Registro Nacional: Libro II/241
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editarBuenos Aires, 18 de diciembre de 1826.
ESTABLECE UN CONSEJO MILITAR QUE PROPONGA LO CONCERNIENTE A LA DIRECCIÓN DE LA GUERRA Y DEFENSA DEL ESTADO.
DECRETO.
DECRETO.
El Presidente de la República ha acordado y decreta.
Art. 1. Por el ministerio de la guerra se procederá al nombramiento de un consejo militar compuesto de cinco oficiales generales.
2. Este consejo propondrá al ministerio todos los planes y medidas conducentes a la dirección de la guerra, en todo el territorio de la República; el plan de defensa de la capital; y dará todos los informes y datos que se le pida, pudiendo ser destinados sus miembros a la ejecución de las medidas que se adopten.
3. El ministro secretario de la guerra dispondrá lo conveniente a la ejecución de este decreto, que se insertará en el Registro Nacional.
Rivadavia.
Francisco de la Cruz.