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SESION DE 31 DE DICIEMBRE DE 1824

se en cada mil hombres del ejército, inclusos sus oficiales i plana mayor, clasificando cada una de las armas.

La Comision hace presente al Congreso que es indispensable que se agregue el señor don Francisco Vicuña por sus conocimientos i esperiencia. Camilo Henriquez. —M. J. Gandarillas. —Al Congreso.


Núm. 180

Por mas que he deseado tener la honra de verme reunido a esa Ilustre Asamblea, como uno de los representantes por la provincia de los Ánjeles, que me hizo el honor de elejirme tal; la carencia de auxilios para trasladarme a esa capital i lo que es mas, mi salud quebrantada, cuyo deterioro se aumentaría en mi marcha, me han privado i sin duda me privan de pasar a desempeñar mi comision, de cuyo nombramiento, por los motivos espuestos, hago solemne dimisión que espero sea admitida por ese Soberano Congreso i que pase a ocupar mi lugar mi suplente el doctor don Luis de la Cruz, quien ya tiene los respectivos poderes Sírvase US. hacerlo así presente al Soberano Congreso de la Nación con insinuación de mi alto respeto.

Con ésto i con ofrecer a US. los sentimientos de mi aprecio, tengo la satisfacción de dejar contestada la apreciable nota de US., de 16 de Noviembre último. —Yumbel, Diciembre 12 de 1824. Julián Jarpa. —Señor don Pedro Palazuelos, Secretario interino del Soberano Congreso.


Núm. 181

Considerando el Congreso:

  1. Que despues de los embarazos en que se ha encontrado i representado el Poder Ejecutivo para dar efecto a la Constitución de 1823; despues del movimiento popular de esta capital en 19 de Julio, i del manifiesto desagrado que se ha distinguido en muchos pueblos de la República contra ella, no podria tomarse por su conservación i observancia todo el empeño e interes debido, ni esperarse en su favor aquel respeto i veneración necesaria a una lei tan sagrada;
  2. Que este solo motivo era bastante para decretar su insubsistencia, sin entraren discusiones interminables sobre el mérito intrínseco de cada uno de sus artículos, i que ademas, en los que se han tenido a cerca de este asunto así como en los escritos públicos, se han manifestado defectos suyos tan graves, que seria no solo injusto sino indecoroso i aun impolítico empeñarse en sostenerla;
  3. Que el Congreso, al deferir la opinion común en la abolicion de la Constitución, no se priva del derecho de adoptar todos aquellos principios que se hallan en ella, que sean el resultado de la esperiencia i de la sabiduría aplicándolos oportunamente al beneficio de la República i consultando su conveniencia con las circunstancias;

Por tanto, ha acordado i decreta;

Declárese insubsistente en todas sus partes la Constitución dada por el Congreso Constituyente el año de 1823.

Lo que el Presidente del Congreso tiene el honor de comunicar al Supremo Director para que se publique con fuerza de lei, imprimiéndo se, i circulése para su cumplimiento, Sala del Congreso. —Sala del Congreso, Enero 8 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 182

El Congreso ha nombrado, en sesión de esta fecha, la comision solicitada por el Supremo Director, en su nota de 30 del presente, compuesta de los señores don José Miguel Infante, don José Antonio Ovalle i don Juan José Echeverría para los objetos que en aquella se indican.

El Presidente del Congreso reitera al Supremo Director sus protestas de aprecio i consideración. —Sala del Congreso, Diciembre 31 de 1824. —Al Supremo Director.


Núm. 183

La Comision de Hacienda ha solicitado del Congreso se pida a US. el presupuesto de gastos de cada mil hombres, para poder informar sobre la memoria que le dirijió US. i a fin de que se le proporcione a la mayor brevedad este dato, se lo comunico, reiterándole mi distinguido aprecio. —Secretaría del Congreso, Enero 2 de 1825. —Al señor Ministro de la Guerra.


Núm. 184

En sesión del 13 del corriente i a propuesta de la Comision de Policía Interior, acordó el Congreso las asignaciones de sueldos que debían abonarse a los secretarios i oficiales de la Secretaría, cuya deliberación se puso en noticias de S. E., el Supremo Director, el 17 del mismo; pero como hasta la fecha no hubiere resultado su toma de razón en las oficinas a que corresponde, de que debe resultar el pago precisamente, la Secretaría ha reclamado por su cumplimiento apoyada en las urjencias de que son ajitados. Lo que tengo el honor de hacer presente a S. E., el Supremo Director, con la espresion de mi singular aprecio. —Sala del Congreso, Diciembre 31 de 1824. —Al Supremo Director.