Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Documentos relativos a la revolucion de 15 de noviembre de 1811

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1811)
Documentos relativos a la revolucion de 15 de noviembre de 1811
LXXXII
DOCUMENTOS RELATIVOS A LA REVOLUCION DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1811


Núm. 1. Dos oficios dirijidos al Congreso por don Juan José Carrera, en 15 de noviembre. En el primero, comunica que los comandantes i oficiales de los cuerpos militares han comisionado para que los represente a don Bernardo Velez, capitan del cuerpo de granadero,; en el segundo, firmado a las cuatro horas veinte minutos del dia quince, amenaza al Congreso con hacer uso de la fuerza pública, si en el término de quince minutos no ha mandado publicar el bando que se le ha remitido en la mañana del mismo dia. —Núm. 2. El Congreso recomienda al cabildo de Santiago, en 15 de noviembre, que cuide de que las solicitudes del pueblo sean dirijidas a la representacion nacional de una manera honrosa. —Núm. 3. Dos oficios del Congreso al cabildo de Santiago, en 16 de noviembre. En el primero, el Congreso pide al cabildo que nombre diputados de su propio seno con el objeto de que citen a reunion a los comandantes de los cuerpos militares, para que, conocidas las peticiones que hubiese acordado el pueblo en el cabildo abierto, manifiesten si ellos quieren agregar algunas otras; en el segundo, el Congreso repite al cabildo su encargo del oficio anterior, i lo comisiona para que pida a los ciudadanos congregarlos en cabildo abierto que, en esta de la hora tan avanzada, disuelvan temporalmente la asamblea, haciéndoles presente que el Congreso volverá a reunirse en hora oportuna para resolver las peticiones del pueblo. —Núm. 4. Acta de los acuerdos del cabildo abierto reunido en Santiago, en 16 de noviembre. Entre otros acuerdos de menor importancia, se pide el nombramiento de una junta de gobierno compuesta de los señores don Juan Martinez de Rozas, por la provincia de Concepcion; don José Miguel Carrera, por la de Santiago, i don Gaspar Marin, por la de Coquimbo como vocales propietarios; don Bernardo O'Higgins, como suplente de don Juan Martinez de Rozas; i don Agustín Vial i don José Silvestre Lazo, como secretarios; i se elijen como diputados del pueblo, para que presenten al Congreso las peticiones indicadas al procurador de ciudad don Anselmo Cruz, al rejidor don Antonio Hermida, a don José Manuel Astorga i al padre frai Domingo Jara. —Núm. S. Peticiones dirijidas al Congreso por el cuerpo de granaderos, en 16 de noviembre. —Núm. 6. El Congreso comunica, en 16 de noviembre, a la tercera junta de gobierno el decreto por el cual ella ha cesado en el ejercicio de sus funciones, i le remite un acta del cabildo de Santiago en que esta corporacion manifiesta sus agradecimientos a la junta, a nombre de los ciudadanos reunidos en cabildo abierto. La junta de gobierno contesta al Congreso, encargándole que trasmita al pueblo por medio del cabildo su reconocimiento por la manifestacion que le ha dirijido. —Núm 17. La nueva junta de gobierno pide al Congreso, en 16 de noviembre, que reuna a los comandantes militares, acuerde con ellos un manifiesto en que se desmientan las falsas noticias que se han divulgado sobre la imposicion de contribuciones exajeradas i violentas, i castigue a los autores de estas imposturas. El manifiesto del Congreso a los comandantes militares es publicado por bando en 19 de nviembre. —Núm. 18. El Congreso, en 16 de noviembre, recomienda a los comandantes militares que velen por la tranquilidad i seguridad públicas. —Núm 19. El Congreso envia a la junta de gobierno, en 18 de noviembre, las peticiones del pueblo i de los jefes de los cuerpos militares. La junta de gobierno contesta que, para proveer a la ejecucion de las anteriores peticiones, es necesario que el Congreso tome alguna resolucion sobre ellas. El Congreso responde, con fecha 20 de noviembre, que la junta debe iniciar i seguir a la mayor brevedad las causas contra los individuos acusados por el pueblo; que, con excepcion del nombramiento del comandante de artillería en la persona de don José Verganza, debe proveer los demas empleos militares que se indican; i que, en cuanto a las demas peticiones, el Congreso las resolverá tan pronto como sea posible.

