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mado: La principal consideración que me ha decidido por el (mé- todo) que verá el lector, ha sido la de procurar sus mayores comodidad y agrado.» (BELLO-CUERVO, G. Nota 109.) A esta opi- nión también se pliega G. de Diego. (CG. 214.):

2] Como excepciones a la regla general expuesta en el párrafo 1], creemos que pueden admitirse, sin las restric- ciones que fluyen de lo que dice Cejador al final del $ 198 de su Gramática, estas reglas de Bello (G. $8 840 y 811):

a] «Está recibido que los mismos, los dichos, les referidos, y otros adjetivos de significación semejante, precedidos de un artículo definido, puedan concertar en plural con una serie subsiguiente de sustantivos, aunque el primero de ellos esté en singular: Los mismos Antonio Pérez y hermanos ; Las referidas hija y madre; Los susodichos auto interlocutorio y sentencia definitiva, Con dichos puede siempre callarse el artículo: Dichos príncipe y princesa.» En el mismo Bello, hallamos: Sí el sustantivo más próximo es de los mismos género y número. (G. $ 847.)

5] «La regla anterior se extiende a todo adjetivo precedi- do del artículo o de un pronombre demostrativo o posesi- vo» (nosotros diríamos adjetivo) «con tal que los sustantivos siguientes sean nombres propios de persona o cosa, o ape- lativos de persona: Las opulentas Palestina y Siria; Estas des- venturadas hija y madre; Sus venerables padre y abuelos. Mas para que no disuene esta práctica, es menester que si los sustan- tivos son de difere te género, preceda 'el masculino y se ponga en el mismo género el adjetivo: Los oprimidos Egipto y Palestina; a menos que los sustantivos sean nombres pro- pios de persona: Los susodichos Juana y Pedro; Los magnánimos Isabel y Fernando.»

3] Los participios, cuando forman ablativos ab- solatos con los sustantivos a que se hallan antepues- tos, lo mismo pueden concordar con el primero, como lo exige la regla general, que con el conjunto de ellos. Ejemplos: