Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


Buenos Aires, 2 de mayo de 1826.

DEPARTAMENTO DE GOBIERNO.

CÁTEDRAS DE LATINIDAD.

DECRETO.


El Presidente de la república, ha acordado y decreta.

1. Se establecerán dos cátedras de latinidad en la Universidad de la capital.

2. Estas cátedras serán servidas por don Mariano Cabezón y don Mariano Guerra, con el sueldo por ahora que disfrutan en la actualidad.

3. Quedan suprimidas las cátedras de latinidad del colegio de estudios eclesiásticos.

4. Comuníquese según corresponde por el ministerio de gobierno, e insértese en el Registro Nacional.

Rivadavia.

Julián S. de Agüero.