Núm. 1 editar


Oficios dirijidos al Congreso por el comandante del cuerpo de granaderos don Juan José Carrera.

Excmo. Señor:

En contestacion del oficio de V.A., fecha del dia, han determinado los comandantes i demas oficiales de la guarnicion de esta plaza diputar al doctor don Bernardo Velez, capitan graduado de este cuerpo de mi comando, para que represente a V.A. los importantes objetos que en obsequio de la patria i de los verdaderos intereses tiene acordado este cuerpo militar. —Dios guarde a V.A. muchos años. —Santiago, 15 de noviembre de 1811. —Serenísimo Señor. —Juan José de Carrera.


Señor: —Despues de cerca de dos horas de haberse participado a V.A., por su diputacion que recibió el cuerpo de granaderos, a nombre del pueblo, que inmediatamente se hiciese publicar el bando que éste a compañó en la mañana de hoi para resarcirse de sus fueros i libertad, no puede mirar con indiferencia el comandante la conducta indolente con que se frustran sus clamores. Hace presente, por último, a V.A. que dentro de quince minutos espera tener noticia de la publicacion del bando. No es de su resorte reglar la voluntad soberana; i ésta jamas procederá sin órden. Es mui ajeno de los sentimientos pacíficos del comandante de granaderos permitir que reviente la fuerza; pero la necesidad influye sin resistencia cuando llega el último estremo. —Dios guarde a V.A. muchos años. —Cuartel de granaderos i noviembre 15 de 1811. —Cuatro i veinte minutos de la tarde. —Señor. Juan José Carrera. Al alto Congreso.


Núm. 2 editar


Oficio del Congreso al cabildo de Santiago

Con esta fecha ha pasado este Congreso a la autoridad ejecutiva el oficio del tenor siguiente (aquí el del nímero de este espediente). Lo que se participa a V.S. para que, relevando sobre su cumplimiento en cuanto le toque, cuide especialmente de organizar i dirijir las solicitudes que se propongan de un modo que hagan honor a la patria i a la representacion de V.S. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 15 de 1811. —EL. CONGRESO. —Al ilustre cabildo, justicia i rejimiento de esta capital.


Núm. 3 editar


Oficios del Congreso al cabildo de Santiago

Hallándose el Congreso en sesion desde las ocho de la mañana, ya está casi vencido el dia i aun se espera que se manifiesten las solicitudes del pueblo que motivaron su convocacio esta mañana. Han pasado mas de dos horas en que la diputacion de V.S. tiene avisado que solo faltaba la circunstancia de comunicar oficialmente a los cuerpos de artillería, húsares i asamblea dichas peticiones ántes de elevarlas al Congreso, i estando intelijenciados de que aun no se han recibido las contestaciones, i a fin de que si ocurriese alguna adicion que hacer por parte de dichos cuerpos procedan éstos conformes i a la mayor brevedad, diputará V.S. inmdiatamente personas de su cuerpo que prevengan a dichos comandantes se reunan en el punto que tuvieren por conveniente, i, reconocidas las peticiones, espresen si tienen algo que añadir i con sus contestaciones pasen al instante los personeros del pueblo a criticar sus representaciones al Congreso. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 16 de 1811. —El Congreso. —Al ilustre cabildo, justicia i rejimiento de esta capital.


