Registro Nacional: Libro II/240
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editarBuenos Aires, 18 de diciembre de 1826.
DECRETO.
El Presidente de la República ha acordado y decreta:
Art. 1. Se procederá a la formación de un Regimiento de Caballería de línea de nueva creación denominado, Defensores del honor nacional y con la fuerza de ochocientos hombres, en cuatro escuadrones.
2. A todo individuo que se presentase voluntariamente al servicio en dicho regimiento, se le abonarán cien pesos de enganchamiento.
3. El tiempo de su empeño será el de catorce meses, cumplidos los cuales, obtendrán infaltablemente su licencia.
4. Se les dará un vestuario completo por cuenta del Estado.
5. Queda nombrado Jefe de dicho regimiento el General Don Mariano Necochea, próximo a llegar a esta capital.
6. El Ministro secretario de guerra y marina queda encargado de la ejecución de este decreto, que se comunicará a quienes corresponde y dará al Registro Nacional.
Rivadavia.
Francisco de la Cruz.