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Estos tributos se cobran de todos los Naturales, cristianos é infieles, enteramente; salvo, que en las encomiendas que no hay doctrina, la cuarta parte de los ocho reales, que son dos reales, no la lleva el encomendero para sí, pues no tiene doctrina ni gastos della, sino la trae y entra en Manila, en una caja que se llama de las cuartas, de donde lo procedido deste género, se convierte y gasta en hospitales de Naturales, y en otras obras, en beneficios dellos, como al gobernador le parece, y como van teniendo doctrinas y religiosos, cesa la cobranza destas cuartas y gasto dellas, en estas obras particulares.

Algunas provincias tienen contados los Naturales dellas; y así, por estas cuentas se cobran los tributos, y situado de los dos reales.

En las mas no ha habido cuenta, y se cobran asistiendo los encomenderos y sus cobradores, con los principales de sus encomiendas, al tiempo de la cobranza, con los padrones y memorias de los años pasados, quitando los muertos é idos, y acrecentando los crecidos, y venidos de nuevo á la encomienda, y en las contadas, cuando se siente falta, se pide de nuevo cuenta, y se hace.

Los Naturales tienen libertad de mudarse de unas islas á otras, y de unas provincias á otras, pagando el año, que hacen la mudanza y pasaje (allí) su tributo, y mudándose de pueblo de cristianos, donde hay docrina, á otro pueblo que la haya, pero no al contrario, de donde hay doctrina no se mudan á donde no la hay, ni en un mismo pueblo, de un barangay á otro, ni de una parcialidad á otra; y sobre esto, se dan en el gobierno los recaudos necesarios, y en el audiencia provisiones, para que esta orden se guarde, porque

    tributo en una ganta de arroz por tributante para la manutención de los soldados, aumento que continuó aun después de perderse aquel presidio.