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SESION DEL 16 DE DICIEMBRE DE 1824
  1. Declarar que el señor Iñiguez, no obstante las espresiones injuriosas que el señor Ministro de Hacienda le dirijió, sigue en el goce de su buena reputación i fama. (V. sesión del 15.)
  2. Aprobar el artículo 1.° del proyecto de acuerdo de la Comision de Constitución, sobre la mocion hecha por el señor Cordovez, para que se declare nula la Constitución de 1823, i reservar los artículos restantes para discutirlos en las sesiones próximas. (V. sesiones del 15 i del 20.)
  3. Dejar para la segunda lectura el proyecto del señor Muñoz de Bezanilla, sobre espulsion de los enemigos de América. (V. sesiones del 20 de Diciembre de 1824 i del 5 de Enero de 1823.)
  4. Despejar la barra i pasar a sesión secreta con el objeto de tratar la consulta reservada del Gobierno sobre la representación del cónsul inglés.
  5. Sobre la representación del cónsul inglés, que la Comision de Justicia informe. (V. sesión del 20.)
  6. Dejar en tabla el informe de la Comision de Constitución, el proyecto del señor Muñoz de Bezanilla, i el reintegro del Congreso.

ACTA

Se abrió con asistencia de los señores Argomedo, Arriagada, Albano, Baquedano, Borgoño, Bezanilla, Caldera, Cordovez, Campino, Calderón, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Henríquez, Fuenzalida, Fernández, Gandarillas, González, Hurtado, Huici, Infante, Iñiguez, Lazo, Larraín, Luco, Meneses, Merino, Muñoz, Montt, Mendiburu, Ovalle don Vicente, Ovalle don José Antonio, Ocampo, Olmedo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Pineda, Ruiz, Torres i Vicuña.

Preguntándose por el señor Presidente si el acta estaba conforme con lo sucedido en la sesión de su referencia, el señor Albano dijo que echaba ménos un acontecimiento bien notable, que fué el haberse levantado la sesión arbitrariamente por el señor Presidente, al tiempo que el esponente tenía la palabra i que volvia al órden a que habia sido llamado. Añadió que, sin entablar queja por la violencia que se le infirió, llamaba la atención de la Sala a que estableciese alguna disposición reglamentaria que evitase en lo sucesivo sucesos de esta clase o que arreglase el modo de procederse en ellos. El Presidente, despues de oida la esposicion del Vice-Presidente en contestación a la anterior, excitó a la Sala a que este negocio se tranzase en obsequio de la armonía que debe reinar entre los diputados, i en consideración a que el caso propuesto estaba bastantemente previsto en el reglamento interior. La Sala aprobó esta medida, i el acta fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

El señor Iñiguez espuso en este acto que habia observado por la lectura del acta la resolución del Congreso sobre la queja que le elevó en la sesión a que ella se refiere; i que no encontrándola satisfactoria al decoro de un diputado i ciudadano honrado, pedia que el Congreso declarase si el corte que se dió a su reclamo importaba en sí la sofocacion de los derechos que le corresponden para reclamar siempre que se crea agraviado, o cuál era esta medida de paz que debia tranzar su reclamo dejándolo en la posesion de su buena opinion. El Congreso, oida esta esposicion, dispuso se espresase en el acta que el señor Iñiguez, no obstante las espresiones de que se habia quejado, estaba en el goce de su buena opinion, sin que ellas hubiesen disminuido en nada el buen concepto que se merecía.

Se llamó a segunda lectura el informe de la Comision de Constitución sobre la mocion del señor Cordovez, i en este acto se leyó el siguiente voto particular del señor Pineda:

  1. Que se declare que la mocion del señor Cordovez no promueve la deliberación sobre la subsistencia o insubsistencía de la Constitución del año de 23, pues que este es el objeto de la reunión del actual Congreso, en que debe ocuparse esclusivamente ántes de todo en cumplimiento de su deber.
  2. Que, para dar mas fuerza moral a la resolución i proceder como exije la gravedad del asunto, se integre préviamente del modo posible la Representación Nacional, nombrando suplentes por los diputados que faltan.
  3. Que para hacer este nombramiento los diputados de las tres provincias que componen el Congreso se dividan en otras tantas secciones i cada una nombre los que falten por la suya.
  4. Que hecho el nombramiento se resuelva si para declarar la subsistencia o insubsistencía de la Constitución será necesario que preceda la discusión, o si para economizar le tiempo i evitar contestaciones acaloradas, será, como parece mas conveniente, deliberar por sí o por el nó.
  5. Que declarada necesaria la discusión, ésta se haga conforme a las formalidades prescritas en el reglamento interior.

El mismo señor pidió que declarase la Sala cuál de los proyectos presentados debia sujetarse a la discusión, i habiéndosele contestado por el señor Presidente que la mocion del señor Cordovez i el informe de la Comision de Constitución tenian ya una discusión, la Sala convino en que continuase la del informe indicado. En este estado,