Nota: Se respeta la ortografía original de la época.


BUENOS AYRES ENERO 27 DE 1825.


El Gobierno de la Provincia ha recibido la ley fundamental sancionada en 23 de este mes por el Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, comunicada por el señor Presidente del mismo cuerpo en nota del 24, y por medio de la cual se honra a este Gobierno, encomendándole provisoriamente el Poder Ejecutivo Nacional.

Convencido, en primer lugar, de lo urgente que es expedirse en los negocios de relaciones exteriores, de la dificultad de proveer tan pronto de un modo permanente al establecimiento de un Poder Ejecutivo, y considerando además la voluntad constantemente expresada por la Provincia de Buenos Ayres, de contribuir á salvar los inconvenientes que ha ofrecido la dispersión de las Provincias, y que se ofrezcan en los primeros días de la reunión de sus representantes para dirigir los negocios generales; confiando por último en que las demás provincias que aprobaron gustosas su oficiosa interferencia en los negocios extranjeros, no desaprobarán ahora su continuación, el Gobierno de la de Buenos Ayres acepta desde luego el encargo que se le hace por el art. 7.° de la ley fundamental, especialmente por que cree que contribuirá así á acelerar el momento en que deba instalarse el Poder Ejecutivo permanente, y porque el tenor literal del art, 3.° de dicha ley determina bien los límites del Poder que ahora se le encarga para ejecutar las resoluciones del Congreso General Constituyente.

El Gobierno de Buenos Ayres cree de su deber asegurar al Congreso General, que ningún esfuerzo excusará, que contribuya á corresponder dignamente a la confianza que acaba de merecerle.


JUAN GREGORIO DE LAS HERAS.

MANUEL J. GARCÍA.