Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXV (1844).djvu/74

Esta página ha sido validada
74
CÁMARA DE SENADORES

ramos, i con los Gobernadores que de ellos dependen, porque los Intendentes son el órgano por el cual hace circular el Gobierno sus providencias, así pues, con una o dos correspondencias que tengan que despachar en el mes se verán alcanzados para dar cumplimiento a otras atenciones de mucha importancia. Véanse tambien las comunicaciones que han de mantener con los Comandantes de los cuerpos militares, véase asimismo que a la Contaduría Mayor se dirijen muchas veces, i la Contaduría tiene que dirijirse con frecuencia a ellos para impartir algunas órdenes a los empleados de hacienda, i por su autoridad hacer efectivos algunos alcances, etc. Si, pues, ese Intendente tiene que llenar esos deberes, es preciso proporcionarle brazos ausiliares.

Por otra parte ya hemos sancionado un artículo en que esas Intendencias, aun las ménos laboriosas, se les señala a los Secretarios el sueldo de 800 pesos con el cargo de despachar la ajencia fiscal, i ojalá que aun así haya quien quiera servir. El oficial de pluma de que habla el artículo en discusion debe subrogar, segun se ha dicho al Secretario en los casos de muerte, enfermedad o ausencia, i ¿qué cualidades debe tener este oficial de pluma para subrogar al Secretario? Yo creo que es preciso no sólo que sepa escribir, sino tambien que tenga la suficiente intelijencia, honradez i circunspeccion. Me parece pues que la dotacion de los oficiales de pluma no puede ser ménos que la de un peso diario, que de mil modos pueden ganar i por consiguiente, es lo ménos que puede dárseles.

En fin, contra la esperiencia no hai que hablar, como ya lo ha manifestado el señor Ministro; Chiloé i Valdivia son provincias de mucha importancia; yo no sé cómo se desconoce esto; Chiloé i Valdivia tienen que entrar en comunicaciones con algunos Comandantes de buques estranjeros. ¿I no daria hasta vergüenza que no tuviesen un oficial de pluma?

Si las Intendencias han de continuar como hasta ahora, i si en esto se cifra la felicidad del pais, talvez no seria necesario un oficial de pluma i esto es lo que se quiere, está bueno; pero si alguna vez se han de poner en movimiento los recursos de todo jénero que tienen las provincias, es preciso que se les dé medios con que puedan efectuarlo sus jefe. Yo puedo hablar a lo ménos de la Secretaría de la Intendencia de Concepcion que está desempeñada por un oficial que no puede dar cumplimiento a sus obligaciones.

Con respecto a la Secretaría de Santiago, si se ha encontrado justo que la Municipalidad no abone nada i se haga todo el gasto por el Erario, no por eso es posible que se les rebaje el sueldo a los empleados. La Intendencia de Santiago es una de las oficinas mas laboriosas i de mas trabajo de toda la República, no sé si con provecho. Allí se remiten treinta o cuarenta hombres todos los dias en calidad de presos a disposicion de los jueces i con distintos partes cada uno; a estos hombres se les tiene que tomar declaraciones i remitirlos al juzgado competente con un parte que esprese el motivo de su prision. Tiene tambien que entenderse con los Ministros, con los Gobernadores, y como el Intendente es tambien Gobernador del Departamento, tiene tambien que dirijirse a los Subdelegados, Inspectores i otras muchas personas; para esto pues, tiene necesidad de plumario. A mas de las atenciones ya enumeradas véase las que tiene en tiempo de elecciones i se conocerá entónces el gran trabajo de esta oficina.

Cuando el Gobierno tomó la medida de mandar que la Municipalidad contribuyese con parte de sus rentas para el pago de los empleados de la Intendencia de Santiago, parece que hizo una cosa contra la lei; mas, esto no prueba en el Gobierno que tuvo otra intencion sino un principio de economía.

Conocida, pues la necesidad de que haya un oficial de pluma en las intendencias que determina esta lei; i no habiendo quien admita 300 pesos, me parece conveniente señalar a estos empleados los 365 que se proponen, porque de otro modo no puede conseguirse una utilidad tan importante como la que debe esperarse. Por último creo que debe aprobarse el artículo i desecharse la indicacion presentada por el señor Presidente.

El señor Presidente. — Si no hai ningun señor que tome la palabra, se procederá a votar por separado, sobre cada uno de los puntos que abraza mi indicacion, que es la siguiente:

  1. Para que se dé el sueldo anual de 288 pesos al único oficial de pluma de cada una de las secretarías de las intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé.
  2. Que no se haga novedad en la dotacion de los oficiales segundos de las intendencias de Concepcion i Coquimbo; i
  3. Que los oficiales de la Intendencia de Santiago se les abone únicamente el sueldo que les pasa el Erario nacional, sin que tengan derecho a mayor cantidad por lo que actualmente eroga la Municipalidad de Santiago.

Habiendo tomado votacion secreta consecutivamente sobre estos tres puntos, resultó desechada la primera parte de la indicacion por siete votos contra cuatro, la segunda por ocho votos contra tres, i la tercera por nueve votos contra dos.

Despues de haberse suspendido la sesion por algunos minutos, continuó a segunda hora la discusion particular del proyecto de lei sobre montepío civil.

Se leyó el artículo 3.º i se puso en discusion.

El señor Vial del Río. — Haré presente al señor Presidente que en una de las sesiones anteriores de este período, en que no he asistido par haber estado enfermo, se ha suspendido la