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CÁMARA DE SENADORES

c) I la que otorga una pension a doña Mercedes Hernández viuda de Fábres.

  1. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a la viuda e hijas de don José Santiago Muñoz Bezanilla.
  2. Aprobar el proyecto de lei que concede una pension a la viuda e hijas de don Rafael Dueñas.

ACTA

SESION DEL 19 DE OCTUBRE DE 1844

Asistieron los señores Benavente, Alcalde, Aldunate, Barros, Bello, Cavareda, Egaña, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior se dió cuenta de seis oficios de la Cámara de Diputados: por el primero aparece aprobado sin variacion alguna el proyecto de lei en que se conceden nueve mil pesos al Obispo electo de Ancud para proveer a esa Iglesia Catedral de varios objetos que necesita i se mandó comunicar al Supremo Gobierno. En el segundo se anuncia que la Cámara de Diputados ha desechado el proyecto de lei en que se concedia pension a doña Josefa de la Cerda i se mandó archivar. En el tercero se avisa haberse aprobado sin alteracion el proyecto de lei en que se concede pension a doña Mercedes Fernández. En el cuarto se participa la aprobacion del proyecto de lei en que se designa una pension a doña Dolores Noguerol i se mandaron comunicar estos dos proyectos de lei al Presidente de la República. En el quinto se trascribe el proyecto de lei acordado por la Cámara de Diputados en que se concede pension a la viuda e hijas de don José Santiago Muñoz Bezanilla, i en el sesto se comunica el proyecto de lei aprobado por la misma Cámara para que se conceda pension a la viuda e hijos de don Rafael Dueñas i estos dos proyectos de lei se pusieron en tabla para segunda lectura.

Habiendo acordado la Sala proceder desde luego a su consideracion, se dió segunda lectura al proyecto de lei en que se concede pension a la viuda e hijas de don José Santiago Muñoz Bezanilla, se hizo relacion de los antecedentes que lo acompañan, se puso en discusion jeneral i practicada la votacion secreta resultó aprobada por nueve votos contra dos. Se acordó que en esta misma sesion tuviese discusion particular; se procedió a ella i resultó aprobado en particular tambien por nueve votos contra dos en la forma siguiente:

"Artículo único. Se concede por gracia a la viuda e hijas del Teniente Coronel reformado don José Santiago Muñoz Bezanilla una pension mensual de veinte pesos para que la disfruten de consuno, miéntras la madre permanezca viuda i las hijas no tomen estado."

Tuvo segunda lectura el proyecto de lei en que se concede pension a la viuda e hijos de don Rafael Dueñas, e instruida la Sala de los antecedentes, se puso en discusion jeneral i fué aprobado en votacion secreta por diez votos contra uno. Se acordó proceder incontinenti a la discusion particular en la que tambien fué aprobado por diez votos contra uno i es del tenor siguiente:

"Artículo único. Se concede por gracia a la viuda e hijos del ex-Capitan de artillería don Rafael Dueñas, el goce de la pension de montepío militar, correspondiente a la clase de capitanes, conforme al reglamento de esta institucion."

Cumpliéndose el Domingo 20 del corriente el término de la prórroga de las sesiones ordinarias del Cuerpo Lejislativo, quedó acordado que esta Cámara cerraria sus sesiones ordinarias el espresado dia 20 i se mandó anunciarlo así a la Cámara de Diputados, con lo cual se levantó la sesion. — Benavente.


SESION DEL 19 DE OCTUBRE[1]

Asistieron los señores Benavente, Alcalde, Aldunate, Barros, Bello, Cavareda, Egaña, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar i Subercaseaux.

Aprobada el acta de la sesion anterior,

El señor Presidente. — Dijo: no habiendo oficio del Gobierno ni de la Cámara de Diputados, avisando el dia en que deben cerrarse las sesiones, seria bueno reunirse mañana i avisar a la otra Cámara que a las dos de la tarde se cierran las sesiones del Senado.

El señor Aldunate. - Como el Presidente de la Cámara de Diputados sabe que va a reunirse el Congreso en sesiones estraordinarias, es regular que espere el oficio del Gobierno.

El señor Presidente. — Sin embargo, debe avisarse a la otra Cámara, porque siempre se han de cerrar las ordinarias.

El señor Egaña. — Pero deben cerrarse a las diez de la noche del dia de mañana, porque no podemos quitar ese tiempo de despacho. Puede ocurrir que alguna de las Cámaras tenga que hacer en despachar algun negocio pendiente, i en tal caso ¿por qué vamos nosotros a quitar esas horas?

El señor Presidente. — En ese caso debíamos decir que a las doce de la noche se cierran las sesiones.

El señor Egaña. — Si hubiese algun negocio urjente que discutir, se debian cerrar a esa hora.

A mí me parece que si se han de cerrar por

  1. Esta sesion ha sido tomada de El Progreso de 24 de Diciembre de 1844, núm. 658. — (Nota del Recopilador)