Registro Nacional: Libro II/051
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editarBuenos Aires, 20 de febrero de 1826.
GRADOS DE BRIGADIERES Y CORONELES MAYORES.
El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata ha acordado y decreta la ley siguiente.
ARTICULO ÚNICO.
El presidente del estado, puede conferir por si solo los empleos de brigadieres y coroneles mayores en el ejército y marina.
De orden del mismo, se comunica a V. E. para su inteligencia y cumplimiento.
Manuel de Arroyo y Pinedo: presidente.
Alejo Villegas: secretario.
Exmo. señor presidente de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
Buenos Aires febrero 20 de 1826.
Cúmplase: acúsese recibo y dese al Registro Nacional.
Rivadavia.
Francisco de la Cruz.