Resolución 5 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
El Consejo de Seguridad,
Considerando la declaración presentada por el Gobierno del Irán en su informe preliminar del 6 de mayo[1] para dar cumplimiento a la resolución del 4 de abril de 1946 [resolución 3 (1946)] y según la cual no podía decir, en la fecha del 6 de mayo, si habrá terminado la evacuación de todas las tropas de la URSS de todo el territorio del Irán,
Decide:
Aplazar la continuación de los debates sobre la cuestión del Irán a fin de que el Gobierno iranio disponga de tiempo para cerciorarse, por medio de sus representantes oficiales, si todas las tropas de la URSS han sido retiradas de todo el territorio del Irán;
Invitar al Gobierno iranio a presentar al Consejo de Seguridad un informe completo del asunto tan pronto como reciba la información que le permita hacerlo, y a que, en caso de no serle posible obtener esa información para el 20 de mayo de 1946, comunique en esa fecha la información de que disponga hasta ese momento;
Examinar, inmediatamente después de haber recibido del Gobierno del Irán el informe solicitado, las medidas que sea procedente adoptar.
- ↑ Ibid., Primer Año, Primera Serie, Suplemento N.º 2, anexo 2h.
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