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CONGRESO NACIONAL



Núm. 357

Acompaño a US. una coleccion del tomo II de los Boletines, previniéndole que el administrador de la imprenta queda encargado de poner en la Secretaría del Congreso dos ejemplares de cada uno de los números que en adelante se publicaren.

Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Febrero 1.° de 1825. —F. A. Pinto. —Señor Secretario del Congreso Nacional.


Núm. 358

El diputado que suscribe dice de nulidad de la resolucion del Congreso, sobre la mocion relativa a la abolicion de la subasta del diezmo, por no haber precedido las discusiones prevenidas por la lei, e inomisibles en materia de tanta gravedad. —Santiago i Febrero 2 de 1825. -José Miguel Infante.


Núm. 359


Proyecto de lei sobre las tierras vacantes

Siendo de necesidad arbitrar los medios mas oportunos para proporcionar a los fondos del Estado una suma considerable de millones de pesos, para sus gastos sin ocurrir al de imposiciones del vecindario que ya no puede sufrir las cargas de sus fatigas, he venido en proyectar el propuesto.

Para ello debe suponerse que el viérnes 21 del pasado fué llamado a esta Sala el Ministro del Interior, para que propusiese arbitrios de donde colectar ciento veinte mil pesos, i habiendo contestado no presentársele alguno, se tomó la determinacion de un empréstito que completase esta cantidad pagándose el dos o uno i medio por ciento todos los meses hasta su efectiva devolucion. Ignoro su resultado.

Todos los hacendados o poseedores de tierras tienen o deben tener sus respectivos títulos de las mercedes que se les hicieron a sus antecesores; tómese la determinacion de que por los agrimensores de cada provincia se les midan i enteren las cuadras que les corresponden, i seguramente han de resultar muchísimas vacantes las que vendidas producirán muchos miles, i al mismo tiempo se logra el beneficio público de que se cultiven tanta infinidad de tierras desiertas i despobladas.

Practíquese esta dilijencia desde Biobío, hasta el Huasco, o si es necesario hasta los confines de la jurisdiccion del Estado comprendiéndose la de los pueblos de indios, pues, esto por ordenanza está resuelto las cuadras que cada individuo de estos, i sus caciques deben gozar sin que de esta operacion, pueda alguno quejarse o perjudicarle pues no se les va a quitar lo que es suyo sino a enterárseles, i deslindárseles sus derechos. Los agrimensores podrán hacer este servicio gratuitamente al Estado o asignárseles un honorario equitativo i proporcionado al trabajo. —Santiago i Febrero 2 de 1825. Juan Manuel Arriagada.


Núm. 360 [1]


Exposicion al público sobre el libelo anónimo titulado "Remitido al editor de la «Década araucana"[2]

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La promptitude a croire le mal sans favoir assez examiné est un effet de l'orgueil et de la paresse. On veut trouver des confiables, et l'on ne vent pas se donner la peine d' examiner les crimes.Rochefoucault.

No siendo nuestro intento emplear el tiempo i nuestra pluma en responder a las personalidades que encierra el enunciado libelo, nos hemos limitado únicamente a los puntos que interesan al público en jeneral.

Estado numérico de las casas de esta capital que se han numerado por la policía, con el total del producto de los dos reales que cada casa ha debido exhibir i el costo de esta operacion [3].


Calle del Roble
Núms.
de casas
 
Rs.
 
2 Don Francisco Montaner. 0
1 Don Juan Manuel Molina. 2
4 Don Juan de Dios Argandoña. 2
6 Don Rafael Montes. 2
3 Doña Dolores Serrano. 2
5 Doña Rosa Mesías. 2
8 Doña Mercedes Aldunate. 2
10 Don Miguel Valdés. 2
7 Don Baltasar Ureta. 2
9 Gregorio Echagüe. 2
11 Doña Mercedes Fuentecilla. 2
  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Documentos para la Historia, tomo V, pájina 12, del archivo de la Biblioteca Nacional. —Lo creemos interesante para la historia de nuestra policía urbana, i lo incluimos entre los anexos de esta sesion porque en ella se hizo por el señor Iñiguez mocion para autorizar la numeracion de las casas. (Nota del Recopilador.)
  2. Sin duda que este editor estimable, conociendo mejor que el libelista los límites que prescribe la libertad de imprenta, no quiso por eso imprimir un documento que tiene todo el carácter de un panfleto i anónimo; circunstancias que a cualquier periodista le hubiera hecho proceder del mismo modo.
  3. Los nombres de las listas que llevan un cero en la columna de los reales significa que no han pagado, unos por no querer i otros por pobres, i a quienes por lo tanto nada se les exijia.