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CAPÍTULO Il LA PROTECCIÓN LEGAL Y LAS OBRERAS 1."—La legislación

1.—Una idea jus a que se abre camino.—La protección legal de las trabajadoras y la opinión pública.—II. Leyes protec- toras de las obreras en Francia. —Edad de admisión al tra- bajo.—Duración de la jornada del mismo.—Los que creen demasiado corta la jornada de diez horas. —IIl. El tra- bajo nocturno.—Excepciones á la prohibición general.— El descanso semanal .—IV. Las mujeres y los trabajos pe- nosos.—En las minas.—“A cuatro pies,. — Higiene de los talleres. —La ley de los asientos.

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Las ideas justas acaban siempre por abrirse paso, sobre todo si son defendidas por espíritus que á la vez que entusiasmo y convicción tienen constancia.

Y como la necesidad de la protección legal de los trabajadores no puede ser más justa, de ahí que esté en vías de conquistar entre nosotros la opinión pública, merced á la propaganda de al- gunos hombres de buena voluntad. Entre ellos nos congratulamos de poder citar en primer tér- mino á un católico, á M. Raoul Jay, miembró del Consejo superior del Trabajo, profesor de la Fa-