Segundo Decreto del 07 de agosto de 1825 de Simón Bolívar



FUENTE: libro|apellidos = González Vigil |nombre = Francisco de Paula |enlaceautor = |título = Defensa de la autoridad de los Gobiernos y de los obispos contra las pretensiones de la curia romana, Volumen 1,Número 2|url = `Google Books |fechaacceso = |año = 1825|editorial = José Huidobro|isbn = |editor = |ubicación = Lima|página = 131|idioma = Español|capítulo =


SIMON BOLIVAR LIBERTADOR de Colombia y del Perú. &c.&c.&c.
CONSIDERANDO:
I. Que las provincias de Chucuito y Huancané pertenencen al Departamento de Puno;
II. Que estas Provincias están incorporadas, en lo espiritual, al Obispado de la Paz;
III. Que esta division produce inconvenientes mui graves por hallarse las autoridades civiles en un Departamento, y las eclesiásticas en otro;
Decreto:
1.º Las Provincias de Chucuito y Huancane, quedan desde hoi incorporadas al Obispado del Cuzco, y por lo mismo separadas del de la Paz.
2.º Los diezmos íntegros de estas dos Provincias serán destinados al Colegio de Ciencias y Artes de Puno.
3.ºLa direccion espiritual de las referidas Provincias queda al cargo del Obispo y Cabildo del Cuzco, sin que perciban el producto, de los diezmos de dichas Provincias por bailarse destinados a la educacion de Puno.
4.° El Prefecto del Departamento cuidará con el mayor celo la vigilancia del cumplimiento de este decreto.
5.° El Secretario general interino queda encargado de su ejecución.
Imprimase, publiquese y circúlese. Dado en Puno á 7 de Agosto de 1825 – 6.° y 4.° -- Simon Bolivar == Por orden de S. E. - Felipe Santiago Estenos.
(Coleccion de leyes por Quitos tom. 2. pag. 146'.)