Vencidos ya dos dias en que este Congreso se ha mantenido en sesion permanente desde las ocho de la mañana hasta bien entrada la noche, halla por conveniente encargar a V.S. que respecto a que las jestiones que deben seguirse a la presentacion de las solicitudes del pueblo no pueden ni conviene que se evacuen en horas intempestivas de la noche, prosiga la comision que se le ha dado de prevenir a los comandantes militares se reunan en los puntos que determinasen, i, leidas las peticiones del pueblo, vean si en la clase de ciudadanos de la patria tienen tambien algo que añadir a lo pedido por el resto de los vecinos, i reuniendo todas las solicitudes, se dé cuenta por ese ilustre cabildo para que el Excmo. señor presidente cite a los diputados del Congreso para una hora oportuna i pase V.S. con los personeros a presentar i pedir lo que hallasen por conveniente i de justicia. Por consiguiente, V.S. avisará esta disposicion en la parte que corresponda al pueblo que se halla congregado, para que por ahora se retire a sus casas. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 16 de 181l. —El Congreso. —Al ilustre cabildo, justicia i rejimiento de esta capital.

Núm. 4 editar


Acta de los acuerdos del cabildo abierto reunido en Santiago en 16 de noviembre de 1811.

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziseis de noviembre de mil ochocientos once, habién­dose congregado en las casas consistoriales el pueblo de la ciudad de Santiago de Chile, compuesto de la parte sana i adicta al sistema actual de gobierno, para acordar lo conveniente acerca de reformarlo i establecerlo representativo provisional de todos los pueblos del reino, siendo su congregacion conforme a lo mandado por el alto Congreso Nacional a consecuencia de las críticas ocurrencias de ayer quince del corriente, acordó, con aclamacion, que por los diputados que elijió con igual solemnidad i se nombraran abajo, se pidan ante el alto Congreso los puntos siguientes:

  1. Que debiendo ser el poder ejecutivo representativo, se nombren porvocales, de la parte meridional, a don Juan Martinez de Rozas; por la del centro, a don José Miguel Carrera; por la parte septentrional, a don José Gaspar Marin Que para suplente del primero, durante su ausencia, i para propietario en el caso de que no admita, se nombre a don Bernardo O'Higgins. Secretarios, don Agustin Vial i don José Silvestre Lazo.
  2. Que representen las urjentes necesidades en beneficio de la salud de la patria, de juzgar sumariamente hasta definitiva a don Andres García, don Santiago Azcacíbar, don Nicolas Chopitea i su sobrino don Manuel Talavera, don Manuel i don Francisco Aldunate, don Manuel Rodriguez, don José Vildósola, don Fernando Cañol, don Ramon Rebolledo, don Francisco Antonio de la Carrera, don Agustin Albrerreca i el padre frai Ignacio Aguirre, por perturbadores i atentadores contra el sistema i autoridades constituidos. Que inmediatamente se siga igual causa contra los que en el dia de ayer se arrojaron a pedir la reposicion del antiguo gobierno, entre los que se distinguieron don Fernando Cañol, don Tadeo i don Manuel Fierro, don Rafael Gárfias i don Manuel Talavera i otros, imponiéndoles castigo severo para que sirva de escarmiento.
  3. Que el poder ejecutivo pida en el dia la causa formada contra los patriotas antes del cuatro de setiembre.
  4. Los cuatro diputados del pueblo manifestaran al alto Congreso que la parte sana i dispuesta a morir en defensa de la patria, reconoce i ha reconocido por sus númenes tutelares a los caballeros Carreras, como a sus redentores que desplomaron la aristocracia el cuatro de setiembre i quince del corriente, desenredaron la trama fraguada por los antipatriotas; que protestan morir todos i cada uno al lado de tan dignos ciudadanos; que por una pequeña muestra de su gratitud, pide se confiera a don Juan José el grado de brigadier efectivo con sueldo, a don José Miguel Carrera el grado de teniente coronel de ejército i a don José Luis Carrera el grado de teniente coronel de artillería; para los tres un signo distintivo de medalla, cruz u otro que le parezca conveni e nte al Congreso.
  5. Que se nombre comandante jeneral de artillería e injeniero a don Juan Mackenna; por comandante de la brigada de artillería a don José Luis Carrera; comandante de granaderos a don Juan José Carrera, a cuyo cuerpo se fabricará un cuartel.
  6. Ningun jefe militar veterano pueda ser vocal del poder ejecutivo, ni ningun vocal pueda ser jefe militar veterano.
  7. Que se quite el sueldo al marques de Casa Real para empezar a aumentar el erario cuanto sea posible, solicitando préstamos, i que el sueldo de don Fernando Marquez de la Plata se estime como una recompensa por su decidida adhesion i amor a la patria, la que se alegraria de tener proporcion de triplicarle esta dotacion.
  8. Que se escluyan del empleo de patriotas a todos los contrarios a nuestro sistema.
  9. Que por las mas activas providencias se lleven a debido efecto las acordadas i bando de buen gobierno publicado despues del cuatro de setiembre contra los antipatriotas.
  10. Nombra por sus diputados para estas peticion es al procurador de ciudad don Anselmo Cruz, al rejidor don Antonio Hermida, don José Manuel Astorga i el padre frai Domingo Jara.
  11. Que habiendo concurrido un vecindario que con dificultad cabia en el patio, altos i salas del cabildo, no pudiendo firmar este acto por la premura del tiempo, han deliberado todos los puntos acordados ante el M.I. ayuntamiento, que se formó en el centro del concurso, i pidieron que, para suplir esta solemnidad, firmasen los capitulares, i a continuacion, como representantes del pueblo, don Antonio María de la Sota, don José Antonio Campino, don Ramon Formas, don Gaspar Romero, don Francisco Caldera i don Agustin Gana, autorizándolo el escribano de cabildo; que los mismos diputados nombrados para firmar den cuenta inmediatamente de lo acordado a los caballeros Carreras, asociados con un capitular i un diputado de los del pueblo. —Domingo José de Toro. —José Joaquin Rodriguez. —Pedro José de Prado Jara-Quemada. —Marcelino Cañas. —Santiago Muñoz. —Juan Rafael Bascuñan. —Nicolas Matorras. —Pedro José Gonzalez. —Tomas Vicuña. —Matías de Mujica. —José Antonio Huici. —Doctor Timoteo Bustamante. —Antonio María de la Sota. —José Antonio Campino. —Ramon Formas. —Agustin de Gana. —Gaspar Romero. —Francisco Caldera.

