Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


Buenos Aires, 20 de febrero de 1826.

GRADOS DE BRIGADIERES Y CORONELES MAYORES.


El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata ha acordado y decreta la ley siguiente.

ARTICULO ÚNICO.

El presidente del estado, puede conferir por si solo los empleos de brigadieres y coroneles mayores en el ejército y marina.

De orden del mismo, se comunica a V. E. para su inteligencia y cumplimiento.

Manuel de Arroyo y Pinedo: presidente.

Alejo Villegas: secretario.


Exmo. señor presidente de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Buenos Aires febrero 20 de 1826.

Cúmplase: acúsese recibo y dese al Registro Nacional.

Rivadavia.

Francisco de la Cruz.