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SESION EN 17 DE OCTUBRE DE 1842

fundadas razones del informe de la Comision de aquella Cámara, que dieron lugar a su aprobacion, opina que debe ser igualmente aprobado por esta Cámara.

Sala de la Comisión, 17 de Octubre de 1842. Antonio Vergara. —Juan Manuel Cobo. —Juan Manuel Palacios.


Núm. 296

El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente proyecto de lei:

Artículo primero. La Nacion concede a la viuda e hijos del Ministio de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, don Domingo Amunátegui, una pensión piadosa de $ 40 mensuales, para que la gocen de consuno la viuda miéntras permanezca en viudedad, los hijos varones hasta que tengan veinte años i la bija miéntras permanezca sin estado.

Art. 2.º Luego que fallezca o tomare estado la viuda la pensión quedará reducida a $ 20 i de esta sola suma gozarán los hijos.

Art. 3.º Del mismo modo quedará reducida la pension a solo $ 20 de que gozará únicamente la viuda, si esta permaneciese en estado de viudad despues de haber cumplido sus hijos varones veinte años i de haber fallecido o tomado estado su hija.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 19 de 1844. —García Huidobro. José Miguel Aristegui, Diputado-Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 297

El Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al proyecto de lei siguiente:

Artículo primero. Se creará una nueva provincia compuesta de los departamentos de Valparaíso, Quillota i Casablanca, con la denominacion de Valparaiso.

Art. 2.º. Sus límites serán los mismos que los que al presente reconocen estos departamentos i su capital la ciudad i puerto de Valparaiso.

Dios guarde a V. E .—Santiago, Octubre 19 de 1842 —García Huidobro. —José Miguel Aristegui, Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 298

El Congreso Nacional ha tenido a bien aprobar el siguiente proyecto de lei:

Artículo único. Se concede a doña Rosa González de Urbistondo dos años de espera para que pague la deuda fiscal a que es responsable su casa eximiéndola de los intereses penales hasta despues de vencido el plazo.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 19 de 1842. —García Huidobro. —José Miguel Aristegui, Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 299[1]

He ahí ya a nuestra ciudad de Valparaiso en posesion de la prerrogativa de capital por la que tantos años ha suspirado; i he ahí tambien realizados sus votos bajo los mas favorables auspicios a la sombra de la paz que reina en toda la República al rayar en el pais una época de esfuerzos i de progreso i estrenada la silla de la intendencia por uno de los hombres más beneméritos de la República. ¿Cuáles deben ser nuestras esperanzas? ¿Cual el programa de la nueva carrera que vamos a comenzar?

Deberíamos principiar por examinar cual es nuestro puesto, por saber cual es el valor i la influencia de la prensa en Valparaiso; i ver si seremos escuchados al indicar las necesidades del pais. Deberíamos averiguar si hai opinion pública i si somos órganos de ella, por qué i de que sirve el eco de un periodista si no tiene estas condicionen? Un diputado ha dicho que los periódicos son en Chile un objeto de lujo! i aunque se han escandalizado los hombres sensatos, tal vez ha tenido razon; no porque las prensas del pais sean ineptas, i no comprendan su mision, sino porque sus clamores no tienen eco ni hai una opinion pública que los apoye.

Pero hagamos a un lado estos datos desesperantes, i contribuyamos como escritores públicos con nuestro continjente de ideas sin adelantarnos. Tenemos hoi nuevos motivos para esperar que cambiará en adelante la suerte de Valparaiso. Se halla ahora a su cabeza un hombre capaz de exitar i que puede obtener la decidida cooperacion del pueblo para realizar las urjentes mejoras que reclaman el pais. Su poblacion i su riqueza por otra parte, han llegado ya a un grado tal de aumento que las necesidades mismas empujan, por decirlo así, a las mejoras. Estamos en fin en la época de crear, i es preciso comenzar cuanto ántes por indicar los objetos principales que deben llamar la atención de nuestra administracion.

Desde luego principiaremos hoi por hacer notar que la lei que ha creado la provincia de Valparaiso ha dejado un vacío que llenar. Ella se ha reducido a unir los departamentos de Quillota i

  1. Este artículo ha sido tomado de El Mercurio de Valparaiso de 12 de Noviembre de 1842. —(Nota del Recopilador).