Ante mí. —José Ignacio Zenteno, escribano público i de cabildo.

Núm. 5 editar


Oficio dirijido al Congreso por el comandante i capitanes del cuerpo de granaderos.

En este cuartel de granaderos, a 16 de noviembre de 1811. El comandante interino de dicho cuerpo, habiendo recibido una diputacion del ilustre ayuntamiento con un pliego en el cual se espresa la voluntad del pueblo en la reforma del gobierno que a su satisfaccion debia elejir, para evitar las convulsiones en que se hallaba, todo lo que se le consultaba para su aprobacion o que espusiese su sentir en alguna cosa que le pareciese dign a de reforma, mandó luego juntar todos los cilpitanes de dicho cuerpo, a quienes presidia como su jefe; les leyó por sí mismo el pliego que contenia la voluntad del pueblo, el que, discutido, aprobaron con sumo placer; dieron las gracias por el concepto que merecia este cuerpo i sus jefes de tan juicioso pueblo; i solo les pareció poner en considerncion de éste i del ilustre ayuntamiento los puntos siguientes, para si eran de su aprobacion. —Que el nuevo gobierno no omita dilijencia alguna para engrosar el erario con tres millones de pesos, sin perdonar arbitrio; que en el sitio de los Huérfanos se levante un cuartel para los granaderos, por direccion de don Juan José Goicolea, asociado con su comandante interino, cuyo plan se pasará al gohierno, teniéndose entendido que la obra ha de principiar la próxima venidera semana; que las nueve compañías de granaderos se pongan en la fuerza de ciento cuarenta hombres cada una, para que, empleando la oficialidad todo su celo i patriotismo que hasta aquí, puedan poner este cuerpo en el pié de disciplina que se necesita para la defensa del reino; que habiendo quedado con el mayor honor don Juan Mackenna i don Gaspar Marin, i no habiendo motivo para desairar a don Juan Enrique Rosales, quien ha dado pruebas relevantes de su patriotismo, se le distinga i tenga presente; que atendiendo al mérito i largos servicios de don Juan Toconal, se le confiera en propiedad la contaduría de tabaco que ahora sirve interinamente; que se rente capellan i cirujano para el cuerpo de granaderos; que teniendo el mayor interes en el exacto desempeño de todos los individuos que componen el Ejecutivo, i pareciéndonos que el doctor don Juan José Echeverría servirá con mayor ventaja su secretaría, se interesa con particularidad este cuerpo en que se le nombre secretario en el lugar de don Silvestre Lazo; que se tenga presente que el señor coronel don José Santiago Luco es acreedor por su patriotismo a que el gobierno le trate con consideracion. —Juan José Carrera. —José Marcial Vijil. —Miguel de Ureta. —Juan Rafael Bascuñan. —José Domingo de Huici. —José Diego Portales. —Santiago de Muñoz. —Francisco Manuel de la Sota.

