Registro Nacional: Libro II/187
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editarBuenos Aires, 5 de agosto de 1826.
DECRETO.
El Presidente de la República, atendiendo a la clase de servicios distinguidos que prestan en los ejércitos los profesores de medicina y cirugía, y a la justicia y conveniencia de concederles aquellas distinciones que mejor pueden afianzar la respetabilidad y consideración que merecen; fomentando al mismo tiempo un noble estímulo para alcanzarla, ha acordado y decreta:
Art. 1. Los profesores de cirugía empleados en el ejército, gozarán, mientras estuviesen en servicio, el uso de uniforme y los distintivos y honores de las graduaciones militares siguientes:
Cirujano mayor de los ejércitos | Coronel. |
Cirujano principal del ejército | Teniente coronel. |
Cirujano primero de id | Sargento mayor. |
Cirujano segundo de id | Teniente. |
Ayudante primero de id | Teniente. |
Id. segundo de id | Sub teniente. |
2. El uniforme será casaca azul, con dos ojales de oro en el cuello; chupa y pantalón blanco o azul, cabos dorados.
3. El ministro secretario de guerra y marina queda encargado de la ejecución de este decreto, que se comunicará a quienes corresponde, y publicará en el Registro Nacional.