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CÁMARA DE SENADORES

El señor Bello pidió que este artículo se reservase para segunda discusion, con lo que se levantó la sesion quedando en tabla para la próxima los proyectos de lei sobre montepío civil, sobre distribucion de diezmos i sobre terrenos abandonados por el mar, i a segunda hora las solicitudes particulares de doña Loreto Garai i de don José Ignacio Sánchez.- Egaña.

SESION DEL 10 DE JULIO DE 1844[1]

Asistieron los señores Egaña, Alcalde, Barros, Bello, Benavente, Cavareda, Formas, Meneses, Ortúzar, Ovalle, Landa, Solar, Subercaseaux, Vial del Rio i el señor Ministro del Despacho en el departamento del Interior.

No habiendo de qué dar cuenta tomó la palabra.

El señor Presidente. — Se va a tratar del acuerdo que quedó pendiente sobre lo que deba hacerse con las solicitudes particulares que se hallan pendientes en la Cámara.

El artículo 54 del Reglamento Interior del Senado establece que los asuntos serán considerados por la Sala en el órden siguiente:

  1. Los iniciados por el Supremo Gobierno;
  2. Los de la Cámara de Diputados;
  3. Los de las otras autoridades o corporaciones;
  4. Las preposiciones o proyectos de los Senadores; i
  5. Los memoriales de los particulares.

La lista está formada i yo no puedo hacer otra cosa que cumplir con lo dispuesto por el Reglamento.

El señor Bello. — Hai un artículo, me parece, en que se da facultad a la Cámara para alterar ese órden.

El señor Presidente.- No creo que haya artículo que dé tal facultad a la Sala, bien que la tiene de suyo.

El señor Benavente. — El artículo que se ha leido sólo establece la preferencia que deben tener unos negocios sobre otros, pero no se escluye ninguno, es decir, que aunque los asuntos iniciados por el Supremo Gobierno fuesen tantos, no se nieguen lugar a los de la Cámara de Diputados, que tampoco se niegue a los asuntos de otras autoridades i despues a los de particulares.

Segun la práctica que hemos tenido, tratándose con preferencia los asuntos del Gobierno, no tendrán lugar los particulares.

Yo creo que por la Constitucion no se puede negar el derecho de pedir audiencia; i vuelvo a decir, que es vergüenza para el Senado que se haya presentado una infeliz mujer pidiendo que se la devuelva su espediente que presentó el año de 32, porque no se ha despachado aun. Creo, pues, que o bien prorrogamos el tiempo de las sesiones o tomamos otro arbitrio, o bien negamos la audiencia particular.

Mas claro, con cuatro o cinco asuntos que hayan pendientes o que se pasen por el Gobierno, podemos ocupar todo el período de la Lejislatura i nunca se podrá conocer de las solicitudes particulares. Es preciso, pues, que todas las noches, sacrificando un momento el Senado, se dé lugar como he propuesto, para que en la segunda hora de cada sesion se consideren las solicitudes particulares cuyo despacho es el que ménos tiene que dar que hacer, porque sólo hai que leer los documentos en que se apoyan.

Si esperamos a que se concluyan los asuntos de interes jeneral, jamas podrán despacharse los particulares; en esto de gracias, el Senado puede no concederlas, pero no negar el conocimiento de lo que se pide. Creo, pues, repito, que siendo indispensable dar audiencia a estos asuntos particulares, es preciso se destine algun momento para despacharlos.

El señor Presidente. — Se ha mandado formar por separado una lista de todos los asuntos particulares.

Se leyó la lista de todos estos asuntos i continuó:

El número de estas solicitudes no debe considerarse tan grande como se ha leido, porque hai muchas de ellas que están abandonadas por los mismos que las han presentado.

Teniendo el Senado un Reglamento Interior aprobado, yo creo que debemos observarlo; i me parece que no seria conveniente ni arreglado establecer el principio del quebrantamiento del órden interior, porque los negocio; del Gobierno i de la Cámara de Diputados deben ser preferidos.

El segundo estremo que ha propuesto el señor Senador preopinante me parece bien, i se pueden alargar las sesiones o que sean mas frecuentes. Si parece a la Sala, puede acordar que se aumenten las sesiones o permanecer mas tiempo en ellas, que lo que se acostumbra.

El señor Benavente. — Yo no he pedido la alteracion del Reglamento, porque cuanto ésta estableció la preferencia de los negocios iniciados por el Gobierno, no he querido decir que, miéntras no se despachen, no se conocerá de los iniciados por la Cámara de Diputados, por otras autoridades i por los particulares, pues que entónces quedaria sin efecto; pongo por ejemplo, la Contaduria Mayor tiene pendiente un asunto de mucha importancia i no se ha despachado, i sí seguimos en este órden, es lo mismo que negar lugar a la audiencia, porque miéntras no se despachen los asuntos del Gobierno i de la Cámara de Diputados, es lo mis

  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso del 20 de Julio de 1844, núm. 525. — (Nota del Recopilador).