Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1818/Sesión del Senado Conservador, en 2 de noviembre de 1818

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1818)
Sesión del Senado Conservador, en 2 de noviembre de 1818
SENADO CONSERVADOR
SESION 5.ª, ORDINARIA, EN 2 DE NOVIEMBRE DE 1818
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se declara la incompatibilidad del cargo de senador con el de otros puestos que se mencionan. —Se reducen los puestos de la Cámara de Justicia i los del Tribunal Judiciario a solo tres propietarios con dos letrados suplentes. —Se acuerda el nombramiento de un fiscal criminal. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA editar

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el venerable dean de la santa iglesia catedral invitaba con fecha 31 de Octubre al Senado a una festividad relijiosa que debió celebrarse el 1.º de Noviembre. (Anexo núm.36.)
  2. De una nota por la cual la Junta de Economía informa que ya tiene concluidos sus proyectos sobre arbitrios para economizar los gastos i aumentar los ingresos del Erario, i pide se le permita comparecer al Senado para esplicarlos i que para el dia que se le fije, se invite tambien al Excmo. Jeneral en Jefe de los ejércitos aliados. (Anexo núm.37.)

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Declarar que el cargo de Gobernador-Intendente ejercido por don Francisco de Borja Fontecilla, i el de vocal de la Cámara de Justicia ejercido por don Francisco Antonio Perez, son incompatibles con el de senador; que, en consecuencia, los senadores nombrados se separan de los puestos que ocupaban al entrar a formar parte del Senado; que se nombre a otra persona con carácter de interino para desempeñar la Gobernacion-Intendencia de la capital; que se deje por ahora vacante aquella plaza de la Cámara de Justicia que habia ocupado el señor Perez; i que se designen dos letrados para que suplan gratuitamente a 105 camaristas en los casos de ausencias, enfermedades o implicancias. (Anexo núm. 38.)
  2. Mandar que se nombre cuanto ántes un fiscal del crimen que funcione en el Tribunal Judiciario.
  3. Reducir las plazas del Supremo Tribunal Judiciario de cinco a tres, i que se nombren dos suplentes que despacharán en los casos de ausencia, enfermedad o implicancia de los propietarios.
  4. Oficiar al Supremo Gobierno que no conviene hacer por ahora innovacion alguna ni en los empleados militares ni en los civiles, por cuanto el Senado se preocupa de formar un plan jeneral que consulte a la vez el buen servicio público i la necesidad de economizar los dineros del Estado. (Anexo núm. 39.)
  5. Contestar al venerable dean que por no haberse abierto su oficio de invitacion sino el dia 2, no ha concurrido el Senado a la festividad que en él se anunciaba, pero que se asocia a ella i será el primero en presentarse al templo siempre que sea oportunamente invitado. (Anexo núm.40).
  6. Pedir al Supremo Director se sirva remitir al Senado tres proyectos de reglamentos que la Junta de Economía dice habe relevado al Gobierno. (Anexo núm. 41.)

ACTA editar

En la ciudad de Santiago de Chile, a dos dias del mes de Noviembre del año de 1818, hallándose el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se discutió sobre la incompatibilidad que hai en los señores vocales don Francisco de Borja Fontecilla i don Francisco Antonio Perez para continuar el primero en el despacho del Gobierno-Intendencia, i el segundo en la Cámara de Justicia; i quedando asentado que es imposible que aquellos destinos se sirvan por una sola persona, que debe contraerse al despacho del Excmo. Senado, se acordó que en el ínterin los citados dos señores senadores se hallan contraídos al desempeño de las funciones de senadores, sean separados de aquellos departamentos; i que interinamente se nombre Gobernador-Intendente, quedando por ahora suprimida la plaza del señor don Francisco Antonio Perez durante el tiempo de su comision, reduciéndose la Cámara a solo tres Ministros para consultar el ahorro del Erario; nombrándose dos letrados suplentes que habrán de servir en las ausencias, enfermedades i en las implicancias de los camaristas, no llevando sueldo alguno i sirviéndoles de mérito para los ascensos de su carrera la contraccion a que deben dedicarse con un servicio a que les llama la Patria; i para su cumplimiento se oficiará al señor Director.

Por el art. 5.º, cap. III, tít. V de la Constitucion provisoria se previene el establecimiento de dos Fiscales, uno para lo civil i el otro para lo criminal, debiendo este último funcionar en el Tribunal Judiciario; i siendo conveniente la pronta creacion del último para evitar el perjuicio que puede irrogarse a las partes, acordó el Excmo. Senado se ejecute esta determinacion.