Nota. —Que habiendo acordado en esta junta el que se le dé a don José Manuel Astorga un empleo en la judicatura de policía, para que atienda al aseo de las calles de esta ciudad i demas anexo a este ramo, se pone aquí por nota, bajo la firma del señor presidente, faltando las demas por la prisa i ser moroso el recojerlas. —Juan José de Carrera.

Es copia del papel orijinal de las peticiones que ha dirijido a este Congreso el batallon de granaderos de Chile, en 16 de noviembre de 1811. —Salas, diputado secretario.


Núm. 6 editar


Oficio del Congreso a la junta de gobierno

Consecuente a la cesacion del mando de V.E., decretada en este momento por el alto Congreso a instancias del pueblo, se ha recibido i prestado juramento uno de los señores vocales que ha subrogado a V.E., i practicarán igual dilijencia todos los nombrados. En esta intelijencia, puede V.E. retirarse cuando sea de su agrado. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 16 de 1811. —El Congreso. —Al Excmo. señor presidente i vocales de la autoridad ejecutiva.


Oficio del cabildo de Santiago al Congreso

Señor: —Enterado el pueblo del oficio de los cinco vocales i secretarios del poder ejecutivo que expira, ha acordado lo que consta de la solemne dilijencia puesta a su continuacion. Lo avisamos a V. A. en obedecimiento de su respetable decreto. —Dios guarde a V.A. los muchos años que necesita el reino. —Sala Capitular de Santiago de Chile, noviembre 16 de 1811. —Señor. —Domingo José de Toro. —Marcelino Cañas. —José Antonio Valdes. —Antonio de Hermida. —Doctor José Silvestre Lazo. —Doctor Timoteo de Bustamante. —Matías de Mujica. —Pedro José Prado Jara-Quelllada. —Pedro José Gonzalez. —Nicolas Matorras. —José Antonio Huici.


Acta del cabildo de Santiago en 16 de noviembre de 1811

En esta mui noble i leal ciudad de Santiago de Chile, a dieziseis dias del mes de noviembre de mil ochocientos once años, habiéndose leido el oficio que antecede al pueblo congregado en el atrio i salas consistoriales, i examinada la voluntad jeneral, se declaró ser ésta que se dé la mas cumplida satisfaccion i gracias a los S.S. que han sido vocales hasta este acto del poder ejecutivo por su patriotismo e importan tes fatigas que han sobrellevado en el honroso desempeño del gobierno que les estaba confiado, manifestándoles que ninguno del pueblo tiene que pedir contra ellos, puesto que están cerciorados de su intelijencia, celo i buen manejo en el cargo; i lo mismo se entiende respectivamente de sus secretarios. Sin embargo, de que por las circunstancias del dia se cumpla lo nuevamente dispuesto. I para constancia se firma esta dilijencia por el ilustre ayuntamiento i vecinos comisionados al efecto por el pueblo, quienes lo pasarán al alto Congreso con el correspondiente oficio, anotándose todo en sus respectivos libros, de que certificamos los infrascritos escribanos. —Domingo José de Toro. —Pedro José Prado Jara-Quemada. —Tomas de Vicuña. —Marcelino Cañas Aldunate. —José Antonio Valdes. —Nicolas Matorras. —Dr. Pedro José Gonzalez Alamos. —Antonio de Herminda. —Dr. José Silvestre Lazo. —Dr. Timoteo de Bustamante. —Mátías de Mujica, -José Antonio Huici. —Como comisionado del pueblo, José Antonio de Rojas. —Como comisionado del pueblo, Martin de Larrain.

