Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


Buenos Aires, 19 de julio de 1826.

ESTABLECIENDO EN LA PROVINCIA ORIENTAL UNA ADMINISTRACIÓN PRINCIPAL DE CORREOS.


DECRETO.


El Presidente de la República ha acordado y decreta:

Art. 1. Queda establecida en la Provincia Oriental del Río de la Plata una administración principal de correos que estará bajo las inmediatas órdenes de la administración general.

2. Se nombra en comisión a don Ramón Caltriz, administrador principal de correos de la Provincia Oriental, con el sueldo, por ahora, de mil doscientos pesos anuales.

3. Para el giro de la correspondencia en dicho territorio, se establecerán, por ahora, tres carreras principales de posta: la primera deberá partir desde el puerto de las Bacas hasta Payzandú; la segunda, desde el mismo puerto de las Bocas a Montevideo, y hasta el pueblo de Rocha; y la tercera, desde Payzandú hasta Montevideo.

4. El administrador principal propondrá, por conducto de la administración, 1° el número de empleados que necesite para el servicio de la oficina; 2 las administraciones subalternas y postas que sea necesario establecer en todo el territorio; 3° todas las medidas que contribuyan al pronto giro de la correspondencia, al buen estado de las postas y caminos, y cuanto conduzca al mejor servicio del ramo.

5. El ministro secretario de negocios extranjeros queda encargado de la ejecución de este decreto, que se comunicará a quienes corresponde, e insertará en el Registro Nacional.

Rivadavia.
Francisco de la Cruz.