Pronunciamiento de Urquiza
(1º de Mayo de 1851)
¡Viva la Confederación Argentina!
¡Mueran los enemigos de la Organización Nacional!
Cuartel General en San José, Mayo de 1851
El Gobernador y Capitán General de la Provincia de Entre- Ríos
Considerando
1º- Que la actual situación física en que se halla el Exmo. Sr.Gobernador y Capitán General de Buenos Aires, Brigadier D. Juan Manuel de Rosas, no le permite por mas tiempo continuar al frente de los negocios públicos, dirigiendo las Relaciones Exteriores, y los asuntos generales de Paz y Guerra de la Confederación Argentina.
2º -Que con repetidas instancias a pedido a la honorable legislatura de aquella provincia, se le exonere del mando supremo de ella, comunicando a los gobiernos confederados su invariable resolución de llevar a cabo la formal renuncia de los altos poderes delegados en su persona por todas y cada una de las provincias que integran la Republica.
3º -Que reiterar al General Rosas las anteriores insinuaciones, para que permanezca en el lugar que ocupa, es faltar a la consideración debida a su salud, y cooperar también a la ruina total de los intereses Nacionales que el mismo confiesa no poder atender con la actividad que ello demanda.
4º -Que es tener una triste idea de la ilustrada, heroica y célebre Confederación Argentina, el suponerla incapaz, sin el Gral. Rosas a su cabeza, de sostener sus principios orgánicos, crear y fomentar instituciones tutelares, mejorando su actualidad y aproximando su porvenir glorioso reservado en premio a las bien acreditadas virtudes de sus hijos.
En vista de estas y otras no menos graves consideraciones y en uso de las facultades ordinarias y extraordinarias con que ha sido envestido por la Honorable sala de Representantes de la provincia, declara solemnemente a la faz de la república, de América y del mundo:
1- Que es la voluntad del pueblo entrerriano reasumir el ejercicio de las facultades inherentes a su territorial soberanía delegadas en la persona del Excelentísimo Sr. Gdor. y Capitán Gral. de Bs. As., para el cultivo de las relaciones exteriores, y dirección de los negocios generales de paz y guerra de la confederación Argentina en virtud del tratado de las provincias litorales fecha 4 de enero de 1831.
2- Que una vez manifestada así la libre voluntad de la provincia de E. Ríos queda esta en actitud de entenderse directamente con los demás gobiernos del mundo, hasta tanto que congregada la asamblea nacional de las demás provincias hermanas, sea definitivamente constituida la República.
Comuníquese a quienes corresponda, publíquese en todos los Periódicos de la Provincia e insértese en el Registro Oficial.
Justo J. de Urquiza - Juan Francisco Seguí (secretario)