Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


BUENOS AIRES 24 DE FEBRERO DE 1825.

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ

Considerando lo necesario que es fijar el escudo de armas que distinga a la nación, su pabellón, bandera, estandarte y escarapela, que hasta aquí han sido meramente provisionales.


DECRETA.

1. Las armas de la nación peruana constarán de un escudo dividido en tres campos: uno azul celeste a la derecha, que llevará una Vicuña mirando al interior: otro blanco a la izquierda, donde se colocará el árbol de la Quina, y otro rojo inferior, y mas pequeño, en que se verá una Cornucopia derramando monedas, significándose, con estos símbolos, las preciosidades del Perú en los tres reinos naturales. El escudo tendrá por timbre una corona cívica, vista de plano; é ira acompañado en cada lado de una bandera, y un estandarte de los colores nacionales, señalados mas adelante.

2. Estas armas constituirán el gran sello del Estado, puesta en la circunferencia la inscripción; República Peruana.

3. El pabellón y bandera nacional se compondrán de tres fajas verticales, las dos extremas encarnadas, y la intermedia blanca, en cuyo centro se colocará el escudo de las armas con su timbre, abrazado aquel por la parte inferior de una palma a la derecha, y una rama de laurel a la izquierda entrelazadas. El pabellón de los buques mercantes, será sencillo, sin escudo ni otra insignia.

4. El estandarte será de la forma de la bandera con solo, una corona cívica en el medio.

5. La escarapela será de color blanco y encarnado, interpolados.

Comuníquese al LIBERTADOR, para que lo mande imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del congreso en Lima a 24 de febrero de 1825. - 4.° de la república. José Gregorio Paredes = Presidente. = Juan Bautista Navarrete = Diputado secretario. = Joaquín de Arrese = Diputado secretario.