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SESIONES DE 24 DE AGOSTO DE 1831

i para encubrir las faltas que han afeado la comportacion de los militares dados de baja, se llaman estravíos de la opinion los delitos políticos, i como la opinion es libre, se concluye que no hai tal delito, i se llega a preguntar qué crímenes han cometido. Está bien que el hombre no sufra por que erró en su conciencia, como que ese error sin conato, ni consecuencias que dañen a otro, a nadie perjudica; pero establecer que la devastación, el incendio, las muertes i todos los horrores de la guerra civil se justifican porque tuvieron su principio er. una opinion errada, es lo mismo que declarar inocente al incendiario, al asesino, al ladrón. Los delitos civiles se constituyen por el daño i alarma que producen i no por las intenciones que solo ve Dios; de otro modo, seria preciso quemar las lejislaciones criminales del mundo. El incendiario se justificaría por la sana intención de deshacerse de-un vecino poderoso que lo oprimía; el asesino por la necesidad de defenderse de otro que obstruía sus medios legales de defensa, i el ladrón, por el precepto mismo de caridad que obliga al poderoso insensible a socorrer al indijente, ¿qué seria entonces de la sociedad? ¿Dónde se hallarían las pruebas de la conciencia de cada reo? ¿Quién seria juez, ni quién podria vivir entre las fieras que formaría ese sistema horroroso i desolador? Señores: miéntras el castigo de este delito no sea ejemplar, las leyes son inútiles, el Estado será envuelto en la anarquía mas espantosa i la fuerza misma creada para ausiliar el órden será el medio omnipotente para destruirlo todo. Es preciso echar cerraduras de bronce a esa puerta que ha abierto todas las revoluciones, i que casi siempre ha sofocado la voluntad mas pronunciada de los pueblos.

Se exajera también demasiado el principio de que nadie puede ser condenado sin causa prévia; ésta es una verdad i, al mismo tiempo, una garantía preciosa; ¿pero se ha examinado qué es causa? ¿Se ha averiguado si en todas circunstancias tiene lugar por las vías ordinarias? De la falta de ese exámen resulta la exajeracion i de ella los males que sufrimos. La causa criminal no es mas que la averiguación de un hecho i del autor de ese hecho que condenan las leyes; luego, siempre que el hecho i sus autores sean tan claros como ciertos, la causa está formada. Pregunto ahora, un militar que oficialmente dice al Gobierno, establecido por la Nación, que no lo reconoce; otro, que tomado con las armas en las manos contra ese mismo Gobierno que lo ha exhortado por tres veces a dejarlas, ofreciéndole aun perdonar lo pasado despues de decidida por el Congreso de Plenipotenciarios la nulidad i refractacion de las autoridades a que servían ¿ofrecen alguna duda del hecho i sus autores? ¿Son dudosas las leyes que los condenan? En este caso se reclama juicio ¿será admisible? Es un principio natural i de toda lejislacion que, en los casos estraordinarios, deben serlo los remedios; por eso no se viola la propiedad cuando por cortar un incendio se arruina la casa vecina, no se ataca la seguridad cuando se mata al agresor en propia defensa, ni se ofende la libertad cuando se encierran a los criminales i a los locos; ¿seria justo en iguales casos aguardar las fórmulas lentas? No creo que habrá sér racional que lo establezca. Ahora bien, en igual i aun en mas fuerte caso tomó el Gobierno, de acuerdo con el Congreso de Plenipotenciarios, las medidas que se reclaman por la mocion; subsiste la propia inobediencia de parte de unos, las maniobras de otros i la hostilidad mas feroz i bárbara de los caudillos que no han vacilado en concitar a los bárbaros contra su Patria, espedicionar contra ella, dar el grito de unión a sus antiguos cómplices i preparar nuevas tramas i nuevas espediciones. ¡Cuál será la intención i resultado de esa mocion! Medítelo la Sala; ella pretende poner nuevamente las armas en la mano a los que, a costa de la ruina de la Nación, sostuvieron los abusos mas escandalosos, a los que, reconociendo por la mañana a un jefe i a la tarde otro, se opusieron tiránicamente a la voluntad de los pueblos, i a los que, no considerando al Gobierno sino como una autoridad ilegal, trabajan en su destrucción como en la obra mas justa i mas santa.

Pero he oido invocar las lágrimas de las familias, i me será permitido preguntar ¿de cuáles? ¿De los muertos de Ochagavía, Coquimbo, Chi-llan i Lircai? Esos no existen, no pueden ser repuestos, ni se implor o se abandonan porque talvez no llevaron bordados i charreteras? ¿Esto significa la popularidad decantada? ¿El valiente, el virtuoso deja de serlo porque no se descubre con el brillo falso de la plata o del oro? ¿La desgracia admite también privilejios? De ese modo, señores, al mismo tiempo que se invoca la justicia, se comete la mas cruel injusticia.

Los chilenos están repuestos a sus derechos ¿por qué no se han de recojer los espatriados i deponer los destituidos También son chilenos los que ocupan las cárceles, los que infestan los campos, los que amagan la Patria con los bárbaros mismos ¿por qué no se ha de poner en libertad aquéllos, proveer de armas a éstos i entregar el mando de la fuerza a los otros? Este es el medio que se nos propone para que haya paz, tranquilidad i órden, de otro modo la desunión amenaza al pais, serán seguras ¿as revoluciones sino vuelven todos al seno de la Patria. ¿Con que si no se capítula con el crimen somos perdidos? Horrenda máxima, principio de desmoralización; el premio 1 el castigo son las únicas bases sobre que descansa el órden, la paz i la dicha.

Ya ha echado hondas raices la libertad en Chile. Traigamos, pues, a los que supieron arrancarlas para que no infeste al pais de esta maleza mortífera, subróguela la licencia que da esperan