Antenos, 'Ignacio de Torres, escribano público i del real consulado. —José Ignacio Zenteno, escribano público i de cabildo.


Oficio de la junta de gobierno al Congreso

Con el mensaje de V.A. hemos recibido un auto de esta fecha, que, a consecuencia de nuestro oficio de ayer, ha dictado el ilustre ayuntamiento por peticion del pueblo, que, instruido de aquel i de la residencia que pedimos en público por nuestros secretarios, tuvo a bien deliberar.

En él está declarada nuestra cesacion del poder ejecutivo que ejercicios, la misma que ratifica el enviado en términos que obligan nuestro reconacimiento. Sírvase V.E. aceptarlo trasmitiéndolo por el mismo cabildo al pueblo, sobre el concepto que, desde la esfera de hombres privados en que desde aquel momento existimos, deseamos el apreciable de ratificar nuestra mas ciega obediencia. —Nuestro Señor guarde la importante vida de V.A. muchos años. —Santiago, 16 de noviembre de 1811. —Dr. José Gaspar Marin. —Martin Calvo Encalada. —Juan Enrique Rosales. —Juan Miguel Benavente. —Juan Mackenna. —Agustin de Vial, secretario.


Núm. 7 editar


Oficio de la cuarta junta de gobierno al Congreso

Señor:

Los enemigos de nuestra sagrada causa, animados del espíritu de division i discordia, minan de todos modos el edificio de nuestra libertad civil, hacen prevalecer en el público la funesta idea de que, para engrosar el erario, se ha resuelto arrebatar los caudales privados, gravar el comercio, recargar los fondos i exijir a la fuerza una contribucion injente e insoportable, de que resulta la mas jeneral consternacion. Los pudientes entregan a la tierra su dinero, todos estrechan las alhajas preciosas i las familias emigran despavoridas. La capital presenta el cuadro mas melancólico, va a quedar yerma; i el gobierno, que acaba de salir al frente de los negocios, no tiene aun el concepto bastante a desmentir estas impresiones. La opinion, señor, que es la primera base de la administracion, pierde el reino con el pregon mas rápido. ¿Cuál será su éxito a la distancia, en que crecen inmediatamente los objetos políticos? Es, señor, llegado el momento de escarmentar para siempre estos monstruos que no ha podido conciliar la moderacion mas apurada. Su rabia es insaciable con los jefes militares, a quienes suponen autores de tamaño crímen, porque su jenerosidad ha sido el baluarte invencible a sus planes de desolacion i tiranía. Sírvase V.A. juntarlos, i, despues de darse al público el manifiesto mas enérjico para desengañarlo, fíjese firmado por los mismos en los puntos principales de la ciudad, circúlese, i, sin embargo, proceda toda la actividad en castigo de los facciosos autores de iguales imposturas. Es urjentísima la providencia que suplicamos a V.A. por la relijion de nuestros mayores, por los derechos del soberano i en defensa de la patria. —Nuestro Señor guarde a V.A. muchos años. —Santiago i n oviembre 16 de 1811. —Señor. —José Miguel Carrera, —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Gaspar Marin.


Manifiesto del Congreso i los comandantes militares, publicados por bando el 19 de noviembre de 1811.

