Registro Nacional: Libro II/016
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editarBuenos Aires, 2 de enero de 1826.
El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha acordado y decreta lo siguiente.
ART. 1. En atención a los distinguidos servicios que han prestado en favor de la libertad de la Provincia Oriental don Juan Antonio Lavalleja, y don Fructuoso Rivera, se autoriza al poder ejecutivo nacional para que les expida despacho de brigadieres.
2. El ejército que bajo las órdenes del primero ha servido para tan gloriosa empresa, se declara comprendido en los goces que acuerda la ley de 31 de diciembre próximo pasado al ejército nacional en la presente campaña.
Sala del congreso en Buenos Aires a 2 de enero de 1826.
Manuel de Arroyo y Pinedo, presidente.
Alejo Villegas, secretario.
Al gobierno encargado del poder ejecutivo nacional.
Buenos Aires enero 3 de 1826.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese a quienes corresponde, y publíquese en el Registro Nacional.
Heras.
Marcos Balcarce.