Registro Nacional: Libro I/045
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editarBUENOS AIRES, OCTUBRE 27 DE 1825.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA.
El congreso general constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, ha acordado y decreta la siguiente ley.
ART. 1. Queda autorizado el gobierno nacional para negociar un empréstito de nueve a diez millones de pesos valor real.
2. El gobierno presentará oportunamente a la aprobación del congreso las bases, bajo las cuales el empréstito haya de negociarse.
Sala del congreso en Buenos Aires a 27 de octubre de 1825.
Manuel de Arroyo y Pinedo: presidente.
José Ceferino Lagos: secretario interino.
Al gobierno encargado del poder ejecutivo nacional.
DECRETO DEL GOBIERNO.
Buenos Aires octubre 29 de 1825.
Acúsese recibo, y dese el Registre Nacional.
Heras
Manuel José García.