Resolución 884 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando sus resoluciones 822 (1993), de 30 de abril de 1993, 853 (1993), de 29 de julio de 1993, y 874 (1993), de 14 de octubre de 1993,
Reafirmando su pleno apoyo al proceso de paz que se está cumpliendo en el marco de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE) y a los incansables esfuerzos del Grupo de Minsk de la Conferencia,
Tomando nota de la carta de fecha 9 de noviembre de 1993 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Presidente en ejercicio de la Conferencia de Minsk sobre Nagorno-Karabaj, y sus apéndices (S/26718, anexo),
Expresando su grave preocupación por el hecho de que la continuación del conflicto en la región de Nagorno-Karabaj de la República Azerbaiyana y en torno a ella y la tirantez entre la República de Armenia y la República Azerbaiyana pondrían en peligro la paz y la seguridad en la región,
Tomando nota con alarma de la intensificación de las hostilidades armadas como consecuencia de las violaciones de la cesación del fuego y los excesos en el uso de la fuerza en respuesta a esas violaciones, en particular la ocupación del distrito de Zanguelan y de la ciudad de Goradiz en la República Azerbaiyana,
Reafirmando la soberanía y la integridad territorial de la República Azerbaiyana y de todos los demás Estados de la región,
Reafirmando también la inviolabilidad de las fronteras internacionales y la inadmisibilidad del uso de la fuerza para la adquisición de territorio,
Expresando grave preocupación por el más reciente desplazamiento de gran número de civiles y por la emergencia humanitaria en el distrito de Zanguelan y la ciudad de Goradiz y en la frontera meridional de Azerbaiyán,
1. Condena las recientes violaciones de la cesación del fuego establecida entre las partes, que tuvieron como resultado la reanudación de las hostilidades, y condena en particular la ocupación del distrito de Zanguelan y de la ciudad de Goradiz, los ataques contra civiles y los bombardeos del territorio de la República Azerbaiyana;
2. Insta al Gobierno de Armenia a que utilice su influencia para lograr que los armenios de la región de Nagorno-Karabaj de la República Azerbaiyana acaten las resoluciones 822 (1993), 853 (1993) y 874 (1993), y a que procure que no se proporcionen a las fuerzas afectadas los medios para ampliar su campaña militar;
3. Acoge con beneplácito la Declaración efectuada el 4 de noviembre de 1993 por los nueve miembros del Grupo de Minsk de la CSCE (S/26718) y encomia las propuestas relativas a la formulación de declaraciones unilaterales de cesación del fuego que figuran en ella;
4. Exige de las partes interesadas la inmediata cesación de las hostilidades armadas y los actos hostiles, el retiro unilateral de las fuerzas de ocupación del distrito de Zanguelan y de la ciudad de Goradiz y el retiro de las fuerzas de ocupación de todas las demás zonas recientemente ocupadas de la República Azerbaiyana, de conformidad con el "Calendario ajustado de medidas urgentes para aplicar las resoluciones 822 (1993) y 853 (1993) del Consejo de Seguridad" (S/26522, apéndice), en su forma enmendada por el Grupo de Minsk de la CSCE en la reunión que celebró en Viena del 2 al 8 de noviembre de 1993;
5. Exhorta enérgicamente a las partes interesadas a que reanuden con prontitud y a que hagan efectiva en forma permanente la cesación del fuego establecida como resultado de los contactos directos emprendidos con la asistencia del Gobierno de la Federación de Rusia en apoyo del Grupo de Minsk de la CSCE y a que continúen buscando un arreglo negociado del conflicto dentro del contexto del proceso de Minsk de la Conferencia y del "Calendario ajustado" en su forma enmendada por el Grupo de Minsk de la CSCE en la reunión que celebró en Viena del 2 al 8 de noviembre de 1993;
6. Exhorta una vez más a todos los Estados de la región a que se abstengan de todo acto hostil y de toda injerencia o intervención que pueda provocar una ampliación del conflicto y socavar la paz y la seguridad en la región;
7. Pide al Secretario General y a los organismos internacionales competentes que proporcionen asistencia humanitaria urgente a la población civil afectada, incluida la población en el distrito de Zanguelan y en la ciudad de Goradiz así como en la frontera meridional de Azerbaiyán, y que ayuden a los refugiados y las personas desplazadas a retornar a sus hogares sin peligro y con dignidad;
8. Reitera su solicitud de que el Secretario General, el Presidente en ejercicio de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa y el Presidente de la Conferencia de Minsk de dicha Conferencia continúen informando al Consejo sobre los progresos del proceso de Minsk y sobre todos los aspectos de la situación sobre el terreno, en particular sobre la aplicación de sus resoluciones pertinentes, así como sobre la cooperación actual y futura entre la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa y las Naciones Unidas a este respecto;
9. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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