 pesos que se le impusieron de empréstito para la espedicion al Perú. V.E. acordará en ella como estime de justicia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial, 10 de Noviembre de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 569 editar

Excmo. Señor:

Paso a manos de V.E. el adjunto suplemento a la lista del empréstito para la espedicion al Perú que me ha remitido la Comision nombrada para el rateo, como compuesto de individuos que no se tuvieron presente en la lista jeneral. V.E. teniéndolo a la vista acordará lo conveniente, i me lo devolverá para librar providencias a su realizacion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial, 11 de Noviembre de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 570 editar

Excmo. Señor:

La Comision nombrada para el rateo del empréstito que ha de auxiliar la espedicion al Perú, en cumplimiento de las órdenes de V.E., despues de haber tomado los informes que han estado a sus alcances, ha hecho la asignacion a los sujetos olvidados que constan de la lista que tiene el honor de acompañar a V.E. para su superior aprobación. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Noviembre 3 de 1819. —Excmo. Señor. Martin de Larrain. —Ramon Valero. —Francisco Ruiz Tagle.


Santiago i Noviembre 5 de 1819. —Apruébase la asignacion que se ha hecho para la espedicion al Perú a los sujetos que por olvido no los puso en la jeneral la Comision encargada por el Excmo. Senado para este objeto i la acompañan en esta nota, sacándose copia de ella para que pase a la que está encargada en la Casa de Moneda para su colectacion, i al Comisionado senador coronel de ejército don Francisco Borja Fontecilla para su conocimiento. —Bernardo O'Higgins. Cruz. —Excmo. Senado.


Núm. 571 editar


Suplementos a la lista de contribucion para la espedicion auxiliar al Perú, a saber:
Calle de la Merced
Don Francisco Javier Silva $ 4
Don José Dávila 24
Doña Agustina Montes 500
Don José Antonio Echeverría i Diaz 106
Don José Tocornal, ex diputado de Minería 12
Don Domingo Lémus 10
Don Joaquin Valenzuela 50
Don Juan José Echeverría 150
Don Francisco Valdivieso i Ordoñez 100


Calle de las Monjitas
Don Francisco Javier Errázuriz i testamentaría de doña Ignacia Aldunate, lo asignado en la lista principal de contribucion $
Don Rudecindo Cheves i yerno 150
Testamentaría de doña María Reyes 200
Don José Ignacio Sotomayor por sí 150
Don Manuel Gana 100
Doña Josefa Valenzuela 60


Calle de Santo Domingo
Don Francisco Javier Bustamante $ 375
Don Pedro Pose 00
Testamentaría de doña Teresa Bascuñan 50
Don Pedro Lafevre 20
Viuda de don Joaquin Moscardo 75
Don Santiago Echevers 4
Don Manuel de la Cerda 100


Calle de Sarguedo i San Agustin
Don José Melian $ 150
Don José Fonzalida 40
Doña Cámen Trucíos i su hija 100
Don José Antonio Vargas 16
Don Pedro Diaz Valdés 56
Don Cárlos Olmos de Aguilera 56


Calle de San Diego
Don Benito Herquíñigo $ 250
Doña Mercedes Vicuña i sus hijas 2
Don José Gutierrez 6
Don Juan Maceira 170
Don Pedro José Mendoza 0
Testamentaría del maestro Elias 0
Id. de don José Javier de la Fuente 44
Don Pedro San Martin 50
Doña María Valenzuela 12
Don Domingo Alvarez 12
Doña Justa Abarca 0


Chimba
Don N. Puelma, con panadería $ 10
Don Martin Bravo 10
Don Vicente Dávila 50
Don Julian Sirilluelo 152
Don José Antonio Franco 0
Don Antonio Marcoleta 0
Don Luis Amestique 10
Doña Juana Moran 16
Don Pedro Mardones 50
Don Manuel Sánchez i su madre 4
Don José María Luque 5


