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CÁMARA DE DIPUTADOS

Tribunales se hiciese nueva liquidacion con citacion mia o la de mi apoderado, pero nada de todo esto pude conseguir.

En tan angustiadas circunstancias no me quedó otro arbitrio que implorar a la justificacion de Vuestra Soberanía para que en virtud de sus altas facultades se digne concederme la gracia de que se abran de nuevo mis cuentas con citacion mia i la de mi apoderado como está mandado por la Supremacía.

tDe V. E. pende, pues, el alivio de mis conflicnos i apuros que en la mayor parte son ocasiocados por el Fisco. V. E. está facultado para conleder estas gracias, i justamente yo me hallo en e caso de obtenerlas, habiendo sido ocasionados mis atrasos por el Erario mismo.

No es el primer ejemplo que se presenta ni tampoco es la primera vez que se ha concedido, aun sin haber causales tan justas para implorarlo, i cuando en otro tiempo, i a otros individuos se les han perdonado deudas fiscales en compensacion de los servicios i sacrificios que han hecho al pais, no es mucho se me otorgue la gracia que solicito, esto es que ordene V. E. se liquiden mis cuentas con mi intervencion o la de mi apoderado don Miguel Collao; i así S. Excmo. espero se emplee su jenerosa bondad en el presente caso. Yo creo no seré el único a que se cierran las puertas para esta solicitud, por lo que: A V. E. suplico se digne acceder a ella en todo como pido, i por consiguiente se suspenda la causa ejecutiva que se sigue contra mi hasta la resolucion de la dicha liquidacion, entregándome entretanto mis bienes embargados protestando no enajenarlos bajo de fianza; es gracia que espero de Vuestra Soberanía. —José Ignacio Sotomayor.