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CÁMARA DE DIPUTADOS

Ya nos es conocida la hacienda pública por datos que, si no son lisonjeros, son seguramente exactos; estamos, de consiguiente, en el camino de mejorarla; porque comprendidos, como deben serlo en el cargo, los intereses i amortización de la deuda estranjera que asciende a mas de 300,000 pesos en cada año, es menor que esa cantidad el descubierto; así es que, despues de llenar el servicio i amortización interior, hai un sobrante que unido a las economías i buen arreglo de las rentas, no exije grandes sacrificios para llegar al igual que han tocado tan pocas veces los imperios mas poderosos del antiguo mundo. La economía es la virtud de las Repúblicas, i las privaciones el precio de la libertad; i, pues hemos arrostrado jenerosos las mas grandes para ser libres, no rehusaremos ninguna para conservar el merecido título de honrados.

La educacion científica i pública, la policía, la beneficencia, los medios, en una palabra, de aliviar, civilizar i moralizar los ciudadanos i las masas, se han tocado con acierto; i no faltarán recursos locales con que elevarlos a su perfección; las pasiones mismas estrelladas en sus inútiles tentativas concentran cada vez mas la opinion; de modo que Chile goza de la unidad posible en las sociedades humanas; la Lejislatura consignará en sus rejistros este período como el mas dichoso de nuestra rejeneracion política.

Las Cámaras aguardan la reforma de la Constitucion encargada a la Gran Convención, como la base que va a determinar sus trabajos; i aunque están seguras de que no se tocará el pacto, advierten las dificultades que han detenido i deba hacer circunspectos a los reformadores enseñados por las esperiencias mas tristes i recientes que produjeron la indeterminación de las cartas anteriores. Tan presto como se realice, se contraerán esclusivamente al sistema judicial, administración interior i demás leyes orgánicas, sin las que ni puede tener efecto la Constitucion ni marchar el Gobierno. Están convencidas igualmente de la necesidad de conformar los códigos a nuestras instituciones, darles unidad, sencillez, en fin, adaptarlos a las luces del siglo i a nuestras necesidades; i aunque la delicadeza i magnitud de estos objetos parece superior a nuestras disposiciones, la consagración mas decidida i la pureza de nuestras intenciones moverá al Padre de las luces, de quien las imploramos hoi a darnos las necesarias.


Núm. 376 [1]

Las discusiones relativas a la reforma de la Constitucion van a absorber probablemente todo el próximo período del Congreso, sin que este Cuerpo pueda ocuparse en ninguno de los innumerables objetos orgánicos que tanto interesan a la consolidado!! del Gobierno, i sin los cuales no es posible que ninguna Constitución, por perfecta que sea, mejore jamas nuestra suerte. El casi todos los pueblos de América parece haberse creido que una buena Constitución, esto es, la descripción de una forma de gobierno copiada con mas o ménos servilidad de la que adoptaron los Estados norte-americanos, era todo lo que se necesitaba para lanzarnos en la carrera de la prosperidad a pasos ajigantados. Pero el tiempo ha desvanecido estas brillantes esperanzas. La esperiencia ha debido ya convencernos de lo poco que valen los sistemas constitucionales por sí solos para la recta administración de los negocios públicos. ¿De qué sirve que sea liberal i democrático el frontispicio de nuestras instituciones si en lo interior del edificio no vemos otra cosa que deformidad i lobreguez?

Nuestra Carta política consagrará del modo mas solemne los derechos de libertad personal i de propiedad; pero, en vano, si el sistema judicial, bajo cuya sola salvaguardia pueden existir estos derechos, es erróneo i vicioso. De la combinacion de nuestras garantías republicanas con unas leyes que no las reconocieron jamas i que parecen hechas de propósito para destruirlas, no ha salido ni puede salir sino un monstruo. No hai año qúe no se vea brotar alguna nueva Constitucion en América; pero ¿cuántas han sobrevivido al primer lustro? ¿I bajo cuál de ellas hemos visto afianzado el órden, ejecutadas escrupulosamente las leyes i difundido en todas las clases aquel dulce sentimiento de seguridad sin el cual no hai vigor ni salud? Estos resultados no pueden obtenerse por medio de Cartas constitucionales que no están en armonía con las otras partes de la lejislacion. I sin embargo, las tentativas que se han hecho para la reforma del Código Civil i de la administración de justicia, han sido nulas o insignificantes en casi todas las nuevas Repúblicas. La de Bolivia es, hasta ahora, según creemos, la única excepcion.

No negamos la importancia de las reformas constitucionales en que el Congreso va a ocuparse; pero desearíamos que se conociese al mismo tiempo la urjencia de otros trabajos que se prorrogan de un año a otro i que deben mirarse como un complemento indispensable de la Constitución i tan indispensable que sin él es de ningún valor cuanto se haga para mejorarla, i solo puede tener una existencia efímera.

Ademas de estos trabajos orgánicos, hai una multitud de objetos importantes que demandan la atención del Congreso. Pasó el período lejislativo del año pasado sin que el Congreso hubiese podido destinar un momento al estado de

  1. El artículo que sigue ha sido trascrito de El Araucano número 89, del 26 de Mayo de 1832. —(Nota del recopilador.)