Resolución 119 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
119 (1956). Resolución de 31 de octubre de 1956
El Consejo de Seguridad,
Considerando que con la acción emprendida contra Egipto se ha creado una situación grave,
Tomando nota de que la falta de unanimidad de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad en las sesiones 749a. y 750a. ha impedido que el Consejo cumpla con su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales,
Decide convocar a un período extraordinario de sesiones de emergencia de la Asamblea General, con arreglo a lo dispuesto en la resolución 377 A (V) de la Asamblea General, del 3 de noviembre de 1950, a fin de hacer las recomendaciones oportunas.

Este trabajo está extraído de un documento oficial de las Naciones Unidas. La política de esta organización es mantener la mayor parte de sus documentos en el dominio público con el fin de difundir «lo más ampliamente posible las ideas contenidas en las publicaciones de las Naciones Unidas». De conformidad con la Instrucción Administrativa ST/AI/189/Add.9/Rev.2 de la ONU disponible en inglés únicamente, estos documentos están bajo dominio público en todo el mundo:
- Documentos oficiales;
- Documentos publicados por Naciones Unidas con símbolo ONU;
- Materiales de información pública diseñado principalmente para informar al público sobre las actividades de las Naciones Unidas (sin incluir material de información pública que se pone a la venta).