Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


Buenos Aires, 7 de enero de 1826.

DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERIORES.


SUBDITOS DEL BRASIL.

La seguridad y defensa del territorio de la república, atacado por el emperador del Brasil, obligan al ejecutivo nacional a decretar lo siguiente.

1. Los súbditos brasileros que quieran salir fuera del territorio de la república, lo verificarán en el término de veinte días, contados desde la fecha de este decreto.

2. Los que prefieran permanecer en dicho territorio, estarán sujetos a las medidas de policía que las circunstancias hagan necesarias: debiendo registrar sus nombres en el departamento general de policía.

3. Las propiedades que existen en el territorio de la república, pertenecientes a súbditos brasileros, gozarán de las garantías que conceden las leyes del país.

4. Comuníquese, publíquese, e insértese en el Registro Nacional

Heras.

Manuel José García.