Resolución n° 046/2003 La Paz, julio 22 de 2003 (BO)


CORTE NACIONAL ELECTORAL RESOLUCION N° 046/2003 La Paz, julio 22 de 2003 VISTOS:

El informe de Secretaría de Cámara N°61/2003 y demás antecedentes, y CONSIDERANDO:

Que por mandato de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Partidos Políticos, modificada por Ley No. 2268 de 21 de noviembre de 2001, los partidos políticos con personalidad jurídica y registro, vigentes a la fecha de publicación de dicha ley, debían inscribir a sus militantes en sus registros así como adecuar sus documentos constitutivos de conformidad con los Arts. 8, 14, 15, 16, 17 y 18 de la misma ley hasta el 30 de junio del año 2003.

Que según lo previsto por el Art. 44, párrafo V de la Ley de Partidos Políticos, procede la cancelación de la personalidad jurídica y del registro de los partidos políticos o alianzas “por no haber actualizado su registro partidario, inscribiendo a sus militantes de conformidad con los Arts. 8, 14, 15, 16 y 17 de la citada ley”.

Que de conformidad con el Art. 45 de la Ley de Partidos Políticos, la cancelación de la personalidad jurídica y registro debe disponerse mediante Resolución de Sala Plena de la Corte Nacional Electoral por dos tercios de votos del total de sus miembros, debiendo tramitarse de acuerdo con el procedimiento establecido por el Capítulo Undécimo de la Ley de Partidos Políticos, correspondiendo a la Corte proceder de oficio en los casos previstos en los párrafos II, III y V del Art. 44 de la referida Ley.

Que dentro del plazo previsto legalmente, el partido político “FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA” no dio cumplimiento al mandato legal precedentemente señalado, tal como se acredita por el informe N°61/2003 de Secretaría de Cámara y por lo expuesto por los propios representantes de dicho partido en la audiencia pública realizada en la fecha. POR TANTO:

LA SALA PLENA DE LA CORTE NACIONAL ELECTORAL, EN USO DE SUS LEGÍTIMAS ATRIBUCIONES Y EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 45 DE LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS; RESUELVE:

Primero: Cancelar la personalidad jurídica del partido político “FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA” y disponer que por Secretaría de Cámara se proceda a la cancelación del registro así como de la nómina de dirigentes y delegados acreditados ante la Corte Nacional Electoral

Segundo: Instruir a Secretaría General que proceda a la publicación de la presente Resolución tanto en la Gaceta Oficial Electoral como en un medio de prensa de circulación nacional.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Firmado: Dr. Oscar Hassenteufel S., Presidente a.i; Lic. Roxana Ybarnegaray P., Vocal; Dr. Gonzalo Lema V., Vocal; Dra. Natividad Avilés A., Vocal; Dr. Antonio Peres V., Vocal; Dra. Amalia Oporto de Iriarte, Secretaria de Cámara.