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CÁMARA DE DIPUTADOS

que su anterior demanda de pensión la dirije directamente contra el ex-Presidente don Francisco Ramón de Vicuña i pide, en consccucncia, que la Cámara declare haber lugar a formación de causa. (Anexo núm. 161. V . sesión del 20.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision Militar dictamine sobre la época desde la cual se han de computar los servicios del soldado B. Acevedo para fijarle los premios de constancia. ( V. sesión del 29.)
  2. Que una comision compuesta de don Ramón Errázuriz, don Santiago de Echeverz, don Beltran Mathieu, don Ramón Renjifo, don José Vicente Bustillos i don Antonio Jacobo Vial dictamine sobre el proyecto de reforma de la Constitución. ( V. sesión del 24. de Agosto de 1831.)
  3. Que la Comision de Justicia dictamine sobre el proyecto de lei que autoriza a los empleados públicos para escusarse de servir los cargos de senador i diputado ( V. sesión del 17 de Octubre de 1831) i que declara 110 deber procederse a nombrar suplentes de la Suprema Corte de Justicia. (V. sesiones del 17 de Octubre de 1831, del 24 de Agosto de 1832 i del 19 de Junio de 1833.)
  4. Que la misma Comision dictamine sobre el indulto del reo F. Villaviccncio. ( V. sesión del 17 de Octubre de 1831.)
  5. Que la Comision Calificadora de Peticiones dictamine sobre la de doña Margarita Fernández viuda de Rojas. ( V. sesión del 3 de Agosto de 1831.)
  6. Poner en tabla los informes de que mas arriba se da cuenta.
  7. Reintegrar la Comision Militar con don Enrique Campino.
  8. Dejar pendiente la discusión del recurso de nulidad de las elecciones de Freirina. ( V. sesiones del 13 i del 27.)


ACTA


SESION DEL 25 DE JULIO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Blest, Bustillos, Cavareda, Campino, Carvallo don Francisco, Carvallo don Manuel, Dávila, Errázuriz, Fierro, García de la Hueita, Gáifias, Larrain don Juan Francisco, López, Manterola, Mathieu, Moreno, Ortúzar, Osorio, Ovalle, Pérez, Puga, Cuadra, Renjifo, Rodríguez, Rosa'es, Silva don Manuel, Silva don Jobé María, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Uriondo, Ur.be, Vicuña, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un oficio del Poder Ejecutivo, acompañando la solicitud del soldado inválido Bernardo Acevedo, en que pretende los premios de constancia que dejaron de abonarle en el tiempo que estuvo en servicio, i somete al Congreso el resolver desde qué tiempo deban considerarse los servicios prestados que, por la lei de reforma militar, solo tienen lugar desde 1810; i se mandó a la Comision Militar; i tres del Senado, trascribiendo los proyectos siguientes,sancionados en aquella Sala:

Primero: "ElCongreso Nacional de Chile, considerando que la horrible crisis en que acaba de verse la Nación, sumerjida en todos los horrores de la guerra civil, la anarquía i el desorden de que solo ha podido salvarse por un especial favor de la divina providencia, ha provenido esclusivamente de los vicios de la Constitución Política promulgada en 1828; que la esperiencia lia acreditado que no puede obtenerse la tranquilidad interior i el restablecimiento del órden si la Nación ha de continuar dirijiéndose por ella, i que, por estas razones, la gran mayoría de los pueblos de Chile ha manifestado sus deseos de que se revise este Código, despues del mas maduro i circunspecto exámen, decreta:

Artículo primero. La Constitución Política de la Nación chilena, promulgada en 6 de Agosto de 1828, necesita modificarse i alterarse.

Art. 2.º Al efecto i siguiendo el modelo señalado por la misma Constitución en el artículo 133, se reunirá, a la mayor brevedad, una Convención, con el único i esclusivo objeto de reformar o adicionar la espresada Constitución.

Art. 3.º A esta Convención se convocarán diez i seis de los diputados elejidos por el pueblo para la presente Cámara de Diputados; seis grandes funcionarios públicos en los distintos ramos de la administración; catorce personas notables del Estado elejidas entre las clases siguientes, a saber: cuatro literatos de reconocida sabiduría i patriotismo; dos eclesiásticos de notoria ilustración i patriotismo; cuatro grandes propietarios agricultores; dos comerciantes de considerable crédito i jiro; dos mineros de crédito en esta profesion.