Habiéndose difundido la inícua e increible idea de que se trata por el gobierno de exijir contribuciones violentas, i aun la execrable especie de que se embestirá i las casas particulares para despojarlas de todos sus bienes, con lo que se hallan todos los habitantes de esta ciudad en la mayor consternacion, que solo produce distancia a unos majistrados que se desvelan por su felicidad, i horror a los militares que unen a la calidad de ciudadanos nobles la de defensores de la patria i vijilantes protectores de la seguridad, se ha resuelto manifestar del modo mas solemne la falsedad de estos rumores, i la protesta que hacen solemnemente los mismos jefes de estos cuerpos de cuidar con el último esmero i actividad de la seguridad pública é individual, de que responden con su vida i honor, así como de que el gobierno i demas justicias no cesarán de indagar el orijen de esta inquietud i castigar severamente a los que la fomentan o sean sus autores. —Santiago i noviembre 19 de 1811. —Juan Pablo Fretes, presidente. —José María Ro' zas, vice. —Juan José de Carrera. —Juan de Dios Vial. —Luis de Carrera.


Núm. 8 editar


Oficio del Congreso a los comadantes de granaderos, dragonesm artillería i asamblea.

En todo tiempo fía la patria su tranquilidad i seguridad a los celosos jefes militares; pero ahora la recomienda a V.S. particularmente, i espera que su vijilancia desvanecerá todo recelo de desórden en el pueblo, así como lo han hecho en la noche anterior, tomándose esta molestia en beneficio público. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 16 de 1811. —EL CONGRESO. —Señores comandantes de los cuerpos militares.


Núm. 9 editar


Oficio del Congreso a la junta de gobierno

El Congreso pasa a V.E. las peticiones hechas por el pueblo i los jefes de los cuerpos militares, para que provea a su ejecucion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 18 de 1811. —{{May|El Congreso. —Excmo. señor presidente i vocales de la junta gubernativa.


Contestacion de la junta de gobierno

Señor: —En este momento que recibe el poder ejecutivo la órden de V.A. para que provea a la ejecucion de las peticiones del pueblo i jefes militares que se sirve incluirle, advierte que, debiendo recibir las peticiones su sancion por decreto del alto Congreso, no se rejistra en los documentos precitados. Estos, así por su calidad de peticion es como por la contrariedad que en el las mismas se nota, no aseguran al poder ejecutivo en la prevision que se le manda. Sírvase V.A. resolverlas de tenidamente para que podamos proveer a su ejecucion, como nos ordena. —Dios guarde a V. A. muchos años. —Santiago i noviembre 18 de 1811. —Señor. —José Miguel Carrera. —Bernardo O'Higgins. —Dr. Gaspar Marin.


Oficio del Congreso a la junta de gobierno

La acusacion de delitos contra el gobierno i sus respectivos juicios deben absolutamente esponerse i verificarse en la majistratura de V.E.; i, siendo de esta clase las peticiones del pueblo i cuerpos militares, en que se proponen como sindicados de contrarios al actual sistema varios sujetos que comprende la copia adjunta de peticiones, tratar a V. E. a la mayor brevedad de formalizar i concluir estas causas con arreglo a las leyes del reino.

En las peticiones que se han incluido a V.E. con esta fecha , se propone la provision de varios empleos militares, en cuya virtud V.E. los proveerá y los pasará ántes de su publicacion, conforme a lo establecido en sus respectivos casos, a excepcion de la comandancia de artillería para don José Verganza, hasta informarse de su aptitud, segun verbalmente lo han representado los mismos jefes militares.

Las materias de contribuciones, derechos representativos e injentes erogaciones del erario con otros objetos del supremo i jeneral gobierno, exijen el acuerdo i consulta de la representacion nacional en la mayor estension que se pueda; i, siendo de esta naturaleza varias peticiones de las propuestas en los dias 15 i 16, ha espedido el Congreso las mas eficaces providencias para la reunion de sus diputados, que en estos dias no han completado la asistencia de un tercio de su número; i entretanto se verifica dicha reunion, aguardará V.E. las resoluciones relativas a dichas peticiones, que tratad de evacuar este Congreso a la mayo brevedad. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala del Congreso i noviembre 20 de 1811. —Al Excmo. señor presidente i vocales de la junta provisional de gobierno.