Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


Buenos Aires, 12 de junio de 1826.

DEPARTAMENTO DE HACIENDA.

ASIGNANDO LA SUMA NECESARIA PARA EL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN
DEL CRÉDITO PUBLICO.

DECRETO.

El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha acordado y decreta lo siguiente.

Para el servicio que demande la administración del crédito público, y caja de amortización del estado, en el año entrante de 1827, se asigna la cantidad de 6,682 pesos sobre los fondos generales del estado.

Y de orden del mismo se comunica a V. E. para su inteligencia y cumplimiento.

Sala de sesiones en Buenos Aires 12 de junio de 1826.

Manuel de Arroyo y Pinedo: presidente.
Juan C. Varela: secretario.


Exmo. señor Presidente de la República.

DECRETO DEL GOBIERNO.

Buenos Aires junio 13 de 1826.

Acúsese recibo, comuníquese, y dese al Registro Nacional.

Rivadavia.
Salvador M. del Carril.