Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Sesión del Congreso Nacional, en 30 de setiembre de 1811

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1811)
Sesión del Congreso Nacional, en 30 de setiembre de 1811
XLVI
SESION DEL CONGRESO NACIONAL, EN 30 DE SETIEMBRE DE 1811
PRESIDENCIA DE DON JOAQUIN LARRAIN


SUMARIO. —Cuenta. —Se admite la renuncia que hace don Cárlos Correa de Saa de su cargo de diputado. —Se acuerda escribir a la junta de gobierno de Buenos Aires comunicándole la formacion de la nueva junta nacional de gobierno i la de la junta provincial de Concepcion. —Se suprimen los privilejios concedidos a algunas mercaderías para exhimirlas de las contribuciones acostumbradas, ya en su venta, ya en su introduccion o estraccion. —Acta. —Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta.

  1. De una representacion de don Cárlos Correa de Saa, en la cual pide permiso para renunciar a su cargo de diputado, con el objeto de que queden reducidos los de la capital al número de seis.
  2. De una representacion de los empleados en el tribunal de justicia i apelaciones para que se les exhima del descuento de montepío, en atencion a que sus destinos son temporales i a que sus viudas e hijos no aprovecharán de los beneficios que produce aquella institucion.

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Admitir la renuncia del diputado don Cárlos Correa de Saa.
  2. Escribir a la junta de gobierno de Buenos Aires, comunicándole la formacion de la nueva junta nacional de gobierno i la de la junta provincial de Concepcion. (Anexo A.)
  3. Suprimir los privilejios concedidos por reales órdenes para exhimir de contribucion, ya a las mercaderías que se esportan de tales o cuales puertos, ya a las que se destinan a lugares determinados; i conceder solamente esta exencion de derechos al comercio de cabotaje.
  4. Pedir al administrador de la aduana un informe sobre los beneficios que producirá al erario nacional la abolicion de los anteriores privilejios, i sobre los resultados que daria un gravámen de dos reales en cada fanega de trigo que se esportara del pais.
  5. Mantener el descuento ordenado, respecto de los sueldos de los empleados del tribunal de justicia i apelaciones.

ACTA editar

Se leyó una representacion de don Cárlos Correa de Saa, pidiendo permiso para retirarse del cargo de diputado, para que así quede reducido el número de los de la capital al de seis, que se estableció en la instruccion circulada a las provincias; i se acordó concedérselo, i que se le avisase.

Igualmente, que se escribiese a la excelentísima junta de Buenos Aires, avisándole la formacion de ésta i la de Concepcion.

Que, para subvenir a los gastos que exije la defensa del pais, cuya urjencia es incompatible con las gracias i exenciones concedidas por reales órdenes a varias especies mercantiles, a las que se esporten de algunos puertos privilejiados o artículos destinados a ciertos lugares, desde el dia cesen i queden sujetas a las contribuciones a que lo están las demas en sus ventas, introduccion o estraccion. Pero que no por eso se entiendan gravados ni comprendidos en tales pagos las especies o frutos que se conducen por mar, de un puerto a otro del mismo reino, para abasto i consumo de sus habitantes; pues no harian tales adeudos si hubieran sido trasportados por tierra para el jiro interior.

Que se pida al administrador de la aduana razon de lo que importará la abolicion de estas gracias, i a cuánto ascenderia el gravámen de dos real es sobre cada fanega de trigo que se es parte de Chile.

Se leyó una representacion de los empleados en el tribunal de justicia i apelaciones para que se les exhimiese del descuento de montepío, respecto de ser temporal es sus ocupaciones, i no poder resultar, en beneficio de sus viudas e hijos, el alivio que prepara este establecimiento. Se acordó que continuase el descuento ordenado; pues, pendiendo de la constitucion el tiempo de la duracion o la perpetuidad de sus destinos, nada puede resolverse sobre un desfalco que se les devolviera en el caso de tenerse por mejor fijar término a su judicatura. Joaquin Larrain,presidente. —Manuel Antonio Recabárren, vice-presidente. —Manuel de Salas, diputado secretario.


