Permiso para llamarse chileno


Santiago, 3 de junio de 1818

Después de la gloriosa proclamación de nuestra Independencia, sostenida con la sangre de sus defensores, seria vergonzoso permitir el uso de fórmulas inventadas por el sistema colonial.

Una de ellas es denominar españoles a los que por su calidad no están mezclados con otras razas, que antiguamente se llamaban malas. Supuesto que ya no dependemos de España, no debemos llamarnos españoles, sino chilenos . En consecuencia, mando que en toda clase de informaciones judiciales, sean por vía de pruebas en causas criminales, de limpieza de sangre, en proclama de casamientos, en las partidas de bautismo, confirmaciones, matrimonios y entierros, en lugar de la cláusula: Español natural de tal parte que hasta hoy se ha usado, se sustituya por la de chileno natural de tal parte ; observándose en los demás la formula que distingue las clases: entendiéndose que respecto de los indios no debe hacerse diferencia alguna, sino denominarlos chilenos, según lo prevenido arriba.

Transcríbase este derecho al Señor Gobernador del Obispado, para que lo circule a las Curias de esta Diócesis, encargándoles su observancia y circúlese a las referidas corporaciones y jueces de Estado; teniendo todo entendido que su infracción dará una idea de poca adhesión al sistema de la América y ser un suficiente mérito para formar un juicio infamatorio sobre la conducta política del desobediente para aplicarle las penas a que se hiciere digno. Bernardo O'Higgins