Por el art. 1.º, cap. II, tít. V de la misma Constitucion, se dispone que el Supremo Tribunal Judiciario se componga de cinco Ministros; i con el justo designio de atender el Senado al ahorro del Erario en su actual escasez, declara que procediéndose al establecimiento de este Tribunal quede su número reducido solo a tres; nombrándose dos suplentes que deberán despachar en las ausencias, enfermedades e implicancias de los vocales natos; i mandándose comunicar la resolucion al señor Director, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS editar

Núm. 36 editar

En accion de gracias al Todopoderoso por la feliz llegada a esta capital de nuestro Excmo. Señor Jeneral don José de San Martin, le ha oblado este Cabildo una misa solemne el domingo próximo, dia de Todos Santos, en esta santa iglesia catedral, i para mayor decoro de un acto tan debido i relijioso, suplica se digne V.E. prestar su asistencia, a que igualmente concurre el Excmo. Supremo Director del Estado. Cuyo favor será objeto de su mas vivo reconocimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, 31 de Octubre de 1818. —José Ignacio Infante. —Dr. José Antonio Errázuriz. —Domingo Errázuriz. —José Antonio Brizeño. —José Gabriel de Quesada. —José Manuel Godoy. —Dr. Manuel José Verdugo. —S.S. del Excmo. Senado del Estado de Chile.


Núm. 37 editar

En oficio del 26 del presente se ha escrito al Excmo. Señor Supremo Director haciéndole pre sente que la Junta de Economía tiene concluidas sus meditaciones i tareas sobre los arbitrios que le parecen oportunos para economizar los gastos i aumentar los ingresos del Erario; suplicándole que se le permita ocurrir personalmente al Excmo. Senado a esponer sus pensamientos, i que se convide para estas sesiones al Excmo. Señor Jeneral en Jefe de los Ejércitos aliados, a fin de que se nivelen las operaciones de la guerra por el estado i esperanza de los fondos públicos. —Lo que podrá US. participar a S.E. en cumplimiento de su apreciable nota que acabo de recibir, asegurándole de la exacta obediencia i prontitud con que ocurriré siempre que lo disponga el Excmo. Senado, o, si lo tiene a bien, cuando el Excmo. Señor Director provea sobre la proposicion de la Junta de Economía. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, 31 de Octubre de 1818.Juan Egaña. —Señor Secretario del Excmo. Senado.


Núm. 38 editar

Excmo. Señor:

Con fecha 2 del que rije, se ha resuelto lo que sigue: (Aquí el primer acuerdo del acta).

Se trascribe a V.E. para el cumplimiento de su cargo en puntual observancia de aquella sancionada disposicion. —Dios guarde a V.E. —Santiago, 3 de Noviembre de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 39 editar

Excmo. Señor:

Teniendo el Senado consagradas todas sus atenciones en formar un Erario capaz de sostenernos, i el suficiente para ocurrir a los grandes gastos que exije la necesidad de consolidar la opinion, cree que abrazando su objeto todos los ramos que deben tocarse indispensablemente, no conviene hacer por ahora la menor innovacion ni en los empleados civiles ni en los militares, ni ménos variar administradores o comisionados dependientes del Estado, pues, mui en breve, i segun las estraordinarias sesiones en que se emplea, pasará a V.E. un estado jeneral de lo que determine i que, si no equivoca su juicio, producirá las ventajas que se apetecen.

Sírvase V.E. adoptar este provisorio temperamento. —Dios guarde a V.E. —Santiago, 2 de Noviembre de 1818. —Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 40 editar

En la intelijencia de que la honorable nota de VV.SS. de 31 del inmediato pasado Octubre, era relativa a otros particulares que debian discutirse en el Excmo. Senado, se omitió abrir el pliego, que examinado en la mañana de este dia, se ha visto terminarse a convidar al Cuerpo para la misa de accion de gracias que se solemnizó en la iglesia catedral, el dia de ayer, para tributar al Dios de los Ejércitos la mayor gratitud i reconocimiento por la feliz llegada del Excmo. Señor Jeneral en Jefe, don José de San Martin.

Por este motivo, no concurrió el Excmo. Senado a un acto que, al paso de ser tan relijioso, es el mas digno del objeto a que se encaminó; i vivan VV.SS. satisfechos, que en otro caso i teniendo oportuno aviso, será el primero que dé ejemplo en presentarse al templo santo a rendir la adoracion i el culto sagrado al Autor Supremo. —Dios guarde a VV.SS. —Señores Venerable Dean i Cabildo. —Santiago, 2 de Noviembre de 1818.


Núm. 41 editar

Excmo. Señor:

Ha instruido la Junta de Economía haber pasado a manos de V.E. tres reglamentos: el uno, para el manejo i gobierno de la Maestranza, i los otros dos para la Comisaría del Ejército i Provision. Se necesitan para llenar los objetos que tiene V.E. recomendados i para que pueda cumplir el Cuerpo con sus privativas obligaciones, i obrando en el Ministerio de Hacienda, se servirá prevenir se pasen prontamente. —Dios guarde a V.E. —Excmo. Señor Supremo Director. —Santiago, 4 de Noviembre de 1818.