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SESION DE 23 SETIEMBRE DE 1831

de Ayala. ( V. sesión del 18 de Octubre de 1831.)

  1. Pedir al Senado el oficio del Gobierno sobre asignación de sueldos al Presidente i al Vice- Presidente de la República, i al Gobierno una copia del senado consulto, fecho el i.° de Julio de 1820, que fijó el sueldo del Director Supremo. (Anexo núm. 302. V. sesiones del 16 i del 27.)
  2. Aprobar los artículos 3º ,4º i 5º del proyecto de lei que manda tributar ciertos honores a la memoria de don J. T. Ovalle i rechazar la indicación de don J. V . Bustillos. ( V. sesión del 14.)


ACTA

SESION DEL 23 DE SETIEMBRE

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Bustillos, Campino, Carrasco, Carvallo don Francisco, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, García don Juan, Gárfias, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, López, Manterola, Martínez,Mendiburu, Moreno, Ortúzar, Osorio, Ovalle, Pérez, Puga, Renjifo, Rosales, Silva don Pablo, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios del Poder Ejecutivo: el 1° acompañando una mocion de la Asamblea de Santiago para fabricar moneda de cobre o de vellón; i el 2° elevando una nota de la misma, con que acompaña la solicitud hecha por la Municipalidad de Rancagua para que se asignen dos mil pesos del ramo de licores de su departamento, aplicables a objetos de beneficencia pública; i pasaron a la Comision de Hacienda.

Se leyó también un informe de la Comision Militar que contiene el proyecto de decreto siguiente:

{{May|"Artículo primero. Concédese a Josefa Villarruel, viuda del soldado José Ayala, la pensión de dos pesos mensuales durante su vida i sin que pueda pasar a otra persona, por haber implorado esta gracia en el aniversario del 18 de Setiembre.

{{May|Art. 2.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo, etc." i quedó en tabla.

Continuó la discusión en jeneral sobre la asignación de los^sueldos del Presidente i Vice-Piesidente de la República, i, despues de una larga discusión, se acordó pedir al Senado el oficio del Poder Ejecutivo, i a éste una copia de la lei vijente sobre la asignación del Presidente, quedando, entre tanto, suspensa la resolucion.

Continuó discutiéndose el proyecto del Senado que quedó pendiente en la sesión del 14 i fueron aprobados los artículos siguientes:

"Art. 3.º Se erijirá un monumento sepulcral consagrado a la memoria de don José Tomas Ovalle, i en él se pondrá la inscripción que acuerde el Congreso.

Art. 4.º Los hijos varones de don José Tomas Ovalle se educarán, a espensas de la Nación, en el Instituto Nacional.

Art. 5.º Para proveer a la educación de sus hijas se asignan, por una sola vez, seis mil pesos de los fondos fiscales que el Poder Ejecutivo cuidará de asegurar a su satisfacción, a fin de llenar el objeto espresado."

El señor Bustillos hizo una indicación para que, en la plaza de la Independencia, se erijiera una columna a don José Tomas Ovalle, inscribiendo en ella los nombres de todos los que han muerto en la guerra de la Independencia, i fué desechada, levantándose, en este estado, la sesion. —TOCORNAL. —Vial, diputado-secretario.



ANEXOS

Núm. 301

Señores:

Los individuos de la Comision Militar que suscriben, han examinado la presente solicitud de Josefa Villarruel, viuda del soldado José Ayala, en que pide una asignación por haber muerto su marido en la batalla de Lircai, i despues de haber examinado los justificativos que acreditan haber sido mujer lejítima del referido soldado, i su muerte, aunque la ordenanza solo concede pensiones a los que mueren al frente de un enemigo esterior, la Comision cree que, por haber implorado esta gracia en el aniversario del 18 de Setiembre, puede la Cámara asignarle una pensión de dos pesos mensuales para que pueda subsistir, bajo la calidad de que solo dure por su vida, sin pasar a otro i considerándola como una gracia particular; en esta virtud, somete a la aprobación de la Sala el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo primero. Concédese a Josefa Villarruel, viuda del soldado José Ayala, la pensión de dos pesos mensuales durante su vida i sin que pueda pasar a otra persona, por haber implorado esta gracia en el aniversario del 18 de Setiembre.

Art. 2.º Comuniqúese al Poder Ejecutivo, etc." Sala de la Comision, Setiembre 21 de 1831. - Agustín López. —Pedro de Uriondo. —Pedro García de la Huerta.