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CONGRESO NACIONAL




CONGRESO NACIONAL
SESION 6.ª, DE INSTALACION, EN 22 DE NOVIEMBRE DE 1824
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL INFANTE I DE DON JOSÉ GREGORIO ARGOMEDO


SUMARIO.— Cuenta.— Instalacion del Congreso.— Mayoría relativa en las elecciones.— Admision de los diputados suplentes.— Eleccion de Presidente, Vice-Presidente i secretarios del Congreso.— Oficio sobre la instalacion del Congreso.— Comision de recibimiento del Ejecutivo.— Comparecencia i mensaje del Ejecutivo.— Contestacion al mensaje del Gobierno.— Sesion para acordar un reglamento de sala.— Juramento de los diputados.— Acta.— Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un mensaje en que el Supremo Director se congratula de la instalación del Congreso Nacional i le insta a que ponga remedio a los males existentes. (Anexo núm. 26. V. sesiones del 13 de Agosto de 1823, del 23 de Noviembre de 1824 i del 4 de Julio de 1826.)
  2. De un oficio en que el señor Ministro del Interior comunica haber reiterado las órdenes para que se practiquen elecciones en Osorno i Valdivia. (Anexo núm. 27. V. sesiones del 11 i del 25.)
  3. De un oficio en que don Diego José Benavente espone que miéntras el Supremo Director no le acepte la renuncia del Ministerio de Hacienda, se cree inhábil para desempeñar el cargo con que se le ha honrado, de diputado por los Ánjeles. (Anexo núm. 28. V. sesiones del 20 de Agosto de 1823, del 24 de Febrero, del 23 i del 27 de Noviembre de 1824.)
  4. De otro oficio en que la Comision de poderes informa haber examinado i haber encontrado en regla los de los diputados por Valparaíso, i respecto de los de don Blas Reyes, suplente por Melipilla, que se pidan los antecedentes relativos a un recurso de nulidad de su eleccion que se está siguiendo. (Anexos núms. 29, 30 i 31. V.sesiones del 16 i del 24.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar instalado i legalmente constituido el Congreso Nacional.
  2. Declarar que la eleccion de mesa debe hacerse a mayoría relativa.
  3. Declarar que los diputados suplentes señores Montt, Elizalde, Ocampo, Ruiz e Íñiguez están lejítimamente incorporados