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SESION EN 5 DE JULIO DE 1844

cuando abandonan el destino porque no les proporciona ni con qué comer.

El Gobierno ha procedido con suma economía en lo relativo al aumento de los sueldos que propone para los secretarios de intendencias, pues que la dotacion quedará reducida a 800 pesos en unas partes i en otras a 1,200 pesos. Este aumento tendrá lugar proporcionalmente entre las intendencias cuyas secretarías tienen ménos que hacer i aquellas que son tan laboriosas que llegan a estar recargadas con trabajos mui atrasados.

Todo el gasto que demanda esta lei asciende a 2,350 pesos distribuidos de la manera que voi a manifestar a la Sala.

El Secretario de la Intendencia de Santiago tiene en la actualidad 1,000 pesos i se propone que se le dé 1,200 pesos.

El de Valparaiso tiene 850 pesos i se propone que se le asigne igual sueldo que al de Santiago. Los secretarios de las intendencias de Aconcagua, Maule, Valdivia, Chiloé, Talca i Colchagua, se propone un aumento de 300 pesos en favor de cada uno con el objeto de que tengan una dotacion de 800 pesos. Los secretarios de las intendencias de Coquimbo i Concepcion tiene la dotacion de 1,000 pesos i por esta lei se le iguala con los de Valparaiso i Santiago. Talvez con esta esplicacion i sin mas exámen, pueda ser aprobado el artículo que se discute.

El señor Presidente. — ¿Ningún señor toma la palabra?

(Se guardó silencio).

Pido que se lea otra vez el artículo.

Se leyó i luego dijo: se procederá, pues, a la votacion.

Se procedió a votar i quedó aprobado por 7 votos contra 4, en la forma siguiente:

"Art. 2.º Desde el mismo tiempo gozarán el sueldo de 800 pesos anuales los secretarios de las intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé; i 1,200 pesos anuales los de las de Santiago, Valparaiso, Coquimbo i Concepcion, los seis primeros con la obligacion de servir la ajencia fiscal respectiva, sin otra asignacion que aquella que en este artículo se designa."

Se leyó en seguida el artículo 3.° i se puso en discusión.

El señor R. L. Irarrázaval . — Sírvase, señor Secretario, volver a leer el artículo, porque hace mas de un año que no le he visto.

Se volvió a leer.

Principiaré, señor, a hacer algunas esplicaciones sobre el artículo que se acaba de poner en discusion; i a este respecto me bastará recordar lo mismo que se ha esplicado por el Presidente de la República en el Mensaje que han oido leer los señores Senadores.

No se propone hacer alteracion alguna a los oficiales de la Secretaría de la Intendencia de Santiago, pero éstos se hallan en una posicion dudosa, porque reciben una parte de su sueldo de las arcas nacionales i otra de la Municipalidad.

Este es un gravámen que afecta sólo al Cabildo de Santiago, entre todos los de la República, gravámen que no puede apoyarse en ningún principio razonable, i que ha dado lugar a justos reclamos de la Municipalidad para que se le exonere de él.

Por lo que hace a las siguientes disposiciones del artículo, haré presente a los señores Senadores que hasta ahora ha habido secretarías de intendencias que no han tenido ni un sólo oficial de pluma, de manera que todo el peso i mecanismo de la oficina ha estado gravando a los secretarios i muchas veces a los intendentes, porque en las ausencias i enfermedades de los secretarios han tenido que escribir ellos mismos su correspondencia.

Ya los señores del Senado se harán cargo de cuán poco regular es que un funcionario que tiene sobre sí tan graves deberes i sobre quien carga tanta responsabilidad, se vea en muchas ocasiones reducido a la necesidad de hacer los oficios de un mero escribiente, de lo que resultan graves inconvenientes al buen despacho de los negocios públicos.

Esto seguramente se observa con los asuntos no sólo de gobierno sino con los de los particulares i con cuantos tengan negocios pendientes en las intendencias. En el caso de que trato, se han encontrado los intendentes de Concepcion, de Talca, Valdivia i Chiloé.

Hai otras intendencias, señor, en que el sueldo de alguno o algunos de los oficiales de su secretaría, es sobremanera mezquino; es ménos, señor, el sueldo que la ganancia ordinaria de un artesano común, es ménos todavía que 1 peso diario; tal es el segundo oficial de la Secretaría de la Intendencia de Concepcion, a quien se le tiene asignado el sueldo de 300 pesos anuales, plaza que nadie ha querido admitir, habiendo sido necesario incurrir en la anomalía de proveer a la Secretaría de un oficial ausiliar dejando vacante la plaza de número.

Se propone, pues, que al sueldo de ese oficial se aumenten 65 pesos, para darle siquiera 1 peso diario al único oficial de pluma que hai i que se halla en el caso de no servir por una asignacion tan mezquina como la que tiene actualmente.

El segundo oficial de la Secretaría de Coquimbo, que tiene 350 pesos, se propone aumentarle hasta 365 pesos. En el mismo caso se encuentra el único oficial de la Secretaría de la Intendencia de Aconcagua que teniendo ahora 288 pesos, se le aumenta a 365 pesos, para darle lo que hasta ahora han tenido los oficiales ausiliares que es 1 peso diario.

En la parte sustancial puede dividirse el artículo:

  1. en la necesidad que hai de que cada Intendencia tenga al ménos un oficial de pluma i
  2. en que la dotacion de este oficial no puede