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SESION DE 10 DE SETIEMBRE DE 1832

para el esclusivo objeto de subvenir a los gastos de vijilantes e invertir el sobrante en la refaccion de tajamares, i refaccionados éstos, en el aseo i ornato de la ciudad; i se aprueba la anterior aplicación hecha con el mismo objeto por el Presidente de la República.

Art. 2.º Esta aplicacion se entenderá por solo el término de cinco años, renovables a discrecion del Congreso i contados desde la publicacion del presente decreto."

Discutido el proyecto del Supremo Gobierno sobre el escudo de armas que debe simbolizar a la República, fué aprobado en esta forma:

"El escudo de armas de la República de Chile presentará, en campo cortado de azul i de gules, una estrella de plata, tendrá por timbre un plumaje tricolor de azul, blanco i encamado, i por soporte un Huemul a la derecha i un Cóndor a la izquierda, coronado cada uno de estos animales con una corona naval de oro."

Se discutió i aprobó en jeneral el proyecto del Senado sobre la villa de San Cárlos, capital de Chiloé, i habiendo acordado considerarlo en particular, quedó para otra discusión el artículo 1.°, i se levantó la sesion. -TOCORNAL. —Vial, diputadosecretario.



ANEXOS

Núm. 653

El Presidente de la República eleva a la consideracion de las Cámaras Lejislativas la nota que le ha dirijido el Visitador de oficinas fiscales, referente a las reformas que deben hacerse en la provincia de Chiloé. La necesidad de ellas es demasiado justificada, si se considera el déficit del Erario para sufragar a los gastos. Siendo, ademas, de igual tendencia con las propuestas referente a Valdivia, el que suscribe espera sean consideradas ámbas a la vez.

El que suscribe ofrece al Presidente, a quien se dirije, su consideracion distinguida. —Santiago, Setiembre 12 de 1832. —Joaquín Prieto. —Pedro Urriola. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 654

Juzgando no ménos necesarias que las reformas que he propuesto a V. S. con respecto a la provincia de Valdivia, las que pueden efectuarse en la de Chiloé, designaré los gastos supérfluos que se satisfacen de cuenta fiscal sin otro principio, a mi ver, que las razones que pudo haber en otro tiempo para ello i la costumbre inveterada de continuar haciéndolos.

La plaza de guarda-almacén de pertrechos dotada con cuatrocientos noventa i nueve pesos cuatro reales al año, la considero tan costosa con concepto al pequeñísimo servicio que tiene que hacer el que la desempeña, que en el plan de empleados fiscales que, con esta fecha, elevo al Supremo Gobierno, propongo que sea servida i esté al cargo del oficial segundo de la Tesorería i Aduana principal de aquella provincia. Todas las funciones del guarda-almacén deben reducirse a conservar bien acondicionados los artículos que existan en almacenes, llevar su cuenta i razon i verificar las entregas que le fueren ordenadas. Si consideramos que los pertrechos que existen en la plaza de San Cárlos son mui pocos, su cuenta i razóon mui corta i fácil i que, por la falta de motivos, las entregas se reducen en su mayor parte a facilitar la pólvora con que se solemnizan por medio de salvas las fiestas cívicas i para otros casos estraordinarios, se deducirá la necesidad de suprimir un destino que puede ser servido por otro empleado sin gravámen fiscal.

Reducida como ha quedado la guarnicion de la plaza de San Cárlos a una compañía de artillería, seria un gasto supérfluo mantener por mas tiempo un hospital militar que, por el gasto de alimentos, medicinas, alumbrado i leña, en el primer semestre del presente año con inclusion tambien del sueldo de ciento noventa i dos pesos que disfruta el contralor i setenta i dos pesos que gana un sirviente, orijina el costo anual de mil trescientos veintiocho pesos seis reales. La circunstancia de haber en Chiloé una fuerza militar no prueba que haya necesidad de conservar un hospital bajo los dos aspectos gravosos al Fisco, pues si hubieran de establecerse en todos los puntos en donde se halla diseminada la que compone el ejército, apénas alcanzarían las entradas públicas a satisfacer los gastos que ocasionasen.

La supresion de raciones que disfrutan los empleados militares en Chiloé la considero tan conveniente como la he considerado cuando he tratado de los que están en el mismo caso en Valdivia; pero, militando las mismas razones para que no se supriman hasta que dichos empleados reciban sus sueldos en numerario, soi de parecer que hasta que no se facilite este recurso no se haga ninguna innovacion. El ahorro que producirá la supresion citada, ascenderá al año, con inclusion de doscientos cuarenta pesos que tiene de sueldo el proveedor, a la suma de cinco mil seiscientos sesenta i cuatro pesos que, unida a las anteriores, da el resultado económico de siete mil cuatrocientos noventa i dos pesos dos reales.

El cirujano que existe en Chiloé dotado por el Gobierno, puede quedar en la referida provincia, si se abstiene a ello con la mitad del sueldo de seiscientos pesos que disfruta i con la precisa obligacion de prestar su asistencia, en los términos que lo practica actualmente, a los militares empleados en aquella guarnicion.

Tengo el honor de protestar a US. la mas distinguida consideracion.