Cañada
Don Juan de Dios Campillo $ 200
Don Pedro Niño 0
Don José Vergara 80
Don Agustin Vergara 80
Don Cárlos Infante 0
Don Matías García 0
Don Manuel Castillo i Saravia 100
Doña Mercedes Guzman i Ibañez i sus hijas 22
Doña Cármen Saravia 0
Doña Ignacia Fontecilla 10
La hermana del finado don Bemardino Guerrero 50
Doña Dolores Meneses 12
Don Santiago Bretón 2
Don Reinaldo Bretón 32
Manuel Breton 32
Don Isidoro Herrera 25
Don Diego Antonio Barros 200
Don Bernardo Vera 00
Don Jacinto Valdés 2
Don Tadeo Diaz 2
Don Ramon Moreno, administrador de Minería 30
Don Cruz Herrera 44
Don José Antonio Cañas i Cerda $ 100
Fonda de la esquina de Santo Domingo 16
Id. en la casa de Cuadra 40
Id. la de la esquina del basural 10
Id. en la calle de la Merced 30
Don Felipe Cárdenas 150
Don José Duran $ 20
Suma total $ 3,703

Santiago i Noviembre 3 de 1819. Martin de Larrain. —Francisco Ruiz Tagle. —Ramon Valero.


Doña Isabel Aguirre $ 100
Don José María Vivar 200
Testamentaría del señor canónigo Vivar 400
Id. del señor don Domingo Errázuriz 200
Testamentaría del señor don Joaquin Cañas 128
Don Tadeo Gutierrez 40
Doña Cármen Diaz Perez 6
Doña Ana Josefa Irigóyen 100
Por la testamentaría, doña Paula Salces 20
La viuda de don Javier Canelo 8
Doctor don Ramon Aróstegui 100

Núm. 572 editar

Excmo. Señor:

Las relaciones políticas i comerciales de los Estados lian formado siempre su felicidad. Estas pueden producirnos mas ventajas que una gran fuerza circunscrita dentro de nuestro país. Somos independientes cerca de dos años. Lo hemos avisado a todas las naciones, i ninguna se mueve a reconocernos ni auxiliar la justa causa que juramos defender, porque no liemos cuidado tener cerca de sus Gabinetes unos enviados públicos que manifiesten nuestros derechos i ponga reparo a las sorpresas e intrigas de nuestros enemigos, descubriendo igualmente los planes i combinaciones políticas que puedan ceder en beneficio o daño de este Estado para aprovecharlas. Seria ocioso fundar la utilidad i necesidad de dar este paso, que fué siempre el primero de todas las naciones cultas; i mas en el dia que se observan en el Brasil i en los Estados Unidos de América secretos i debates que no podemos traslucir. La Constitucion previene que V.E., con acuerdo de este Senado, resuelva sobre la utilidad de mandar estos diputados, siendo privativo a V.E. su nombramiento. En cuya virtud i aprobado el proyecto por V.E., resta la prontitud con que debe ejecutarse, a proporcion de la urjencia que presentan las circunstancias. Nada debe embarazarnos. Aunque fuera preciso mantener ménos tropas, reportaría mas ventajas el Estado con aquellos enviados que con ellas, fuera de que no faltan arbitrios para ocurrir a una necesidad que se calcula en el dia la mas urjente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Noviembre 11 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 573 editar

Excmo. Señor:

Acompaña a V.E. el Senado la representacion de don Agustín Eyzaguirre con un documento en que acredita no haber sido albacea del señor i Toro, sino un compromisario en union con don, Ignacio Aranguiz, nombrado por los herederos, quienes allí mismo dieron por concluido su cargo; donde también confiesan haberse recibido de la hijuela de doña Inés Toro íntegramente, convencido por lo tanto no poder ser comprendido en la ejecucion decretada por V.E. con acuerdo del Senado. Efectivamente, si este comisionado presenta a V.E. una razon documentada del paradero i existencia de los bienes de doña Inés, no puede ser obligado a otra cosa, confesándose la deuda por aquellos. La accion del Estado es contra los bienes de doña Inés i contra cualquiera que con motivo o sin él los posea i ocupe. No estando en este caso Eyzaguirre, no debe ser molestado. Recomienda el Senado la justicia de su solicitud en defensa de la Constitución, que proteje las propiedades, i en apoyo del acuerdo en que debe fundarse la ejecucion solo contra los coherederos entre quienes se repartió la hijuela que hoi debe estar en depósito por retaliacion en cajas del Estado. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Noviembre 11 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.