Anexo A editar


Oficio del Congreso a la junta de Buenos Aires

El grande edificio de nuestra felicidad es una de aquellas obras que, por su magnitud i por la concurrencia rara de dificultades que se le oponen, no tomará fácilmente aquel asiento en que consiste su solidez. Ántes de su perfecta consistencia sufrirá los combates de la prevencion i dé las pasiones; pero la justicia, la ilustracion i el tacto de las propias ventajas miran al fin sus opiniones i sus esfuerzos, i la imparcial posteridad bendecirá llena de gratitud a los que se sacrificaron por arrojar los primeros cimientos del santuario de las inmunidades de los hombres i del asilo de la desgraciada humanidad. La inocente confianza en los sanos principios que han guiado las resoluciones de estos habitantes i el descuido consiguiente al concepto d e que nadie podia interesarse en variar un sistema que concilia con la propia conservacion la de los derechos del soberano, la de las costumbres i la relijion santa, esta idea, a la verdad, i una conducta conforme a ella parecia que dejeneraba en tibieza, i se echaba de ménos aquella perspicaz vigilancia i actividad que caracterizan el gobierno de los que acaban de salir de la opresion i están amagados de peligros q e acaso abultan la imajinacion i la malicia, o que pueden nacer de la combinacion inesperada de sucesos de que apénas tenemos noticias i cuyos resultados serian nuestra ruina. La misma impavidez de los ingratos que repugnan los bienes anexos a la actual constitucion por una ciega obstinacion, o porque justamente recelan de verse reducidos a su justo valor; su audacia en exajerar los progresos de los enemigos de ese heróico gobierno con lo que indirectamente censuraban a éste, todo ajitaba a este digno pueblo que, poseido de su riesgo, se presentó a pedir que se instituyese una junta gubernativa, de cinco personas, que designó, i fueron don Juan Enrique Rosales, el brigadier don Juan Martinez de Rozas , el coronel don Martin Calvo Encalada, teniente coronel don Juan Mackenna i el doctor don Gaspar Marin, entre los que turnase la presidencia, i que fuesen secretarios de ella el licenciado don Agustin Vial i el doctor don P|José_Gregorio_De_Argomedo_Montero|José Gregorio Argomedo. El órden con que se hizo esta solicitud, la racionalidad de ella, la probada aptitud de los nombrados, todo concurrió a obtener la sancion del Congreso i a merecer el comun aplauso que se manifestó con todas las demostraciones de complacencia, no solo del comun, sino de los mas sensatos patriotas que ven las riendas del gobierno en manos vigorosas i maestras, que tranquilizan sobre su suerte a los que ya descansan en la vijilancia de sus funcionarios.

Esto acaeció el memorable dia 4 del pasado; i, ántes de doce horas o cuasi en la misma, sucedió lo mismo en Concepcion, de modo que el vasto espacio que media entre el Mapocho i Bio-bio se inflamó a un tiempo del fuego eléctrico de amor a Fernando i a la patria. A la distancia de ciento cincuenta leguas se instaló allí el dia 5 una junta provisional, cuyo primer acto fué protestar su fraternidad i sumision a este gobierno i ofrecer todas sus facultades para sostener la union de que pende nuestra dicha.

V. E. será doblemente sensible a ella sabiendo que dió impulso al jeneral movimiento el haberse estendido que se vacilaba sobre el envio de la pólvora que V. E. pidió. Este jeneroso pueblo mira con mas interes que nadie los triunfos de ése que debe contar el chileno por su invariable eterno aliado. Por eso, aguarda con ánsia el resultado de las negociaciones con Montevideo, que anuncia en su oficio de 6 de setiembre. ¡Quiera el cielo oir sus votos i que haya V. E. logrado la dulce recompensa de sus nobles fatigas, viendo restituida la paz entre esas dos ciudades! Nuestro Señor guarde etc. —Octubre 4 de 1811. —Excelentísimo señor presidente i vocales de la junta gubernativa de las provincias del Rio de la Plata.