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de ley. Estas observaciones no se avanzaban sin réplica (ÍD. 168.): estas, c. det. de observaciones. En los par- tidos de Lujáv, del Pilar y Mercedes, /a subdivi- ción ha ¿do a veces demasiado lejos (1D. 200.): de Lu- Ján, del Pilar y Mercedes, cs. dets. de los partidos. El Comandante de Marina dió algunos gritos (M. MORENO, D. 144.): de Marina, c. det. de Comandante. Los pueblos de la Provincia fesden de la Capital en sus relaciones más importantes (ÍD. 145.): de la Provincia, c. det. los pueblos. El apoderado del Con- sulado de Cádiz implora la santidad ' de las leyes (Íp. 38.): del Consulado de Cádiz, c. det. de el apo- derado. La ley francesa, eludiendo esta dificultad (N. AVELLANEDA, 7. 58.): francesa, c. det. de ley. El nuevo síslema quedaba de este modo categórica- mente definido (ÍD. 68.): muevo, c. det. de sistema. He- mos estudiado, bajo todas sus fases, el sistema ini- ciado en 1826, (Íp. 103.): imiciado en 1826, c. det. de sistema.

2] Es muy frecuente que una misma palabra o frase pueda ser, ora complemento calificativo, «ora complemento determinativo; así, por ejemplo, los tres últimos complementos determinativos estudiados en el párrafo anterior, muy bien pudieran ser calificati- vos en otros pasajes; y a veces hasta sucede que, en un determinado pasaje, no se sabe a primera vista si considerar a un complemento dado como determi- nativo o calificativo, como por ejemplo en el siguien- te: Quiere igualmente el Consulado que los apodera- dos españoles no fuedan menudear (M. MORENO, D. 103.) : sin embargo, en todos estos casos, siempre