Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Bando de la Junta de Gobierno sobre libertad de la siembra del tabaco, en 3 de octubre de 1811
XII BANDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO SOBRE LIBERTAD DE LA SIEMBRA DEL TABACO, EN 3 DE OCTUBRE DE 1811[1] Don Fernando VII, i en su real nombre, el poder ejecutivo que gobierna este reino de Chile, etc. Por cuanto al supremo ▼Congreso, deseoso de subvenir a la actual necesidad de tabacos del reino, i del adelantamiento de la agricultura, ha pasado oficio a esta autoridad, a fin de que por este año i el que sigue se permitan las siembras de esta especie, que hasta aquí han sido prohibidas. Por tanto, poniendo en ejecución su cumplimiento, se concede a todo habitante del reino que quiera dedicarse a dicha tarea, que pueda libremente sembrarlo bajo de las calidades siguientes:
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- ↑ Este bando corresponde al acuerdo número 3.º de la sesión de 1.º de octubre, i debería estar anotado como el anexo A. del acta de dicha sesión. —(Nota del coleccionador.)