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SESION DE 25 DE ENERO DE 1825

yo creo que mejor me estaría a mí estar tranquilo, oyendo esposiciones de causas en el tribunal, de donde he salido para venir aquí, que no estar en un Congreso que solo es de altercados i debates. El entorpecimiento de la marcha del Congreso bien podemos saber de donde se deriva; hai asuntos en la órden del dia que están puestos en siete u ocho sesiones i todavía no se han discutido, porque no se han indicado en la órden del dia, son postergados las mas veces por negocios frivolos. Yo creo que ésta es la causa del entorpecimiento. Se trae a consideracion que ha sucedido no haber sesion por falta de un individuo i el bien que está en contrapeso, cual es que los negocios se hayan resuelto por las dos terceras partes, no se trae a consideracion. Yo mas bien querría lo que se hiciese en un mes lentamente por las dos terceras partes que no lo que se haría en quince dias con uno sobre la mitad. Que no asisten ya se ha dicho que es por falta de espíritu público en los diputados; pero se sabe que todos los Congresos tienen derecho de compeler a los diputados i aun de imponerles alguna pena para que asistan cuando hacen muchas faltas.

El señor Echeverría. —En el asunto que se discute, parece que no solo se trata de derogar un artículo que está sancionado, sino tambien apoyar que de hecho está derogado por la inasistencia de los diputados. Es mui factible que cuando la Sala acordó la lei, contase con que ninguna pudiese sancionarse sin 19 sufrajios i que, con el método que se propone, se sancionará una lei con 14; i de 19 a 14 va una diferencia sustancial.

El señor Araos. —Iba a decir que ésta no es lei; me parece que solo es un artículo reglamentario que debe estar sujeto a ser alterado o modificado, según los efectos que produzca en lo interior de la Sala; así, pues, creo que puede modificarse, reduciendo el número de diputados suficientes para la apertura de las sesiones.

El señor Ocampo. —Creo que nada se conseguiría con cualquier medida que adoptase el Congreso, si bien no se toma algun medio para excitar el patriotismo i celo público de los diputados. Yo creo que se pudiera adoptar la medida que, en el conciso de la redaccion, se anote los que faltan tomándolo de los datos de los secretarios; de este modo siquiera se les toca en el resorte de la vergüenza.

El señor Elizondo. —Señor, hace tiempo que tengo hecha una mocion sobre esto, que puede leerse ahora a los señores i la Sala, si la hallaba conveniente, la adoptase.

Se leyó esta mocion.

El señor Araos. —Todo cuerpo colejiado procede en sus operaciones de mancomun et insolidum; así el Congreso, cuando se junta en los dias de sesion, procede de mancomun et insolidum; esto es, que los señores que asisten representan a la Nacion, tanto como si se reuniesen la totalidad de la Representacion. Basta,pues, un número menor para que se abra el Congreso, porque es mui indecente que el Congreso esté espuesto a la crítica de todos porque no hace nada.

El señor Palazuelos. —Agrego a la mocion del señor Elizondo que todo diputado que no asista a las sesiones, se le prive de obtener cualquier empleo, porque si no tuvo interes ni patriotismo en servir a su Patria en cosas tan graves, ménos podrá tenerlo para desempeñar cargos de menor importancia.

El señor González. —Yo añado que, en tres sesiones que falte un diputado, sea suficiente para esto i para que se le haga devolver sus poderes.

El señor Campino. —Aunque habia pensado guardar silencio en este asunto, compelido por los dictámenes de otros señores, voi viendo que se va ramificando el asunto en términos que no puede uno dejar de dar su dictámen. Nunca me parece que hemos perdido el tiempo con mas vergüenza que ahora. Pretender la reduccion del número por la falta de espíritu público, es una tacha horrible que se pone a toda la Nacion. Los medios propuestos tampoco me parecen bastantes para remediar este mal; la publicacion de las faltas en los diarios tampoco me parece conveniente, porque cualquier señor diputado que, con buena fe faltase por sus achaques, se pondría en el diario junto con otro a quien nada se le da, i de este modo solo se lograría acabar con la opinion del Congreso; los mismos que sean tachados, serán los que procuren el descrédito del Congreso.

Fui el primero que, al discutirse este asunto, me opuse al número que se determina en el reglamento, porque preveía la falta de asistencia que luego se percibida; pero ahora, que ya el Congreso lo ha sancionado, no creo que debe deshacer o anular tan sin poco respeto. Las marchas lentas del Congreso i los apuros de la organizacion del país, tambien arguyen mucho en favor de lo que se propone; pero yo por ahora, solo votaría por que esto se tuviese por primera discusion.

Se preguntó a la Sala si este asunto estaba bastante discutido i se acordó que sí, por veinticinco sufrajios contra once. En seguida se votó esta proposicion: Se reforma o nó el artículo del reglamento que exije las dos terceras partes de los diputados para la apertura de las sesiones. Se acordó la negativa, por veintidós sufrajios contra catorce.

Se leyó el informe de la Comision sobre los poderes del señor Cáceres. La Comision opinaba que es nula la cláusula de restricciones que se encuentra en los poderes i que el señor Cáceres prestase el juramento.

El señor Argomedo. —Pidió que se leyese la cláusula, lo que se hizo por el secretario.

El señor González. —La cláusula puesta a los poderes parece que se opone absolutamente a la práctica establecida en los Cuerpos Lejislativos; esto es, que la minoría debe sujetarse al dicta