Resolución 1971 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 1971 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6493.ª sesión, celebrada el 3 de marzo de 2011.
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El Consejo de Seguridad,

Recordando sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia sobre la situación en Liberia y en Sierra Leona, en particular su resolución 1626 (2005), por la que autorizó el despliegue de personal militar de la Misión de las Naciones Unidas en Liberia (UNMIL) en Sierra Leona para dar protección al Tribunal Especial para Sierra Leona,

Acogiendo con beneplácito la carta del Secretario General de fecha 11 de febrero de 2011 (S/2011/74),

Expresando su reconocimiento por la contribución del personal militar de la UNMIL, en particular el contingente de Mongolia, a la protección del Tribunal Especial para Sierra Leona,

Observando que el Secretario del Tribunal Especial informó a la Secretaría, por carta de fecha 13 de octubre de 2010, de que ya no sería necesario mantener la guardia militar de la UNMIL después de febrero de 2011, y la solicitud del Gobierno de Sierra Leona de que el retiro de la guardia se aplazara hasta fines de febrero o comienzos de marzo,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Decide rescindir la autorización conferida en el párrafo 5 de la resolución 1626 (2005) y solicita que la UNMIL retire, para el 7 de marzo de 2011, el personal militar que brinda protección al Tribunal Especial para Sierra Leona;

2. Decide además rescindir la autorización conferida y la solicitud formulada a la UNMIL en el párrafo 7 de su resolución 1626 (2005) para que evacúe a los funcionarios del Tribunal Especial para Sierra Leona en caso de que se produzca una crisis grave de seguridad que afecte a dicho personal y al Tribunal;

3. Aguarda con interés que el Tribunal reciba protección efectiva de personal local de seguridad y solicita a la Oficina Integrada de las Naciones Unidas para la Consolidación de la Paz en Sierra Leona (UNIPSIL) que incluya en sus planes de evacuación de emergencia por razones de seguridad a los funcionarios pertinentes del Tribunal Especial para Sierra Leona.

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