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CÁMARA DE DIPUTADOS

Universidad, i hará las veces del Rector, cuando éste se hallase legítimamente impedido.

La Universidad tendrá, asimismo, un secretario jeneral, cuya eleccion será en todo semejante a la del Rector. El secretario jeneral será permanente, pero amovible por acuerdo del claustro ordinario.

Art. 6.º El Consejo de la Universidad nombrará un Tesorero para la custodia de sus fondos i pagos de las erogaciones ordenadas por el consejo o el claustro.

El secretario jeneral hará las funciones de contador.

Art. 7.º Serán miembros de la Facultad de Filosofía i Humanidades treinta individuos, designado por primera vez por el Supremo Gobierno; i las vacantes sucesivas se llenarán por elección de la Facultad.

Será de cargo de esta Facultad la direccion de las escuelas primarias, proponiendo al Gobierno las reglas que juzgase mas convenientes para su organizacion, i encargándose de la redaccion, traduccion o revision de los libros que hayan de servir en ellas, llevando un rejistro estadístico, que presente cada año un cuadro completo del estado de la enseñanza primaria en Chile, i haciendo, por medio de sus miembros o de corresponsales intelijentes, la visita e inspeccion de las escuelas primarias de la capital i de las provincias.

Será asimismo de cargo de esta Facultad, promover el cultivo de los diferentes ramos de filosofía i humanidades en los institutos i colejios nacionales de Chile; i se dará entre estos ramos una atencion especial a la lengua, literatura nacional, historia i estadística de Chile. La Facultad propondrá al Gobierno los medios que juzgase convenientes para la promocion de estos varios objetos.

Por último se acordó pedir $ 200 para gastos de la Cámara, con lo que se levantó la sesión. —Cobo. —Aristegui, Diputado-Secretario.

SESION DEL 22 DE JULIO [1]

Se abrió a la I i terminó a las 3 de la tarde. Aprobada el acta anterior, se dió cuenta de un proyecto de lei que ha sido ya aprobado en el Senado sobre aumentar el sueldo de los empleados militares de la Serena i otros puntos del norte, como también el de los jefes del Estado Mayor.

Se aprobó sin discusion el proyecto de lei que autoriza al Ejecutivo para hacer anualmente las alteraciones que crea necesarias en la tarifa de avalúos. Despues se constituyó la Cámara en comision i procedió a tratar sobre el proyecto de bases para la Universidad de Chile; lo aprobó en jeneral, i volvió a abrirse la sesion para oir al Ministro de Relaciones Esteriores la lectura de su memoria. En ella se esponen las jestiones que nuestro Gobierno ha hecho por dar fin a la desastrosa guerra que tan sin objeto se habia encendido entre el Perú i Bolivia, i que ahora ha terminado oportunamente por nuestra mediacion. Se habla del poco fruto que hasta ahora han arrojado los esfuerzos del gabinete chileno por arreglar la deuda procedente del empréstito que se hizo al gobierno peruano con parte de los fondos a que está empeñada nuestra responsabilidad con los prestamistas de Londres; i tambien del ningún resultado que han tenido los reclamos hechos a Bolivia i Buenos Aires por los perjuicios que han causado a nuestros compatriotas los actos injustos de aquel gobierno en tiempo de Santa Cruz, i los ultrajes bárbaros del segundo, que han promovido ya algunas medidas de parte del nuestro. Por fin se da cuenta del lisonjero estado de nuestras relaciones con Europa i de los ajustes satisfactorios que han tenido i tendrán en lo sucesivo los reclamos de los Estados Unidos de América. El presupuesto de gastos ordinarios i estraordinarios en este ramo para 1843 monta a $ 41,890.

Despues de leida la memoria, tomó la palabra el señor Palazuelos i sostuvo que nuestro gobierno debia i debe emplear los procedimientos mas enérjicos contra la autoridad peruana a fin de obtener cuanto ántes el ajuste de la deuda. El señor Ministro de Hacienda contestó fijándose en los peores resultados que habria traido un procedimiento semejante de nuestra parte.

La Cámara volvió a constituirse en comision, para seguir examinando el proyecto de bases para la Universidad.


ANEXOS

Núm. 91

Memoria que el Ministerio de estado i del Despacho de Relacciones Esteriores presenta al ongreso Nacional en 1842.

Llamado a presidir el Departamento de Relaciones Esteriores por enfermedad i ausencia del Ministro propietario, voi a cumplir con la lei constitucional que prescribe dar a la lejislatura una noticia anual de los negocios de este ramo.

El objeto que en el Departamento de Relaciones Esteriores ha considerado el Gobierno

  1. Esta sesion ha sido trascrita de El Semanario de Santiago, núm. 3, de 28 de Julio de 1842. —Nota del Recopilador.